Documentos para ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PUBLICOS :: Consejo Directivo
Año   Documento   Restrictor  
1996   Decreto 907 de 1996 Nivel Nacional  

Responsabilidades ante el ejercicio de la suprema inspección y vigilancia de la educación
 

 
1998   Concepto 350 de 1998 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Es competencia del Secretario de Educación de Bogotá, la suscripción de contratos relacionados con el uso, usufructo o arrendamiento de las áreas de propiedad del Distrito Capital de Bogotá a cargo de la Secretaría de Educación
 

 
2010   Fallo 1933 de 2010 Tribunal Administrativo de Cundinamarca  

¿De la lectura e interpretación de las disposiciones que vienen comentadas es forzoso colegir que entre las funciones o competencias ordinarias del Consejo Directivo de una entidad educativa se encuentra la atribución de autorizar o disponer la recuperación del tiempo perdido en razón de actividades sindicales u otras de naturaleza diversa que hubieren ocasionado la interrupción de la programación académica ordinaria y primigeniamente prevista¿.
 

 
2015   Concepto 108458 de 2015 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Resuelve el interrogante sobre la existencia de alguna inhabilidad o incompatibilidad para que un docente que es representante de los docentes ante el Consejo Directivo de una institución educativa sea encargado de funciones de Coordinador y además siga representando a los docentes ante el Consejo Directivo. Con el marco jurídico de la Constitución Política, las leyes 734 de 2002 y 1427 de 2011 y el Decreto Nacional Decreto Nacional 1075 de 2015. Concluye que que la elección de los dos representantes de los docentes ante el Consejo Directivo de una institución educativa la realiza una asamblea de docentes del respectivo establecimiento (num. 2 del art. 2.3.3.1.5.4. del 1075 de 2015), mientras que el encargo de funciones de Coordinador al docente representante de los docentes ante el Consejo Directivo lo realiza el Despacho del Secretario de Educación del Distrito (arts. 5, 30.b y 31.k del Decreto Distrital 330 de 2008), y sin perder de vista lo señalado por la Corte Constitucional en el sentido de que las inhabilidades e incompatibilidades deben estar consagradas en forma expresa y clara en la Constitución o la ley y que por ende, son taxativas y de interpretación restrictiva; considera que el docente representante de los docentes ante el Consejo Directivo no está inhabilitado ni tiene una incompatibilidad para ser encargado de las funciones de Coordinador ni para seguir representando a los docentes ante el Consejo Directivo.
 

 
2018   Concepto S20185 de 2018 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Emite concepto sobre las resoluciones rectorales y acuerdo del Consejo Directivo.
 

 

Total: 5 documentos encontrados para ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PUBLICOS :: Consejo Directivo