Documentos para DEPARTAMENTO TECNICO ADMINISTRATIVO DEL MEDIO AMBIENTE DAMA :: Asignación de Funciones
Año   Documento   Restrictor  
1993   Decreto 797 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se asignan nuevas funciones al Departamento Administrativo del Medio Ambiente - DAMA-, para asegurar la ejecución de los programas y proyectos tendientes a garantizar el control de la descontaminación del Río Bogotá.
 

 
2000   Decreto 295 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se le asigna al DAMA, la función de coordinar y ejecutar las actividades necesarias para el desarrollo del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria -PRAN-.
 

 
2003   Decreto 329 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna la Departamento Administrativo del Medio Ambiente DAMA, las funciones de control y vigilancia de las actividades de urbanización, construcción, enajenación y arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda en el Distrito que desarrollaba la Subsecretaría de Control de Vivienda de la Secretaría General.
 

 
2003   Decreto 383 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna al Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente – DAMA- la función de presidir la Comisión de Veeduría de las Curadurías Urbanas de Bogotá, D.C., correspondiéndole por tanto ejercer las actividades confiadas al presidente en el artículo 75 del Decreto 1052 de 1998, en la Resolución 480 de 1999 de la Comisión de Veeduría de las Curadurías Urbanas de Bogotá, D.C. en la Ley 810 de 2003 y en las demás disposiciones legales vigentes.
 

 
2004   Decreto 129 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna al Departamento Administrativo del Medio Ambiente –DAMA, la función de adoptar las medidas necesarias para verificar los montos de producción de minerales base para la liquidación de regalías y para constatar el origen de los mismos, para garantizar la declaración y exacta recaudación de las regalías por parte del Distrito Capital.
 

 
2004   Decreto 194 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna al Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente -DAMA, la facultad para designar los agentes especiales encargado de administrar o liquidar los negocios, bienes y haberes de las personas naturales y jurídicas dedicadas a la actividad de enajenación de inmuebles destinados a vivienda.
 

 
2005   Decreto 358 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Elimina el reconocimiento de personería jurídica de las Organizaciones Ambientalistas no Gubernamentales a cargo del DAMA señalada en el numeral 1º del artículo 25 del Decreto 854 de 2001. Asigna al D.A.M.A. el ejercicio de funciones con respecto a las entidades sin ánimo de lucro que tengan por objeto la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, como son la de ejercer inspección, vigilancia y control, cuya facultad comprende la de suspender, y cancelar la personería jurídica con el fin de evitar que sus actividades se desvíen de las funciones, deberes y objetivos legales y estatutarios, se aparten de los fines que motivaron su creación, incumplan reiteradamente las disposiciones legales o estatutarias que las rijan.
 

 
2005   Resolución 77 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Asigna al Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente -DAMA- en coordinación con el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la función de adelantar las acciones para la ejecución, desarrollo y cumplimiento del Convenio Interadministrativo No. 602 de 2005, por medio del cual se conforma la comisión conjunta para la declaratoria, elaboración y desarrollo del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca del Río Tunjuelo
 

 
2006   Decreto 417 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta medidas para reducir la contaminación y mejorar la calidad del aire en el Distrito Capital. Establece que el DAMA dentro de su jurisdicción, deberá reforzar el seguimiento y control sobre la actividad minera que se realice en las áreas-fuente a las que se refiere el artículo 1 del presente Decreto y coordinará las acciones a que haya lugar con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y con las Alcaldías Locales en las materias de su competencia. Ordena al DAMA y al Jardín Botánico José Celestino Mutis, que de forma conjunta y coordinada establezcan Planes Locales de Arborización, en las áreas-fuente mencionadas: ordena al DAMA coordinar con las Secretarías de Gobierno, Tránsito y Transporte, Salud, y las Alcaldías Locales de Engativá, Tunjuelito, Rafael Uribe Uribe, Suba, Bosa y Ciudad Bolívar, la ejecución de las medidas aquí establecidas, así como la integración de éstas al Plan de Reducción de la Contaminación atmosférica en dichas localidades, y la ejecución de las demás medidas complementarias definidas, en armonía con las directrices del Plan de Gestión Ambiental Distrital. De igual forma el DAMA evaluará en Septiembre del año 2007, los avances derivados de las medidas de contingencia tomadas.
 

 

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