Documentos para DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL DABS :: Comedores Juveniles y Comunitarios
Año   Documento   Restrictor  
1991   Decreto 630 de 1991 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 630 de 1991 Se crean bajo la coordinación y dirección del Departamento Administrativo de Bienestar Social
 

 
2006   Acuerdo 246 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece que el Departamento Administrativo de Bienestar Social - DABS - adoptará los lineamientos técnicos y administrativos de los ciclos de menús, que entregará el Distrito a través de los comedores comunitarios y la red de comedores amigos. La programación de menús se realizará periódicamente y será entregada a cada comedor para su cumplimiento. Los menús se configurarán acorde con las pautas y necesidades alimenticias de rangos etareos de población.
 

 
2006   Fallo 229 de 2006 Tribunal Administrativo de Cundinamarca  

¿Desición sobre las objeciones al Proyecto de Acuerdo No. 307 de 2005¿Por el cual se establecen los lineamientos de los menús alimenticios de los comedores comunitarios y comedores amigos¿. ¿¿Para la Sala el contenido de los dos artículos del proyecto de acuerdo 307 de 2005 busca crear una obligación específica en cabeza de dos entidades distritales, en relación con la forma como deben prestar el servicio de suministro de alimentos en los comedores comunitarios y amigos, particularmente, con la publicidad de los menús ofrecidos, lo cual, se traduce en una imposición de una forma de ejecución o gestión del servicio, situación que desborda el ejercicio de las competencias atribuidas al Concejo, en la medida que, invade las facultades constitucionales y legales que el alcalde tiene para gestionar asuntos a su cargo, como lo es el asegurar la prestación de un servicio público y el modo en que se presta el mismo¿. ¿el modo en que se publicitarán los menús de los comedores comunitarios y amigos, hace parte integrante del componente operativo de la prestación del servicio mencionado y por ende es el Alcalde Mayor quien ostenta facultad de regularlo, en la medida que es aquel el encargado de dirigir y gestionar la acción administrativa y de hacer cumplir y asegurar la adecuada prestación de dicho servicio a cargo del distrito¿. ¿De este modo, efectuado el análisis del cargo esbozado en el escrito de objeción, se tiene que el artículo 1º del proyecto de acuerdo número 307 de 2005 del Concejo de Bogotá D.C., es legal al amparo de las normas estudiadas, pero no ocurre lo mismo con los artículos 2 y 3 del mismo, por lo que la Sala declarará fundadas parcialmente las objeciones formuladas por el Alcalde Mayor de Bogotá en contra del proyecto objetado¿.
 

 
2006   Resolución 848 de 2006 Departamento Administrativo de Bienestar Social  

Establece mecanismos para el fortalecimiento del proyecto Comedores Comunitarios: un medio para restablecer el Derecho a la alimentación. Establece que en cada localidad funcionará, con carácter consultivo, un Comité de Seguimiento y Evaluación del proyecto, así como de los proyectos del mismo nombre financiados por el Fondo de Desarrollo Local. De igual forma crea el Comité Técnico del Proyecto 212 - Comedores Comunitarios, de carácter consultivo, que tiene como objetivo contribuir al diseño y a la operación de los aspectos técnicos, administrativos, financieros y jurídicos de la ejecución del proyecto, asegurando la coordinación intrainstitucional y apoyando a la Coordinación General del Proyecto. Así mismo, debe velar por la unidad de criterios técnicos y de lineamientos en la operación de comedores comunitarios del Distrito, tanto financiados con recursos del DABS como por los Fondos de Desarrollo Local. Designa la integración de los Comités, señala su régimen de sesiones y las funciones que deberán cumplir.
 

 

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