Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1989 |
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Decreto 1481 de 1989 Nivel Nacional
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Decreto Nacional 1481 de 1989 Se determina la naturaleza, características, constitución, régimen interno de responsabilidad y sanciones Régimen económico Régimen Administrativo Administración y Vigilancia Educación e Integración Patrimonios y Retenciones Salariales Relaciones con el Estado Inspección y vigilancia |
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1998 |
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Concepto 1745 de 1998 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Personas Jurídicas
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Las entidades que estén organizadas como Fondos de Empleados debe ser inscritos en las Cámaras de Comercio |
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2010 |
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Ley 1391 de 2010 Congreso de la República de Colombia
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Reforma la norma rectora de la forma asociativa conocida como Fondos de Empleados para adecuarla a las condiciones sociales, económicas, políticas y culturales que determinan el quehacer de estas empresas. |
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2017 |
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Circular Externa 011 de 2017 Superintendencia de la Economía Solidaria
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Los fondos de empleados de categoría plena, deberán cumplir las normas prudenciales aplicables sobre niveles adecuados de patrimonio e indicador de solidez contemplados en esta circular, con el fin de proteger la confianza del público en el sistema y asegurar sus condiciones de competitividad. De la misma forma el patrimonio adecuado de los fondos de empleados sujetos a esta norma, corresponderá al patrimonio técnico mínimo que deben mantener y acreditar para dar cumplimiento al indicador de solidez que se menciona en esta circular. Igualmente, los fondos de empleados que pertenezcan a la categoría plena deberán cumplir con los límites de exposición establecidos con el fin de mitigar la pérdida máxima que podría resultar del incumplimiento de las operaciones activas de crédito y concentración de aportes sociales y captaciones, realizadas con un mismo asociado o grupo conectado de asociados. Finalmente, a efectos de determinar la idoneidad de los fondos de empleados para la prestación de servicios de ahorro y crédito que se pretendan constituir, deberán cumplir las instrucciones señaladas en esta circular. |
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2017 |
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Decreto 344 de 2017 Nivel Nacional
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Con el fin de proteger la confianza del público en el sector y asegurar su desarrollo en condiciones de seguridad y competitividad, los Fondos de Empleados de la categoría plena deberán cumplir las normas sobre niveles adecuados de patrimonio e indicador de solidez. Este indicador se define como el valor del patrimonio técnico dividido por el valor de los activos ponderados por nivel de riesgo crediticio y se expresa en términos porcentuales |
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Normas Aplicables
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