Documentos para ESPACIO PÚBLICO :: Reglamentación
Año   Documento   Restrictor  
1936   Ley 195 de 1936 Congreso de la República de Colombia  

Ley 195 de 1936 El Concejo de Bogotá tiene la facultad para dictar las medidas conducentes para delimitar el perímetro urbano de la ciudad
 

 
1980   Acuerdo 2 de 1980 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo 2 de 1980 Concejo Distrito Capital se adopta el Plan Vial para el Distrito Especial de Bogotá y se clasifican sus vías según capacidad, función y uso
 

 
1983   Acuerdo 19 de 1983 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo 19 de 1983 Concejo Distrito Capital Se eliminan las barreras arquitectónicas para que Bogotá sea accesible a las necesidades de los minusválidos Construcción de rampas en los cruces importantes de la ciudad
 

 
1989   Ley 9 de 1989 Congreso de la República de Colombia  

Dicta disposiciones sobre tratamiento del espacio público en los planes de desarrollo, plan para la conformación, incorporación, regulación y conservación de los inmuebles constitutivos del espacio público; define el espacio público, señala sus elementos constitutivos, destino de bienes de uso público incluidos en el espacio público y defensa del mismo.
 

 
1990   Acuerdo 6 de 1990 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo 6 de 1990 Concejo Distrito Capital se adopta el Estatuto para el Ordenamiento Físico del Distrito Especial de Bogotá, y se dictan otras disposiciones
 

 
1992   Acuerdo 6 de 1992 Concejo de Bogotá, D.C.  

Artículo 3 Acuerdo 6 de 1992 Las Juntas Administradoras Locales deberán controlar el espacio público y vigilar que su uso se aplique a las normas urbanísticas
 

 
1992   Decreto 324 de 1992 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 324 de 1992 Consejo Superior del Espacio Publico Taller profesional del espacio público
 

 
1992   Decreto 328 de 1992 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 328 de 1992 Reglamenta el tratamiento de conservación urbanística
 

 
1992   Resolución 2722 de 1992 Secretaría Distrital de Salud  

Resolución 2722 de 1992 Secretaría Distrital de Salud Se reglamenta el uso, ubicación e instalación de plantas productoras de electricidad dentro del perímetro urbano de la ciudad
 

 
1993   Comentado 0 de 1993 Nivel Nacional  

Numeral 5 Artículo 12 Decreto Nacional 1421 de 1993 Plan General de Ordenamiento Físico del Distrito Capital Artículo 60 Objetivos y propósitos de las localidades del Distrito Capital
 

 
1994   Decreto 657 de 1994 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 657 de 1994 Se prohibe la prestación de servicios públicos domiciliarios y la construcción de inmuebles en zonas de alto riesgo en el Distrito Capital
 

 
1994   Ley 136 de 1994 Congreso de la República de Colombia  

Ley 136 de 1994 Disposiciones generales sobre los municipios
 

 
1994   Ley 177 de 1994 Congreso de la República de Colombia  

Ley 177 de 1994 Por la cual Modifica la Ley 136 de 1994
 

 
1996   Acuerdo 26 de 1996 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo 26 de 1996 Concejo Distrito Capital Se adopta y establecen las normas urbanísticas y las medidas para la preservación, protección adecuado uso de las áreas que conforman el borde occidental de la ciudad de Santa Fe de Bogotá, DC, Fe de Bogotá
 

 
1996   Decreto 688 de 1996 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 688 de 1996 Reglamentan los procesos de legalización y reconocimiento oficial de desarrollos, asentamientos o barrios localizados al interior o exterior del área urbana del Distrito Capital
 

 
1997   Acuerdo 20 de 1997 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo 20 de 1997 Concejo Distrito Capital Se ajustan las normas urbanísticas Distritales a los principios enunciados en el Artículo 100 de la Ley 388 de 1997
 

 
1997   Decisión 835 de 1997 Secretaría Distrital de Gobierno - Consejo de Justicia  

Providencia del 10 de octubre de 1997 De la Sala Administrativa del Consejo de Justicia de la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía Mayor Contravención a las normas sobre uso del suelo
 

 
1997   Decisión 1320 de 1997 Secretaría Distrital de Gobierno - Consejo de Justicia  

Providencia del 31 de octubre de 1997 De la Sala Administrativa del Consejo de Justicia de la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía Mayor Usos cívicos o institucionales de los inmuebles Actividad notarial
 

 
1997   Decisión 1325 de 1997 Secretaría Distrital de Gobierno - Consejo de Justicia  

Providencia del 26 de septiembre de 1997 De la Sala Administrativa del Consejo de Justicia de la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía Mayor Inmuebles destinados para usos cívicos o institucionales Embajadas diplomáticas
 

