2006 |
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Resolución 218 de 2006 Departamento Administrativo de Catastro
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Modifica la Resolución del DACD 594 de 2002, indicando que en los trámites en los que se requiera la presentación de la Escritura Pública debidamente registrada, se aceptará copia simple o fotocopia legible de la misma. De igual forma, para los casos en los cuales se requiera el folio de matrícula inmobiliaria (Certificado de Libertad) del inmueble en cuestión, donde figure la Anotación que se pretende verificar; este podrá presentarse en original o fotocopia legible. Señala procedimientos para trámites relacionados con incorporación, revisión o rectificación de áreas de terreno de predios iguales o mayores a mil metros cuadrados (1000 M2) ubicados en el Distrito Capital e indica los requisitos para cada mutación, certificación e información. |
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