Documentos para SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO :: Inspección Vigilancia y Control
Año   Documento   Restrictor  
1959   Ley 155 de 1959 Congreso de la República de Colombia  

Dicta disposiciones sobre prácticas comerciales restrictivas. Indica que las empresas que produzcan, abastezcan, distribuyan o consuman determinado artículo o servicio, y que tengan capacidad para determinar precios en el mercado, por la cantidad que controlen del respectivo artículo o servicio, estarán sometidas a la vigilancia del Estado para los efectos de la presente Ley, para lo cual el Gobierno intervendrá en la fijación de normas sobre pesas y medidas, calidad, empaque y clasificación de los productos, materias primas y artículos o mercancías con miras a defender el interés de los consumidores y de los productores de materias primas. Señala que las empresas que se dediquen a la misma actividad económica o participen en la misma cadena de valor, están obligadas a informar a la Superintendencia de Industria y Comercio sobre las operaciones que proyecten llevar a cabo para efectos de fusionarse, consolidarse, adquirir el control o integrarse cualquiera sea la forma jurídica de la operación proyectada.
 

 
1971   Decreto 410 de 1971 Nivel Nacional  

El cumplimiento de las funciones propias de las cámaras de comercio estará sujeto a la vigilancia y control de la Superintendencia de Industria y Comercio. Esta podrá imponer multas sucesivas hasta de cincuenta mil pesos, o decretar la suspensión o cierre de la cámara renuente, según la gravedad de la infracción cometida
 

 
1992   Decreto 2153 de 1992 Nivel Nacional  

Define la naturaleza y funciones de la superintendencia de industria y comercio, así como su estructura. Indica que la Superintendencia de Industria y Comercio, ejercerá el control y vigilancia de las cámaras de comercio, sus federaciones y confederaciones, así como lo relacionado con el registro único mercantil. Establece, coordina, dirige y vigila los programas nacionales de control industrial de calidad, y organiza los laboratorios de control de calidad y metrología que considere indispensables para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
 

 
2009   Ley 1340 de 2009 Congreso de la República de Colombia  

Actualiza la normatividad en materia de protección de la competencia para adecuarla a las condiciones actuales de los mercados. Indica que las disposiciones sobre protección de la competencia abarcan lo relativo a prácticas comerciales restrictivas, esto es acuerdos, actos y abusos de posición de dominio, y el régimen de integraciones empresariales. Establece que esta ley y la 155 de 1959, así como el Decreto 2153 de 1992 y demás disposiciones que las modifiquen o adicionen, constituyen el régimen general de protección de la competencia, aplicables a todos los sectores y todas las actividades económicas. Determina que la autoridad nacional de protección de la competencia, es la Superintendencia de Industria y Comercio, y es ella quien ejerce control y vigilancia sobre todos los sectores y actividades económicas, con apoyo de las entidades gubernamentales encargadas de la regulación y del control y vigilancia sobre todos los sectores y actividades económicas. Regula lo concerniente al control de integraciones empresariales y establece su procedimiento. Confiere beneficios por colaboración con la autoridad, en casos de prácticas restrictivas de la competencia. Fija el régimen sancionatorio en caso de violación de las disposiciones sobre protección de la competencia. Establece un régimen de transición para las autoridades de vigilancia y control a las que excepcionalmente la ley haya atribuido facultades específicas en materia de prácticas restrictivas de la competencia y/o control previo de integraciones empresariales, en el sentido de que continuarán ejerciendo tales facultades durante los seis 6 meses siguientes a la vigencia de esta ley.
 

 
2010   Decreto 2896 de 2010 Nivel Nacional  

Establece las condiciones generales y la forma en la que la Superintendencia de Industria y Comercio, en desarrollo del artículo 14 de la Ley 1340 de 2009 podrá, en casos concretos, conceder beneficios a las personas naturales y jurídicas que colaboren en la detección y represión de acuerdos restrictivos de la libre competencia.
 

 
2011   Circular Externa 26 de 2011 Superintendencia de Industria y Comercio  

Ajusta el instructivo impartido a todas las personas relacionadas con la fabricación, importación, distribución o comercialización de aparatos receptores de televisión, con relación a la información que debe suministrarse a los consumidores acerca del estándar adoptado en Colombia para la televisión digital terrestre (TDT), así como respecto de la existencia de la posibilidad de que el estándar DVB-T actualmente adoptado, sea eventualmente modificado al estándar DVB-T2.
 

 
2012   Circular 7 de 2012 Superintendencia de Industria y Comercio  

Comunica la modificación del numeral 2.4.2 del Capítulo II del Título II de la Circular Única para adicionar un inciso final que por error se eliminó mediante la expedición de la Circular Externa número 02 de 2012, relativo a la instrucción de preguntar al consumidor al momento de solicitar la liquidación de su cuenta que manifieste si opta por pagar o no la propina o por pagar una cantidad diferente de la sugerida
 

 
2012   Circular Externa 2 de 2012 Superintendencia de Industria y Comercio  

Comunica instrucciones a propietarios y administradores de establecimientos para el consumo de alimentos y bebidas tales como hoteles, restaurantes, bares, clubes sociales o culturales, griles, discotecas, cafeterías y similares en los que se sugiere el pago de la propina, con el propósito de que informen sobre el destino que le dan a la misma para garantizar el respeto de los derechos de los consumidores a recibir información acerca de la voluntariedad de la propina, su destinación y el correlativo derecho que les asiste de no pagarla o de modificar su cuantía, cuando esta les sea sugerida, mediante avisos fijados a la entrada del establecimiento de comercio con tamaño y ubicación adecuado.
 