 
1997   Decreto 1229 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 1229 de 1997 Se reglamentan la instalación, uso y mantenimiento de las carteleras o afiches publicitarios
 

 
1997   Ley 388 de 1997 Congreso de la República de Colombia  

Artículos 15 Ley 388 de 1997 Normas urbanísticas estructurales, normas generales, normas complementarias Artículo 37 Se dictan normas Artículo 93 Area o zona específica Son núcleos poblacionales localizados en el suelo urbano Artículo 100 Normas generales y complementarias
 

 
1998   Concepto 2170 de 1998 Secretaría Distrital de Hacienda  

Mientras no se declare la nulidad o inconstitucionalidad de los actos administrativos enunciados, están amparados por la presunción de legalidad y en consecuencia se considera que se debe dar cumplimiento a las disposiciones que en la materia se encuentran actualmente vigentes, entre ellas la Resolución N° 649 del 7 de julio de 1998. Por lo tanto la Empresa de Energía Eléctrica S.A. E.S.P. de Bogotá, deberá efectuar el pago por la utilización del espacio público mensualmente en la Tesorería Distrital - Secretaría de Hacienda, a más tardar el último día hábil al mes siguiente al de su causación, de acuerdo a las fechas señaladas en el Parágrafo Transitorio del Artículo Tercero de la Resolución N° 649 del 7 de julio de 1998.
 

 
1998   Decisión 840 de 1998 Secretaría Distrital de Gobierno - Consejo de Justicia  

Providencia del 6 de febrero de 1998 De la Sala Administrativa del Consejo de Justicia de la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía Mayor Contravención a las normas sobre uso del suelo
 

 
1998   Decisión 845 de 1998 Secretaría Distrital de Gobierno - Consejo de Justicia  

Providencia del 24 de agosto de 1998 De la Sala Administrativa del Consejo de Justicia de la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía Mayor Contravención a las normas sobre uso del suelo
 

 
1998   Decreto 984 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 984 de 1998 Definición de separador vial
 

 
1999   Acuerdo 18 de 1999 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo 18 de 1999 Se crea la Defensoría del Espacio Público Funciones
 

 
1999   Acuerdo 38 de 1999 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo 38 de 1999 Se dictan normas sobre los derechos y deberes del peaton tendientes a garantizar el adecuado uso del espacio público
 

 
1999   Acuerdo 033 de 1999 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo 33 de 1999 Se crea la Empresa de Renovación Urbana como Empresa Industrial y Comercial del Estado
 

 
1999   Fallo 874 de 1999 Consejo de Estado  

Fallo septiembre 9 de 1999 Sección Quinta Sala de lo Contencioso Administrativo Consejo de Estado, Consejero ponente doctor Reinaldo Chavarro Buriticá Los bolardos no deben obstaculizar la circulación de minusválidos
 

 
2003   Decreto 463 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se reglamentan la administración, el mantenimiento y el aprovechamiento económico del espacio público construido y sus usos temporales en Bogotá, lineamientos generales, definiciones, art. 1 y 2. Proyecto de manejo para la ocupación temporal del espacio publico construido, mobiliario, art. 15 y 16. Competencias, art. 17. Información al publico, art. 18. Requisitos, art. 19. Compromisos de la entidad administradora del espacio publico y del contratante o del beneficiario del permiso temporal, celebración del contrato, suspensión, suscripción, póliza de garantía, vigilancia y control, art. 20 a 25.
 

 
2006   Fallo 8201 de 2006 Consejo de Estado  

Se demanda en acción de cumplimiento la revisión de legalidad de unos actos administrativos y se le pide al IDRD abstenerse de autorizar actividades que contradigan la destinación del corredor ecológico del parque El Virrey. La norma invocada ¿no establece deber legal alguno que corresponda acatar al Instituto Distrital de Recreación y Deporte en relación con el corredor ecológico de ronda El Virrey.¿. No puede el juez de cumplimiento ¿revisar la legalidad de un acto administrativo que, a su juicio, desconoció la regulación de los corredores ecológicos de ronda, pues es un asunto que escapa a la finalidad y al alcance de la acción que ejercieron los actores en esta oportunidad. De otra parte, se le pide al IDRD abstenerse de autorizar actividades que contradigan la destinación de del corredor ecológico, considera la Sala que, ¿¿habiéndose verificado que los lugares de la naturaleza del mencionado corredor tienen destinaciones específicas que difieren de las actividades que autorizó la entidad demandada ¿hay lugar a acceder a tal solicitud, conminando al Distrito Capital de Bogotá, por medio del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, a que se sujeta a las actividades descritas en el artículo 12 del Decreto 463 de 2003 y en artículo 103 del Decreto 190 de 2004, para efectos de autorizar el uso del corredor ecológico de ronda del parque en mención.¿.
 

