Documentos para LIBRE COMPETENCIA :: Reglamentación
Año   Documento   Restrictor  
1959   Ley 155 de 1959 Congreso de la República de Colombia  

Dicta disposiciones sobre prácticas comerciales restrictivas. Prohíbe la celebración de acuerdos que limiten la producción, abastecimiento, distribución o consumo de materias primas, productos, mercancías o servicios nacionales o extranjeros, y en general, toda clase de prácticas, procedimientos o sistemas tendientes a limitar la libre competencia y a mantener o determinar precios inequitativos, sin embargo el gobierno puede autorizar la celebración de los mismos, limitando la libre competencia, con el fin de defender la estabilidad de un sector básico de la producción de bienes o servicios de interés para la economía general y además intervendrá en la fijación de normas sobre pesas y medidas, calidad, empaque y clasificación de los productos, materias primas y artículos o mercancías con miras a defender el interés de los consumidores y de los productores de materias primas. Indica que las empresas que produzcan, abastezcan, distribuyan o consuman determinado artículo o servicio, y que tengan capacidad para determinar precios, estarán sometidas a la vigilancia del Estado. Determina que las empresas que se dediquen a la misma actividad económica o participen en la misma cadena de valor, estarán obligadas a informar a la Superintendencia de Industria y Comercio sobre las operaciones que proyecten llevar a cabo para efectos de fusionarse, consolidarse, adquirir el control o integrarse cualquiera sea la forma jurídica de la operación proyectada.
 

 
1996   Ley 256 de 1996 Congreso de la República de Colombia  

Garantiza la libre y leal competencia económica, mediante la prohibición de actos y conductas de competencia desleal, en beneficio de todos los que participen en el mercado colombiano. Señala como actos de competencia desleal, los actos de desviación de la clientela, confusión, engaño, descrédito, comparación, imitación, explotación de la reputación ajena, violación de secretos, inducción a la ruptura contractual, violación de normas, y pactos desleales de exclusividad.
 

 
2011   Sentencia 297 de 2011 Corte Constitucional de Colombia  

Revisión de constitucionalidad del Decreto 4824 de 2010, ¿Por medio del cual se permite la disposición temporal de los escombros y la utilización de fuentes de materiales para atender la emergencia invernal.¿, expedido en desarrollo del Decreto 4580 de 2010, por medio del cual se declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica. ¿[D]ijo la Corte que la libre competencia como derecho genera por consecuencia que, `en condiciones de mercado, ninguno de los actores puede fijar de manera arbitraria el precio de los bienes o servicios disponibles para la compra o la venta, sino que su precio es consecuencia de la interacción de la oferta y la demanda. De esta forma, el sistema de precios depende de un equilibrio impersonal, que resulta de esta misma interacción, y no de los intereses o de los caprichos de algunos de los actores económicos¿. Empero, se agregó más adelante que cuando las fuerzas del mercado y en general el sistema de comunicación de eficiencias e ineficiencias individuales no logre regular adecuadamente su funcionamiento, es decir, `cuando no se presentan los supuestos teóricos de la libre competencia, el mercado genera resultados indeseables, muchos de los cuales resultan contrarios al Estado social de derecho¿.¿ ¿En esas circunstancias resulta indispensable que el Estado actúe, a fin de reducir el impacto o afectación ilegítima que pueden representar las fallas en mención, con el objeto de `orientar el mercado hacia condiciones de libre competencia y de asignación eficiente de bienes y servicios a todos los habitantes del territorio nacional¿.¿
 

 
2015   Decreto 1523 de 2015 Nivel Nacional  

Reglamenta el artículo 14 de la Ley 1340 de 2009 y se modifica el Capítulo 29 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015, sobre beneficios a las personas naturales y jurídicas que colaboren en la detección y represión de acuerdos restrictivos de la libre competencia, señala definiciones, presunciones, solicitud, requisitos, convenio, concesión y perdida en el programa de beneficios por colaboración, exoneración de facilitadores, beneficios adicionales. Además se establece el alcance de los acuerdos de estabilidad de sectores básicos de la economía.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 Nivel Nacional  

Se establece las condiciones generales y la forma en la que la Superintendencia de Industria y Comercio, en desarrollo del artículo 14 de la Ley 1340 de 2009 podrá, en casos concretos, conceder beneficios a las personas naturales y jurídicas que colaboren en la detección y represión de acuerdos restrictivos de la libre competencia. De igual manera reglamenta beneficios a las personas naturales y jurídicas que colaboren en la detección y represión de acuerdos restrictivos de la libre competencia señala definiciones, presunciones, solicitud, requisitos, convenio, concesión y pérdida en el programa de beneficios por colaboración, exoneración de facilitadores, beneficios adicionales. Además se establece el alcance de los acuerdos de estabilidad de sectores básicos de la economía. (Artículo 2.2.2.29.1.1 al 2.2.2.29.5.5). Establece las autoridades que deberán informar a la Superintendencia de Industria y Comercio sobre los proyectos de acto administrativo que se propongan expedir con fines de regulación, así como las reglas aplicables para que esta entidad pueda rendir concepto previo acerca de la potencial incidencia de la regulación sobre la libre competencia económica en los mercados, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009. La autoridad deberá informar a la Superintendencia de Industria y Comercio sobre los proyectos de acto administrativo con fines de regulación que puedan tener incidencia sobre la libre competencia en los mercados. Se entenderá que un acto tiene esa incidencia cuando independientemente del objetivo constitucional o legal que persiga. (Artículo 2.2.25.30.1 al 2.2.2.30.11.)
 

 
2021   Decreto 1084 de 2021 Nivel Nacional  

Modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con las normas aplicables a las instituciones financieras que actúen como tomadoras de seguros por cuenta de sus deudores, empoderamiento del consumidor para la selección de la aseguradora, costos del servicio de recaudo y participación del corredor de seguros.
 

 

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