Documentos para ACTIVIDADES Y SERVICIOS FINANCIEROS :: Régimen de Protección al Consumidor Financiero
Año   Documento   Restrictor  
2009   Ley 1328 de 2009 Congreso de la República de Colombia  

Establece los principios y reglas que rigen la protección de los consumidores financieros en las relaciones entre estos y las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Determina los derechos y obligaciones de los consumidores financieros.
 

 
2010   Decreto 2241 de 2010 Nivel Nacional  

Reglamenta el Régimen de Protección al Consumidor Financiero del Sistema General de Pensiones, cuyo objeto es establecer los principios y reglas, derechos y deberes que rigen la protección de los consumidores financieros en las relaciones entre estos y las entidades administradoras de los dos regímenes del Sistema General de Pensiones, en relación con la administración de los fondos de pensiones obligatorias.
 

 
2010   Decreto 2281 de 2010 Nivel Nacional  

Reglamenta la Defensoría del Consumidor Financiero señalando que, deberán contar con dicho defensor los establecimientos de crédito; las sociedades de servicios financieros; las entidades aseguradoras; los corredores de seguros; las sociedades de capitalización, las entidades de seguridad social administradoras del régimen solidario de prima media con prestación definida; los miembros de las bolsas de bienes y productos agropecuarios y agroindustriales; las sociedades comisionistas de bolsas de valores; los comisionistas independientes de valores y las sociedades administradoras de inversión. Asimismo, establece el ámbito de aplicación, posesión, registro, procedimiento revocatorio de la inscripción, función de vocería y publicación de las decisiones.
 

 
2011   Ley 1480 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

En aplicación del artículo 116 de la Constitución Política, los consumidores financieros de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia podrán a su elección someter a conocimiento de esa autoridad, los asuntos contenciosos que se susciten entre ellos y las entidades vigiladas, en aspectos relacionados exclusivamente con la ejecución y el cumplimiento de las obligaciones contractuales que asuman con ocasión de la actividad financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento inversión de los recursos captados del público; para que sean fallados en derecho, con carácter definitivo y con las facultades propias de un juez. Igualmente se establecen las restricciones a esta facultad.
 

 
2012   Decreto 2184 de 2012 Nivel Nacional  

Corrige el numeral 2 del artículo 3°, el artículo que sucede al artículo 47, el Capítulo IV del Título VIII de la Ley 1480 de 2011, el artículo 49 y el numeral 3 del artículo 56 de la Ley 1480 de 2011.
 

 
2014   Ley 1748 de 2014 Congreso de la República de Colombia  

Establece la obligación de brindar información transparente a los consumidores de los servicios financieros. Las administradoras de Fondos de Pensiones del Régimen de Ahorro Individual tendrán la obligación de poner a disposición de sus afiliados a través de los distintos canales que dispongan las administradoras y, trimestralmente, a través de extractos que serán enviados al afiliado por el medio que este escoja la siguiente información: a) Las deducciones efectuadas; b) El número de semanas cotizadas durante el periodo de corte del extracto; c) El ingreso base de cotización de los aportes efectuados en los últimos seis meses y d) La información que determine la Superintendencia Financiera de Colombia.
 

 
2015   Decreto 2071 de 2015 Nivel Nacional  

Las Administradoras de Fondos de Pensiones del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad tendrán la obligación de enviar los extractos a sus afiliados y pensionados trimestralmente por cualquier medio electrónico, sin embargo los afiliados podrán solicitar que el extracto sea enviado mediante correo físico, caso en el cual el documento deberá ser remitido a la dirección de correspondencia que se encuentre reportada en la Administradora. En el mismo sentido se fijan las reglas de extractos de la Administradora del Régimen de Prima Media con Prestación Definida Colpensiones, proyección del beneficio pensional en el Régimen de Ahorro In­dividual con Solidaridad y asesoría e información al Consumidor Financiero.
 

 

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