 
2009   Concepto 41654 de 2009 Secretaría Distrital de Hacienda  

Se pregunta sobre la posibilidad de que una corporación cívica invierta en títulos valores como CDT´S los recursos adquiridos en virtud de la administración del espacio público. ¿[D]e acuerdo con el contrato remitido a este despacho, los recursos que se generen de la administración y aprovechamiento económico del espacio público deben destinarse totalmente al mantenimiento de dicho espacio, haciéndose improcedente su inversión en CDT'S ya que contractualmente, en materia de inversión se encuentra restringido. Pero si de la actividad desplegada por la Corporación resultan recursos económicos que excedan los gastos de administración e inversión sobre el mantenimiento del espacio público, con fundamento en la naturaleza pública de los recursos, estos pertenecen al Distrito Capital (¿), y por lo tanto deben ser consignados en la Tesorería Distrital, por ser el contratante un órgano del sector central¿.
 

 
2010   Proyecto de Acuerdo 242 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece talleres de inteligencia emocional en los espacios públicos, equipamientos de cultura, recreación y deporte del Distrito Capital.
 

 
2010   Proyecto de Acuerdo 254 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece medidas de acción positivas en favor de personas con diferentes discapacidades, que permitan a este grupo poblacional, disponer de unas condiciones de accesibilidad adecuadas para el uso y disfrute del espacio público, su mobiliario urbano y de aquellos edificios abiertos al públicos ubicados dentro del perímetro del Distrito Capital, siguiendo los lineamientos definidos en las normas nacionales.
 

 
2011   Fallo 862 de 2011 Consejo de Estado  

Confirma, por las razones expuestas, la sentencia apelada proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que decidió que decidió: (i) declarar la nulidad de la expresión `existentes¿ contenida en el artículo primero y de la expresión `habilitados¿ contenida en el artículo tercero, del Decreto 036 de 2004, por el cual se establecen las normas para los inmuebles habilitados como estacionamientos en superficie y se acogen los diseños de espacio público y fachadas. ¿De conformidad con lo anterior [artículo 5, ordinal 1º, numeral 2, literal d); y artículo 17 del Decreto nacional 1504 de 1998], las áreas y elementos arquitectónicos especiales de propiedad privada, como fachadas, entre otros, son elementos constitutivos del espacio público siempre que sean incorporados como tales en los planes de ordenamiento territorial y, de ser ello así, la administración puede normalizar y estandarizar dichos elementos.¿
 

 
2011   Fallo 2486 de 2011 Consejo de Estado  

¿Es pertinente, entonces, enunciar las dimensiones constitucionalmente relevantes del espacio público, conforme a los artículos 82 y 88 CP, así: [i] Es deber del Estado, a través de sus autoridades, velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común. [ii] Es deber de las autoridades hacer efectiva la prevalencia del uso común del espacio público sobre el interés particular. [iii] Es deber de las entidades públicas ejercer la facultad reguladora en materia de ordenamiento territorial, en relación con la utilización del suelo y del espacio público para la defensa del interés común, entre otros. [iv] Es un derecho e interés colectivo. Constituye el objeto material de las acciones populares y es uno de los bienes jurídicamente garantizables a través de ellas.¿
 

 
2013   Sentencia de Unificación SU-842 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

El artículo 6 de la ley 9 de 1989 precisa Las vías públicas no podrán ser encerradas en forma tal que priven a la ciudadanía de su uso, goce, disfrute visual y libre tránsito. Empero, ello no obsta para que, por razones de seguridad, salubridad y orden público, las autoridades competentes que lo son las municipales- otorguen permisos o profieran actos administrativos, dentro de las prescripciones legales, para permitir o establecer el cierre de ciertas vías o para limitar o restringir el paso de vehículos o personas de acuerdo a circunstancias específicas. la corte dejar sin efecto lo actuado en la acción popular 25000-23-25-000-2004-2425-00 a partir de la sentencia proferida el 12 de julio de 2007 por la Sección Segunda, Subsección A, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, inclusive, y la consiguiente actuación de segunda instancia adelantada por la Sección Primera del Consejo de Estado en el mismo proceso, a fin de que, dentro del término máximo de veinte (20) días hábiles, la corporación judicial de primera instancia la vuelva a proferir teniendo en cuenta que el cierre definitivo ordenado en el numeral tercero de su parte resolutiva solo podrá recaer sobre el tramo de la calle 62, hoy 64,desde la carrera 127 hasta el río Bogotá, toda vez que es el que se superpone con la zona de manejo y preservación ambiental del humedal Jaboque e igualmente, teniendo presente que conforme a los elementos de juicio recaudados la calle 62, hoy calle 64, desde la carrera 114 hasta la 127 de la localidad de Engativá, no se encuentra dentro de la zona de manejo y preservación ambiental del río Bogotá, lo que impone resolverle al actor popular la pretensión que originalmente formuló relacionada con la construcción de andenes, pavimentación de la calzada vehicular, incluyendo la ciclorruta que conecte al barrio Engativá Centro con la que llega hasta el parque La Florida. Si a fin de decidir resulta necesario el decreto y práctica de pruebas de oficio, el juez de primera instancia deberá decretarlas, practicarlas o recaudarlas en un lapso de veinte (20) días, a cuyo vencimiento dictará la sentencia correspondiente dentro de los veinte (20) días siguientes, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
 