 
2012   Circular Externa 8 de 2012 Superintendencia de Industria y Comercio  

Modificar el Título VIII de la Circular Única. Instruye a las Cámaras de Comercio del país sobre la forma en que deberán asumir los registros a que se refiere el artículo 166 del Decreto-ley 019 de 2012. Precisa las facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio para ejercer las funciones de vigilancia, control e instrucción, respecto del desarrollo de las Cámaras de Comercio.
 

 
2012   Ley 1581 de 2012 Congreso de la República de Colombia  

La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de una Delegatura para la protección de datos personales ejercerá la vigilancia y sanción para garantizar la legalidad en el tratamiento de datos personales, además será quien administre el Registro Nacional de Bases de Datos de libre consulta para los ciudadanos.
 

 
2015   Decreto 1523 de 2015 Nivel Nacional  

Reglamenta el artículo 14 de la Ley 1340 de 2009 y se modifica el Capítulo 29 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto 1074 de 2015, sobre beneficios a las personas naturales y jurídicas que colaboren en la detección y represión de acuerdos restrictivos de la libre competencia, señala definiciones, presunciones, solicitud, requisitos, convenio, concesión y perdida en el programa de beneficios por colaboración, exoneración de facilitadores, beneficios adicionales. Además se establece el alcance de los acuerdos de estabilidad de sectores básicos de la economía.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1073 de 2015 Nivel Nacional  

La Superintendencia de Industria y Comercio vigilará a las empresas con el fin de investigar y sancionar, si fuere del caso, las prácticas que puedan constituir restricciones indebidas a la libre competencia en los términos del Decreto 2153 de 1992, en particular los artículos 46 a 52, y las normas que lo complementen, modifiquen o adicionen. De conformidad con lo dispuesto en dicho Decreto los productores, transportadores, distribuidores y comercializadores de gas natural se abstendrán de cualquier actuación que pueda conducir a discriminar indebidamente o dar trato preferente a algunos comercializadores de gas natural comprimido vehicular en perjuicio de otros. (Artículo 2.2.2.6.1.1.5.1 al 2.2.2.6.1.1.6.4)
 

 
2017   Circular Externa 008 de 2017 Superintendencia de Industria y Comercio  

Establece que será a Superintendencia de Industria y Comercio quien regule y reglamente lo referente a la transferencia internacional de datos personales.
 

 
2020   Circular Externa 005 de 2020 Superintendencia de Industria y Comercio  

Recolección y tratamiento de datos personales con ocasión de los DÍAS SIN IVA (Decreto Legislativo 682 de 2020).
 

 
2020   Circular Externa 006 de 2020 Superintendencia de Industria y Comercio  

Coordina medidas de control y vigilancia en materia de protección al consumidor, con ocasión de la expedición del Decreto Legislativo 682 de 2020, por el cual se establece la exención especial del impuesto sobre las ventas para el año 2020, la toma de acciones de control y vigilancia que deben adelantar las alcaldías, y orienta sobre canales para denunciar la vulneración de derechos en el marco de la exención especial del día sin IVA, entre otros.
 

 
2020   Resolución 20490 de 2020 Superintendencia de Industria y Comercio  

Requiere a todos los agentes de mercado que desarrollen acuerdos de colaboración entre competidores que informen a la Delegatura para la Protección de la Competencia sobre (i) la realización del acuerdo de colaboración, (ii) los agentes de mercado que participarán en la dinámica, (iii) los productos y/o servicios que podrían resultar afectados, (iv) el contenido específico del acuerdo de colaboración y (v) su duración, precisando el momento de inicio y de finalización proyectada. Lo anterior, teniendo en cuenta que la Superintendencia de Industria y Comercio continuará ejerciendo sus facultades de inspección, vigilancia y control en relación con los acuerdos que no reúnan las condiciones para ser considerados legítimos.
 

 
2020   Resolución 31470 de 2020 Superintendencia de Industria y Comercio  

Imparte una orden administrativa de carácter general con el fin de evitar que se cause daño o perjuicio a los consumidores, ordenando a los proveedores de bienes y servicios que participen en las jornadas de exención especial del IVA, bien sea en sus establecimientos de comercio o a través de comercio electrónico, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo número 682 del 21 de mayo de 2020, el CESE de prácticas vulneradoras de los derechos de los consumidores.
 

 
2020   Resolución 78704 de 2020 Superintendencia de Industria y Comercio  

Fijan las tasas aplicables a los trámites generales que se surten ante la Superintendencia de Industria y Comercio y se modifica el numeral 2.6., al Capítulo Segundo del Título 1 de la Circular Única del 19 de julio de 2001 adoptada mediante Circular Externa 10 de 2001, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011, el artículo 26 de la Ley 1480 de 2011, el artículo 22 del Decreto 4886 de 2011, la Ley 1712 de 2014, el Decreto 103 de 2015
 

 
2023   Circular Externa 001 de 2023 Superintendencia de Industria y Comercio  

Emitir instrucciones a efectos de coadyuvar con el debido Tratamiento de Datos Personales para fines de publicidad, marketing o prospección política y electoral en el marco de las elecciones territoriales 2023
 

 

Total: 19 documentos encontrados para SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO :: Inspección Vigilancia y Control