Documentos para POLÍTICAS PÚBLICAS BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL :: Política Pública para la Población Afrodescendiente residente en Bogotá
Año   Documento   Restrictor  
2005   Acuerdo 175 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece los lineamientos de la Política Pública para la Población Afrodescendiente residente en Bogotá, determinado que el Alcalde Mayor será el responsable de la formulación de la política pública, quién liderará la misma con base en el principio de acción afirmativa consagrado en la Constitución Nacional. Señala los principios que regirán su orientación e instituye el 21 de mayo, como el día de la Afrocolombianidad en el Distrito Capital, encargando al IDCT, el IDRD, la Secretaría de Gobierno, y la Secretaría de Educación Distrital, para que en concertación con la Comisión Consultiva Distrital programen las actividades correspondientes para dicha fecha. Fija un plazo de 6 meses para que el Alcalde Mayor expida el Plan Integral de Acciones Afirmativas para la Población Afrodescendiente residente en Bogotá.
 

 
2008   Decreto 151 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta los Lineamientos de Política Pública Distrital y el Plan Integral de Acciones Afirmativas, para el Reconocimiento de la Diversidad Cultural y la Garantía de los Derechos de los Afrodescendientes residentes en Bogotá D. C, para el período 2008 - 2016.
 

 
2008   Decreto 403 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el Decreto Distrital 151 de 2008, en relación con la orientación y coordinación del Plan de Acciones Afirmativas para los Afrodescendientes residentes en Bogotá, D.C., la cual estará a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación.
 

 
2011   Concepto 11032 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Emite concepto sobre la viabilidad de expedir un Decreto Distrital por medio del cual se adopten los lineamientos de Política Pública Distrital, para el Reconocimiento de la Diversidad Cultural y la Garantía, la protección y el restablecimiento de los Derechos de la población Raizal en Bogotá (¿) ¿(¿) se considera que los lineamientos de política pública en el Distrito Capital los debe establecer el Concejo Distrital, al tenor de lo previsto en el numeral 1° del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.¿ (¿) ¿formularse los lineamientos de la política pública exclusiva para el pueblo Raizal residente en Bogotá, deberá considerarse que éstos los debe establecer el Concejo Distrital. Por su parte, si lo pretendido es la adopción de la política pública y el plan de acciones afirmativas, ésta será adoptada por el Alcalde Mayor mediante Decreto, pero su formulación corresponderá al Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo de Gobierno, Seguridad y Convivencia.¿ (¿) ¿De igual forma, se sugiere considerar que quien ha institucionalizado días de celebraciones o conmemoraciones en el Distrito Capital es el Concejo Distrital, Corporación que mediante el artículo 5° del Acuerdo Distrital 175 de 2005, ordenó la celebración del Día de la Afrocolombianidad en Bogotá, D.C., el 21 de mayo de cada año, de conformidad con lo establecido en la Ley 725 de 2001.¿
 

 
2011   Decreto 554 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta la Política Pública Distrital para el Reconocimiento de la Diversidad Cultural, la garantía, la protección y el restablecimiento de los Derechos de la Población Raizal en Bogotá. Determina el marco general y principios orientadores de la Política Pública, los ejes estructurantes de la política pública raizal. La Administración Distrital contará con el término de cinco (5) meses, contados a partir de la fecha de la publicación del presente decreto, para definir la formulación del Plan Integral de Acciones Afirmativas, el cual deberá actualizarse anualmente.
 

 
2015   Acuerdo Local 001 de 2015 Junta Administradora Local de Puente Aranda  

Adopta en La Localidad 16 de Puente Aranda, la conmemoración del día la afrocolombianidad, la cual tiene como propósito dar cumplimiento a las normas y leyes establecidas en Colombia como instrumento que garantice la protección de la identidad cultural y de los derechos de las comunidades negras como grupo étnico, y el fomento de su desarrollo económico y social, con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan mayor visibilidad, reconocimiento condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana.
 

 
2015   Decreto 611 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Decenio Internacional de los Afrodescendientes proclamado por la Resolución 68/237 del 23 de diciembre de 2013 de la Organización de las Naciones Unidas por medio de la cual se declara entre el 1º de enero de 2015 y el 31 de Diciembre de 2024 el Decenio Internacional para los Afrodescendientes y declarar en concordancia con lo anterior, el Decenio de los Afrobogotanos y Afrobogotanas entre las misma fechas adoptadas por la Organización de las Naciones Unidas y trazar lineamientos para su implementación en el territorio urbano y rural de Bogotá, Distrito Capital en los términos de la citada Resolución. La Secretaría Distrital de Gobierno a través de la Dirección de Asuntos Étnicos con el apoyo de las Secretarías Distritales de Planeación y Hacienda liderará la implementación de este Decreto. Las entidades responsables de la ejecución se definirán en el plan de acción, sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Decreto.
 

 
2024   Documento CONPES D.C. 39 de 2024 Consejo Distrital de Política Económica y Social del Distrito Capital - CONPES D.C.  

Reformulación de la política pública de las Comunidades Negras, Afrocolombianas y Palenqueras con el fin de contar con un plan de acción para la lucha contra el racismo y la discriminación racial.
 

 

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