 
2014   Concepto 19773 de 2014 Secretaría Distrital de Planeación  

Emite concepto en relación con varios interrogantes de una solicitud de aclaración entre bienes de uso público- zonas de uso público, espacio público y bienes fiscales; efectos jurídicos de la afectación de un bien privado al uso público, en proceso de urbanización y/o construcción. Ante lo cual concluye: (...) establece la clasificación de los bienes de dominio público, es decir a cargo del Estado, en bienes de uso público y bienes fiscales o patrimoniales (&) las zonas definidas como de uso público en los proyectos urbanísticos, quedan afectas a ese uso, por el solo señalamiento que de ellas se hagan en el respectivo plano, así permanezcan dentro del dominio privado, y solo podrán ser reubicadas y/o redistribuidas antes de la terminación de las obras y de la constitución de la urbanización mediante escritura pública. (&)
 

 
2016   Concepto 139581 de 2016 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Emite concepto jurídico respecto a las normas que regulan el espacio público, los andenes, los antejardines, entre otras.
 

 
2016   Concepto 145731 de 2016 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Referencia la normatividad nacional y distrital vigente en materia de espacio público así como las políticas en la misma temática. Particularmente señala que las principales normas a nivel distrital que regulan el espacio público en Bogotá D.C. son: 1) Acuerdo 018 de 1999, aprobado por el Concejo de Bogotá (Creación del DADEP), 2) Acuerdo 079 de 2003, aprobado por el Concejo de Bogotá (Código de Policía de Bogotá), 3) Decreto Distrital 098 de 2004 (por el cual se dictan disposiciones en relación con la preservación del espacio público y su armonización con los derechos de los vendedores informales que lo ocupan 4) Decreto Distrital 190 de 2004 (POT de Bogotá), (a pesar de ser un decreto tiene fuerza material de Acuerdo) 5) Decreto Distrital 215 de 2005 (Plan Maestro del Espacio Público), 6) Decreto Distrital 456 de 2013 (Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público) 7) Decreto Distrital 588 de 2015 (por el cual se establece el procedimiento para la entrega material y titulación de las zonas de cesión y bienes destinados al uso público y se dictan otras disposiciones) 8) Acuerdo 645 de 2016, aprobado por el Concejo de Bogotá (Plan Distrital de Desarrollo Bogotá Mejor Para Todos), 9) Muchas otras normas distritales que pueden ser consultadas en las páginas web oficiales de las entidades públicas, en cumplimiento de la Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia)."
 

 
2017   Concepto 201711 de 2017 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

La normatividad nacional que rige la recuperación del espacio público se encuentra consagrada en la Constitución Política de 1991, en las leyes 9ª de 1989 (ley de Reforma Urbana),388 de 1997 (ley de Desarrollo Territorial), 472 de 1998 (ley de acciones populares y de grupo), 810 de 2003 (ley de infracciones y sanciones urbanísticas), 1801 de 2016 (nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia), sin perjuicio de otras tantas leyes, en los Decretos Nacionales 1077 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio), 555 de 2017 y las normas que los modifican, adicionan o complementan. La normatividad distrital de Bogotá que rige la recuperación del espacio público se encuentra consagrada en el Decreto Distrital 190 de 2004 que contiene las normas del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá  POT de Bogotá, en el Decreto Distrital 098 de 2004 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, en el Código de Policía de Bogotá  CPB (incorporado en el Acuerdo 079 de 2003) y en las normas del actual Plan de Desarrollo de Bogotá  Acuerdo 645 de 2016, sin perjuicio de otras normas distritales vigentes.
 

