Documentos para POLÍTICAS PÚBLICAS BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL :: Política Pública Distrital para prevenir consumo de tabaco, alcohol y sustancias psicoactivas en menores de edad
Año   Documento   Restrictor  
2009   Acuerdo 376 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece directrices para la elaboración de la Política Pública Distrital de prevención integral del consumo de tabaco, alcohol y otras sustancias psicoactivas en niños, niñas y adolescentes en Bogotá D.C. Señala que las Secretarías Distritales de Gobierno, Planeación, Educación, Integración Social y Salud, serán las entidades responsables de coordinar el proceso de formulación implementación y evaluación de la citada Política, debiendo para ello caracterizar, comprender, neutralizar, transformar e intervenir las causas que se asocian al uso indebido de tales sustancias.
 

 
2010   Proyecto de Acuerdo 239 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece una política acerca de la problemática del consumo de alcohol y uso de sustancias psicoactivas en los sitios de trabajo del Distrito Capital; promover la sensibilización y concientización respecto del consumo y uso indebido de estas sustancias; identificar factores de riesgo en el ámbito laboral; Diseñar, planificar y desarrollar con la comunidad laboral del Distrito actividades preventivas laborales dirigidas a los distintos sectores que lo conforman y establecer líneas de acción y estrategias para minimizar dicha problemática.
 

 
2011   Decreto 691 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta la Política Pública de Prevención y Atención del Consumo y la Prevención de la Vinculación a la Oferta de Sustancias Psicoactivas en Bogotá, D.C. para el Decenio 2011 ¿ 2021. La Política Pública integra cinco ejes estructurales y dos transversales, cada uno con sus respectivas líneas estratégicas y acciones a desarrollar intersectorialmente, con los actores de competencia en el tema de prevención y atención del consumo y prevención de la vinculación a la oferta de sustancias psicoactivas. La Línea Estratégica 3, es la que define los principios y orientaciones concretas para el desarrollo de programas, proyectos y acciones de prevención integral del consumo de alcohol, tabaco y otras sustancias psicoactivas y de la prevención de la vinculación a la oferta, en el ámbito educativo -colegios e instituciones de educación superior- como también en los adolescentes vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal, y a los menores de 14 años infractores de las normas jurídicas.
 

 
2012   Ley 1566 de 2012 Congreso de la República de Colombia  

Dicta normas para garantizar la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas y se crea el premio nacional "entidad comprometida con la prevención del consumo, abuso y adicción a sustancias" psicoactivas. El Gobierno Nacional y los entes territoriales garantizarán las respectivas previsiones presupuestales para el acceso a los servicios aquí previstos dando prioridad a los menores de edad y a poblaciones que presenten mayor grado de vulnerabilidad.
 

 
2013   Acuerdo 534 de 2013 Concejo de Bogotá, D.C.  

Crea el Observatorio sobre alcohol y sustancias psicoactivas -SPA- en Bogotá, D.C., a cargo de la Secretaría Distrital de Salud, a través del cual se desarrollan e implementan herramientas de planeación, análisis, diagnóstico, comprensión, evaluación, seguimiento, monitoreo, articulador de sistemas de documentación y producción de datos, información y conocimiento, con el fin de orientar la toma de decisiones, acciones y políticas sobre la problemática del consumo de sustancias psicoactivas -SPA- en el territorio del Distrito Capital, de sus causas y consecuencias, así como de sus soluciones a corto, mediano y largo plazo. Dicho Observatorio estará compuesto por la Red Hospitalaria del Distrito, las Secretarías de Gobierno, Integración Social, Educación y de Cultura Recreación y Deporte del Distrito.
 

 
2013   Acuerdo 536 de 2013 Concejo de Bogotá, D.C.  

Traza los lineamientos de una política de promoción de la salud y prevención sobre el uso y consumo de sustancias psicoactivas en las instituciones de la Administración Distrital. La Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Salud formulará dicha política, y en coordinación con las respectivas entidades que atiendan el servicio de salud y dependencias de salud ocupacional de las oficinas de Recursos Humanos o quien haga sus veces en cada entidad y también en forma consensuada con los trabajadores y sindicatos de cada entidad, desarrollarán la política en comento, la cual debe contener estrategias y acciones dirigidas a las entidades del Sector Central y del Sector Descentralizado, funcionalmente o por servicios del orden Distrital.
 

 
2020   Resolución 1046 de 2020 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Adopta la Política para la Prevención del Consumo de Alcohol, Tabaco y Sustancias Psicoactivas en la Secretaría de Educación del Distrito.
 

 

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