Documentos para PROGRAMAS DISTRITALES DE INTERÉS GENERAL :: Programa Distrital de Convivencia y Seguridad Ciudadana
Año   Documento   Restrictor  
2002   Decreto 309 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamento del programa de Convivencia y Seguridad Ciudadana, contrato empréstito 1086 0C - C0 BID Objeto y definiciones, art. 1ª 2. objetivo y componentes del programa Distrital, art, 3 a 13. estructura organica, art, 14 a 21. Ejecución del programa, art. 22 a 29. flujo de financiación de los fondos, art. 30 a 32.
 

 
2013   Decreto 540 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta e implementa el Plan Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana para Bogotá, Distrito Capital, como herramienta de planificación estratégica, el cual se encuentra incorporado en los documentos anexos, que hacen parte integral del presente decreto, que será actualizado por las instancias competentes cada año, como el instrumento a través del cual se articula la política pública de convivencia y seguridad ciudadana estableciendo los objetivos, metas, estrategias y tácticas medibles y cuantificables con indicadores de impacto, el orden de las acciones trazadas de manera conjunta entre las autoridades competentes y la ciudadanía, para desplegar intervenciones preventivas orientadas a garantizar el respeto a la vida, la integridad de las personas y la protección de la dignidad humana.
 

 
2018   Directiva Presidencial 001 de 2018 Presidencia de la República  

Imparte directrices a todos los servidores públicos, a quienes convoca, para que adelanten acciones en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, a que respalden institucionalmente las acciones que desarrolle el Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia, órgano asesor y consultivo del Gobierno nacional, en la creación de los Consejos Territoriales de Paz, Reconciliación y Convivencia; de promover sus actuaciones como órganos de participación de la ciudadanía con los gobiernos departamentales y municipales que propendan a la construcción y mantenimiento de la paz, de apoyarlos y organizarlos como espacios centrales de convergencia a nivel territorial de los comités, mesas, instancias y mecanismos de participación en asuntos de paz, reconciliación, convivencia y no estigmatización; y de disponer el apoyo logístico, operativo y financiero para cada una de las entidades involucradas, a fin de poner en funcionamiento los referidos Consejos, de conformidad y en cumplimiento de lo establecido por el Gobierno Nacional en la Ley 434 de 1998 y el Decreto 885 de 2017.
 

 

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