Documentos para ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS D.C. :: Autorización Endeudamiento
Año   Documento   Restrictor  
1996   Acuerdo 4 de 1996 Concejo de Bogotá, D.C.  

Amplía el cupo de endeudamiento de la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital, señala la forma de ejecución de la ampliación, garantías y contragaratías para operaciones de deuda pública, control de la utilización del endeudamiento, empréstitos y compromiso de rentas e ingresos de los establecimientos públicos.
 

 
1997   Acuerdo 1 de 1997 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se amplia el cupo de endeudamiento para los establecimientos Públicos del Distrito Capital
 

 
2001   Acuerdo 41 de 2001 Concejo de Bogotá, D.C.  

Modificación del título del Acuerdo 8 de 1998, por el cual se autoriza el cupo de endeudamiento para la administración central y los establecimientos públicos del Distrito Capital, art. 1. Modificación del art. 1º del Acuerdo 8/98, art. 2. Modificación del art. 3º del Acuerdo 8/98, art. 3. Modificación del art. 5º del Acuerdo 8/98, art. 4.
 

 
2010   Acuerdo 458 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autoriza el cupo de endeudamiento para la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital por la suma de $1.2 billones de pesos, que puede ser utilizado para celebrar operaciones de Crédito Público interno, externo u operaciones asimiladas a las anteriores, de acuerdo con la evaluación económica y de conveniencia que realice la Administración Distrital. Asimismo establece que de los recursos del cupo se destinarán para la financiación de los proyectos de inversión del Plan de Desarrollo Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor, la suma de cuatrocientos mil millones de pesos ($400.000.000.000), de igual manera la Administración Distrital destinará ochocientos mil millones de pesos ($800.000.000.000) para la construcción de las obras de infraestructura de la primera línea del proyecto metro de Bogotá.
 

 
2013   Acuerdo 527 de 2013 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autoriza un cupo de endeudamiento a la Administración Central y a los Establecimientos Públicos del Distrito Capital, en la suma de $3.037.283.000.000 o su equivalente en otras monedas, para la financiación de las obras contempladas en el Anexo 1 del presente Acuerdo, De otra parte, señala que dicho cupo puede ser utilizado a partir del 2013 mediante operaciones de crédito público interno, externo u operaciones asimiladas, de acuerdo con la evaluación económica y de conveniencia que realice la Administración Distrital, y sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
 

 
2020   Acuerdo 781 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autoriza un cupo de endeudamiento para la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital con el fin de armonizar y financiar las inversiones del Plan Distrital de Desarrollo
 

 

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