Documentos para POLÍTICAS PÚBLICAS BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL :: Política Pública de Juventud
Año   Documento   Restrictor  
2005   Acuerdo 159 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece las directrices para la elaboración y construcción de la Política Pública de Juventud para Bogotá y define disposiciones para la promoción de la organización y la participación juvenil. Señala los fines de la política referida, los principios básicos que deben orientarla, los ámbitos que deben considerarse para garantizar su integralidad, los lineamientos a tener en cuenta para la formulación de la Política Pública de Juventud, los plazos para su diseño e implementación y los responsables frente a dicha política. Determina que la misma deberá contemplar la creación del Sistema Distrital de Juventud del Distrito Capital, fija características del Plan Distrital de Juventud, y dicta disposiciones sobre sistema de información de juventud, fomento de la ciudadanía juvenil, recursos para la participación juvenil y difusión y promoción de lo aquí establecido.
 

 
2006   Acuerdo 264 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.  

Crea la Credencial Bogotá Joven como un instrumento de promoción y gestión de la Política Pública de Juventud del Distrito. Para su implementación deberá tenerse en cuenta la promoción y utilización de bienes, servicios y actividades de deporte, recreación, turismo y cultura, tanto del sector público como del privado.
 

 
2006   Decreto 482 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta la Política Pública de Juventud para Bogotá D.C. 2006 -2016. Señala el marco general en el que se establecen los principios, el enfoque, las dimensiones y el propósito de la misma; derechos políticos y civiles; derechos económicos, sociales y culturales; derechos colectivos; determina que dentro de los 3 meses siguientes a la expedición del presente Decreto, se formulará el Plan de Acción y las metas que asume la administración para el desarrollo de la presente Política Pública; luego de 3 meses de la expedición de cada Plan de Desarrollo, cada administración deberá adoptar el Plan de Acción y las metas para dar cumplimiento a la Política Pública de Juventud. De igual forma a los 3 meses de expedición de los Planes de Desarrollo en cada una de las localidades se deberá adoptar el Plan de Acción Local en las diferentes localidades de Bogotá.
 

 
2017   Acuerdo 672 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se establecen los lineamientos para la actualización de la Política Pública de Juventud del Distrito Capital; en concordancia con los componentes definidos en la Constitución Política de Colombia y el marco jurídico vigente, con el fin de garantizar el ejercicio pleno de la Ciudadanía Juvenil y el goce efectivo de los derechos de las y los jóvenes durante todo el ciclo de la Política Pública de Juventud del Distrito Capital.
 

 
2019   Documento 08 de 2019 Consejo Nacional de Politica Economica y Social Conpes  

Expide la política Pública Distrital de Juventud 2019-2030, para ampliar y garantizar las oportunidades de la población joven y el mejoramiento de los entornos relacionados en donde transcurre su vida.
 

 
2020   Acuerdo 762 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.  

Adiciona un lineamiento de Política Pública al Acuerdo 672 de 2017, con el fin de promover, fortalecer y consolidar la asociatividad, la articulación y la participación entre organizaciones juveniles del Distrito Capital.
 

 
2023   Documento de Relatoria 12 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital  

Amplia las oportunidades, individuales y colectivas, de las y los jóvenes para que puedan elegir lo que quieren ser y hacer hacia la construcción de proyectos de vida, que permitan el ejercicio pleno de su ciudadanía para beneficio personal y de la sociedad, a través del mejoramiento del conjunto deacciones institucionales y el fortalecimiento de sus entotnos relacionales.
 

 
2024   Documento CONPES D.C. 08 de 2024 Consejo Distrital de Política Económica y Social del Distrito Capital - CONPES D.C.  

Adenda No. 1 al Documento CONPES 08 Política Pública Distrital de Juventud, por la cual se ajusta el plan de acción de la política pública, que consiste en la modificación de los productos planteados pasando de 103 a 108.
 

 

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