Documentos para POLÍTICAS PÚBLICAS BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL :: Política Pública de Salud para la Población Desplazada Víctima del Conflicto Armado Interno Asentada en Bogotá, D.C.
Año   Documento   Restrictor  
2011   Decreto 32 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta la Política Pública de Salud para la población desplazada víctima del conflicto armado interno asentada en Bogotá, D.C. "Por la equidad, el reconocimiento, la inclusión social y el goce pleno del derecho a la salud", para el periodo 2011 ¿ 2016, cuyo objetivo es garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población desplazada por la violencia que vive en Bogotá, fortaleciendo la respuesta sectorial e intersectorial, en un marco general de equidad, de inclusión social, de reconocimiento de la diversidad étnica, de género y etapas de ciclo vital, de estímulo a la participación social y de garantía de los derechos de las víctimas de dicho conflicto.
 

 
2015   Acuerdo 587 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Adopta un sistema de seguimiento y evaluación a la política pública a favor de las víctimas, que incluya, entre otros, un conjunto de Indicadores de Goce Efectivo de Derechos, de acuerdo al marco normativo legal vigente. La Administración Distrital incluirá dentro del Plan de Acción Distrital de Prevención, Protección, Asistencia, Atención y Reparación Integral a las Víctimas los Indicadores de Goce Efectivo de Derechos, tomando como referencia los que adopte la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas adaptándolos a las realidades demográficas, socioculturales y económicas del Distrito y de acuerdo con los lineamientos dados por la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación o quien haga sus veces, con el propósito de medir los avances que ha tenido el Distrito Capital en la atención y reparación de las víctimas.
 

 
2015   Decreto 035 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado para Bogotá Distrito Capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Ley 1448 de 2011, en concordancia con la Resolución 0388 de 2013 de la Unidad Administrativa Especial para la Asistencia, Atención y Reparación Integral a las Víctimas, y demás normas respectivas. El presente protocolo comprenderá todas las acciones dirigidas a garantizar la participación efectiva de las víctimas del conflicto armado en sus espacios de participación.
 

 
2015   Decreto 159 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica y adiciona el Decreto Distrital 035 de 2015 - Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado para Bogotá D.C.
 

 
2015   Ley 1751 de 2015 Congreso de la República de Colombia  

Garantiza el derecho fundamental a la salud, regularlo y establecer sus mecanismos de protección. Comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud. El Estado adoptará políticas para asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el acceso a las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todas las personas. De conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, su prestación como servicio público esencial obligatorio, se ejecuta bajo la indelegable dirección, supervisión, organización, regulación, coordinación y control del Estado. La presente ley se aplica a todos los agentes, usuarios y demás que intervengan de manera directa o indirecta, en la garantía del derecho fundamental a la salud.
 

 

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