Documentos para AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO :: Asociaciones Público Privadas
Año   Documento   Restrictor  
1974   Decreto 2811 de 1974 Nivel Nacional  

Se podrán establecer asociaciones de usuarios de aguas, constituidas por quienes se aprovechen de una o más corrientes de un mismo sistema de reparto o tengan derecho a aprovechar las de un mismo cauce artificial.
 

 
2015   Decreto 63 de 2015 Nivel Nacional  

Regula aspectos relacionados con la implementación de esquemas de Asociaciones Público Privadas, de iniciativa pública o privada, que se desarrollen bajo la Ley 1508 de 2012 en el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 Nivel Nacional  

Se regulan aspectos relacionados con la implementación de esquemas de Asociaciones Público Privadas, de iniciativa pública o privada, que se desarrollen bajo la Ley 1508 de 2012 en el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico. El inversionista privado que se presente a un proceso de selección para la ejecución de un proyecto de Asociación Público Privada, que no ostente la condición de empresa de servicio público, deberá acreditar la celebración de un contrato con un prestador de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y/o aseo, con la experiencia indicada en el pliego de condiciones, en el que dicha empresa se comprometa a realizar la operación y mantenimiento de la infraestructura, por el mismo tiempo de duración del contrato de Asociación Público Privada. Lo anterior, como requisito para la presentación de la oferta. Además, reglamenta la forma en que podrán establecerse en proyectos de asociación público privada, unidades funcionales de tramos de túneles, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la ley 1682 de 2013 (Artículo 2.2.2.1.9.1 al 2.2.2.1.10.3)
 

 
2017   Resolución 678 de 2017 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Se establecen los criterios técnicos y requisitos de presentación, aprobación, viabilización y reformulación de los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que se adelanten bajo la modalidad de Asociaciones Público Privadas que se financien o no con recursos del Presupuesto General de la Nación o de otros fondos públicos. Los proyectos que se adelanten bajo la modalidad de Asociaciones Público Privadas que se financien o no con recursos del Presupuesto General de la Nación o de otros fondos públicos o con recursos de inversión privada, deberán hacer parte de las Políticas y/o de los Programas implementados o que implemente la Nación para el sector de agua potable y saneamiento básico, en concordancia con la normatividad aplicable al sector.
 

 

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