 
2018   Concepto 201811 de 2018 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Aprovechamiento económico del espacio público, informando a terceros del trámite y posible uso que podría tener en el espacio público dentro del evento Walk 21 a celebrarse entre el 15 y el 19 de octubre de 2018.
 

 
2019   Decreto 837 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establece la reglamentación que permite la desafectación y sustitución del espacio público requerido para la implantación del proyecto de infraestructura de Transporte del Metro de Bogotá
 

 
2019   Resolución 339 de 2019 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Adopta el Reglamento Interno de la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital CIEP
 

 
2022   Decreto 010 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta la aplicación del Artículo 51 de la Ley 2079 de 2021, respecto de la implementación de planes de administración y cuidado del espacio público de Bogotá D. C., con el propósito de mejorar las condiciones de seguridad en zonas que cuenten con elementos instalados en el espacio público por parte de las urbanizaciones, unidades inmobiliarias cerradas, barrios o desarrollos de propiedad horizontal y que se encuentren destinados a su seguridad en el momento de expedición de la Ley 2079 de 2021. Establece los requisitos para el estudio PACEP "Plan de Administración y Cuidado del Espacio Público" Determina el trámite y análisis del PACEP "Plan de Administración y Cuidado del Espacio Público" Fija el plazo del PACEP "Plan de Administración y Cuidado del Espacio Público". Señala la coordinación, divulgación y seguimiento e la ejecución del PACEP "Plan de Administración y Cuidado del Espacio Público". Decide sobre la prohibición o delimitaciones del PACEP "Plan de Administración y Cuidado del Espacio Público". Precisa las condiciones de mantenimiento de los bienes de uso públicos incluidos en el PACEP "Plan de Administración y Cuidado del Espacio Público".
 

 
2022   Decreto 195 de 2022 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Deroga el Decreto Distrital 837 de 2019, que definió el procedimiento para la desafectación del espacio público con el fin de efectuar de forma adecuada las funciones asignadas a la Empresa Metro de Bogotá S.A. y el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU-, lo anterior, en razón a que se evidenció que las disposiciones reglamentadas estaban desarrolladas en otras normas de carácter nacional y distrital (Acuerdo 642 de 2016, Decreto Distrital 647 de 2019, Ley 1682 de 2013, Decreto Reglamentario 734 de 2014, Decreto Distrital 555 de 2021, Ley 2044 de 2020, Decreto 1077 de 2015, Decreto Distrital 544 de 2017, Decreto 178 de 2010, Decreto Distrital 112 de 2022).
 

 
2023   Concepto 202313 de 2023 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Exponer concepto sobre definición espacio público para las cubiertas estructurales a cualquier nivel según el Concepto 20231300107631 de 2023. Con base en lo anterior, para esta Oficina Jurídica, aunque las cubiertas de las edificaciones de Propiedad Horizontal pueden ser consideradas parte del espacio público, no son bienes de uso público en los términos del artículo 63 de la Constitución Política de Colombia. Como se señaló en las disposiciones y jurisprudencia transcrita, para que un bien sea considerado como de uso público, este debe pertenecer al dominio público de la Nación o de las entidades territoriales y estar destinado al uso común de todos los habitantes, lo que significa que está libremente accesible y disponible para todos los ciudadanos. Las cubiertas de una propiedad horizontal, aunque pueden formar parte del espacio público de acuerdo con los señalado en las disposiciones transcritas, no cumplen con estos requisitos ya que están dentro de una propiedad privada y no están a disposición libre y general de todos los habitantes.
 

 
2023   Decreto 072 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta los mecanismos, instrumentos y procesos relacionados con la generación y transformación del espacio público para la totalidad del territorio de Bogotá D.C., que incluye los trámites de recepción, incorporación, titulación y gestión de los bienes destinados al uso público, declaratoria de espacio público, modificación de planos urbanísticos, sustitución y cambio de uso de zonas de uso público y delimitaciones de cesiones señaladas como zonas verdes o comunales, entre otras disposiciones relacionadas con su administración, y la gestión de los bienes destinados al uso público en desarrollo de acciones y actuaciones urbanísticas a favor del Distrito Capital.
 

 
2023   Decreto 493 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta la administración y el aprovechamiento económico de los elementos constitutivos y complementarios del espacio público; para lo cual, se definen para su administración, las entidades a cargo de dichos elementos de acuerdo con su misión, funciones y la naturaleza y funcionalidad de cada elemento, y su aprovechamiento económico, para promover su destinación al uso goce y disfrute de la ciudadanía, teniendo en cuenta el acceso universal y la igualdad de oportunidades.
 

 

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