Documentos para ENTIDADES TERRITORIALES :: Pasivo Pensional
Año   Documento   Restrictor  
2011   Decreto 4812 de 2011 Nivel Nacional  

Reglamenta el numeral 10 del artículo 2° de la Ley 549 de 1999 y el parágrafo 3° del artículo 42 de la Ley 643 de 2001 relacionado con la Financiación del Pasivo Pensional del Sector Salud con recursos del Fonpet por concepto del Lotto en Línea. Establece el procedimiento por el cual los departamentos, municipios y distritos que posean recursos en el Fonpet derivados de recaudos por concepto del Lotto en Línea y respecto de los cuales existan obligaciones pendientes relacionadas con la financiación de pasivos pensionales del sector salud, causado a 31 de diciembre de 1993, podrán hacer uso de ellos como fuente de financiación de la concurrencia a su cargo.
 

 
2012   Concepto 9324 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Consulta sobre la aplicación del numeral 7 del artículo 2 de la Ley 549 de 1999. (¿) ¿De acuerdo con la normatividad vigente, las empresas sociales del Estado, hacen parte de la Administración Pública Distrital, ubicadas en el Sector descentralizado por servicios¿ (¿) ¿la prestación de servicios de salud se prestará en forma directa por la Nación o por las entidades territoriales, a través de las empresas sociales del Estado, que constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la ley o por las asambleas o concejos¿. (...) ¿las Entidades Territoriales son los departamentos, los distritos, los municipios y las entidades territoriales indígenas, de conformidad con el artículo 286 de la Constitución Política de 1991, y que al tenor del numeral 7 del artículo 2º en comento es claro que las Empresas Sociales del Estado - ESES no tienen tal carácter, toda vez que constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la ley, por las asambleas o por los concejos, según el nivel de organización del Estado a que pertenezcan¿ (¿) ¿Empresa Social del Estado, entendida como una categoría especial de entidad pública descentralizada del orden Distrital, dotada de Personería Jurídica, Patrimonio Propio y Autonomía Administrativa, adscrita a la Secretaría Distrital de Salud y sometida al régimen jurídico previsto¿. (¿) ¿ Las ESE, ¿ en caso que enajene activos o acciones al sector privado, en principio no esta obligada a cumplir con lo indicado en el numeral 7 del Articulo 2 de la Ley 549 de 1999¿.
 

 
2014   Decreto 2622 de 2014 Nivel Nacional  

Se reglamentan los artículos 3° y 4° de la Ley 1478 de 2011, en relación con el pago por cuenta de la nación, del pasivo pensional trasladado del extinto municipio de Armero al municipio de Armero Guayabal, Tolima, debido a que este último se vio en la obligación de suscribir un Acuerdo de Reestructuración de Pasivos, con el fin de recuperar su viabilidad económica y financiera, lo cual solo es posible, según el análisis financiero realizado, si la nación asume la carga pensional atribuible al extinto municipio de Armero.
 

 
2017   Decreto 117 de 2017 Nivel Nacional  

Las entidades que hayan alcanzado el cubrimiento del pasivo pensional en el Sector Propósito General del Fonpet, podrán destinar los recursos del Sistema General de Regalías acumulados en el Fondo para financiar el valor de las mesadas pensionales y los patrimonios autónomos. Asi mismo para efectos de establecer el cubrimiento del 100% del pasivo pensional se calculará, en términos porcentuales, la proporción existente entre las reservas y los pasivos de las entidades territoriales y sus descentralizadas. El cubrimiento del pasivo pensional por parte de las nuevas entidades territoriales será verificado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección de Regulación Económica de la Seguridad Social, con base en el acto de creación y en cruces de información que realice con la Contaduría General de la Nación, los organismos de control y las entidades de las cuales las nuevas entidades fueren segregadas.
 

 
2017   Decreto 586 de 2017 Nivel Nacional  

Establece el procedimiento para el cálculo y pago del pasivo pensional del sector salud causado a 31 de diciembre de 1993 que haya sido certificado por el extinto Fondo del Pasivo Prestacional del Sector Salud, así como el procedimiento para el pago de las reservas asociadas a dicho pasivo. Así mismo, establece presupuestos para la suscripción de los contratos de concurrencia, la administración y giro de estos recursos y la responsabilidad de las instituciones hospitalarias y los entes territoriales
 

 
2017   Decreto 1997 de 2017 Nivel Nacional  

Adopta las medidas para el giro e incorporación de los recursos que sobrepasen el cubrimiento del pasivo pensional territorial y lo relativo a las entidades territoriales con nula o baja incidencia del conflicto armado, a los que se refiere el parágrafo 4 del artículo 361 de la Constitución Política adicionado por el Acto Legislativo 04 de 2017.
 

 
2020   Resolución 195 de 2020 Contaduría General de la Nación  

Modifica el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el pasivo pensional y con los recursos que lo financian, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, en lo relativo al registro que deben realizar el Ministerio de Educación Nacional y las entidades territoriales, por las obligaciones pensionales a favor del personal docente que se pagan a través del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Cambios en cálculo actuarial de pensiones, plan de activos para beneficios posempleo relacionados con pensiones, obligaciones pensionales a cargo de la nación y de las entidades territoriales que se paginan a través del Fomag y operaciones recíprocas.
 

 

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