Documentos para PROCESO DE JUSTICIA Y PAZ :: Protección y Reparación Para Víctimas y Testigos
Año   Documento   Restrictor  
2008   Sentencia T-496 de 2008 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte considera que la estrategia de protección de víctimas y testigos de justicia y paz desatiende de manera flagrante las trascendentales y múltiples obligaciones constitucionales e internacionales del Estado colombiano en relación con la prevención de la discriminación y la violencia contra la mujer, particularmente de las mujeres víctimas del conflicto armado. El programa diseñado no contempla un enfoque de género, (ni relativo a otros aspectos diferenciales derivados de la edad, la salud, la etnia etc.), perspectiva que resultaba determinante para responder a las exigencias internacionales de prevención de la violencia contra las mujeres, particularmente, la derivada del impacto desproporcionado del conflicto armado sobre su condición, y de protección de sus derechos fundamentales vulnerados o bajo amenaza, a consecuencia de la violencia propia la confrontación armada.
 

 
2010   Decreto 1737 de 2010 Nivel Nacional  

Modifica el Programa de Protección para Víctimas y Testigos de la Ley 975 de 2005, creado mediante el Decreto 3570 de 2007, cuya finalidad es salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de la población que se encuentre en situación de riesgo como consecuencia directa de su condición de víctima o testigo, dentro del proceso de Justicia y Paz, o para impedir que intervenga en el mismo. Asimismo, señala la población objeto, principios, definiciones, funciones, dispositivos de protección y órganos de dirección, ejecución, evaluación y seguimiento del programa en comento.
 

 
2010   Ley 1424 de 2010 Congreso de la República de Colombia  

Dicta disposiciones de justicia transicional que garanticen verdad, justicia y reparación a las víctimas de desmovilizados de grupos organizados al margen de la ley, que hubieran incurrido únicamente en los delitos de concierto para delinquir simple o agravado, utilización ilegal de uniformes o insignias, utilización ilícita de equipos transmisores o receptores y porte ilegal de armas de fuego o municiones de uso privativo de las fuerzas armadas e de defensa personal. Igualmente se conceden beneficios jurídicos y se ordena la creación de un Acuerdo de Contribución a la verdad Histórica y la reparación.
 

 
2011   Decreto 2244 de 2011 Nivel Nacional  

Se adicionan unas funciones al Centro de Memoria Histórica con el fin de: 1. Recolectar, clasificar, sistematizar, analizar y preservar la información que surja de los Acuerdos de Contribución a la Verdad Histórica y la Reparación de que trata la Ley 1424 de 2010, así como de la información que se reciba, de forma individual y colectiva, de los desmovilizados con quienes se haya suscrito el Acuerdo de Contribución a la Verdad Histórica y la Reparación y de aquellas personas que voluntariamente deseen hacer manifestaciones sobre asuntos que guarden relación o sean de interés para el mecanismo no judicial de contribución a la verdad y la memoria histórica. 2. Suscribir convenios, contratos y cualquier otro acto jurídico que se requiera para la ejecución de sus funciones y el desarrollo de su mandato. 3. Producir informes periódicos con carácter general que den a conocer a la sociedad colombiana los avances en el desarrollo de sus funciones. Igualmente, establece otras disposiciones sobre el acceso a la información, la excepción al deber de denunciar y la protección de los entrevistados.
 

 
2011   Decreto 2601 de 2011 Nivel Nacional  

Crea y reglamenta el procedimiento para la suscripción del "Acuerdo de Contribución a la Verdad Histórica y la Reparación", así como la verificación de requisitos para efectos de la solicitud y otorgamiento de los beneficios jurídicos de que trata la Ley 1424 de 2010.
 

 
2011   Ley 1448 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Dicta medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno. Además tiene por objeto establecer un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas, dentro de un marco de justicia transicional, que posibilite hacer efectivo el goce de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación con garantía de no repetición. Por último define ¿víctimas¿ aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985 y establece también los principios generales. (arts. 1 a 34).
 

 
2012   Ley 1592 de 2012 Congreso de la República de Colombia  

Introduce modificaciones a la Ley 975 de 2005. Los miembros del grupo armado organizado al margen de la ley, cuyos nombres someta el Gobierno nacional a consideración de la Fiscalía General de la Nación, que se acojan en forma expresa al procedimiento y beneficios de la presente ley, rendirán versión libre ante el fiscal delegado quien los interrogará sobre los hechos de que tengan conocimiento. La versión rendida por el desmovilizado y las demás actuaciones adelantadas en el proceso de desmovilización, se pondrán en forma inmediata a disposición de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz con el fin de que el fiscal delegado y la Policía Judicial asignados al caso, de conformidad con los criterios de priorización establecidos por el Fiscal General de la Nación, elaboren y desarrollen el programa metodológico para iniciar la investigación, comprobar la veracidad de la información suministrada y esclarecer los patrones y contextos de criminalidad y victimización.
 

 
2013   Sentencia 752 de 2013 Corte Constitucional de Colombia  

También la Corte Suprema de justicia ha señalado que el incumplimiento a los deberes, en especial los que buscan garantizar el derecho a la reparación con el ofrecimiento de los bienes, debe ser grave e injustificado para dar lugar a la exclusión, la cual se da por ejemplo: a) "porque distraiga bienes que siendo de su propiedad detentada por intermedio de testaferros- estarían llamados a reparar a sus víctimas" b) "porque con el ánimo de perjudicar a terceros, denuncie como suyos activos que no lo son"; c) por el hecho de que los bienes ofrecidos no puedan ingresar finalmente al Fondo para la reparación de las Víctimas, ya sea porque están sometidos a gravámenes, sean bienes baldíos o pertenezcan a terceros de buena fe, supuestos en los cuales el postulado asume la consecuencia de su exclusión de los beneficios que ofrece la ley de justicia y paz, por no haber brindado una confesión completa y veraz; y porque con dicha conducta demuestra su renuencia a la entrega de sus bienes con el propósito de indemnizar a las víctimas.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1069 de 2015 Nivel Nacional  

Compila las normas reglamentarias del Sector Justicia y del Derecho, así como las disposiciones sobre le proceso penal especial de justicia y paz consagrado en la Ley 975 de 2005 como mecanismo de justicia transicional de carácter excepcional. Señala la participación de las víctimas en el proceso, la garantía de los derechos de verdad, justicia y reparación, aplicando un enfoque diferencial. Así como los mecanismos para la reparación de las víctimas (Artículos 2.2.5.1.1.3, 2.2.5.1.1.5 y 2.2.5.1.2.2.14).
 

 
2022   Ley 2272 de 2022 Congreso de la República de Colombia  

Define la Política de paz y seguridad humana como una política de Estado por lo que se adiciona, modifica y prorroga disposiciones contenidas en la Ley 418 de 1997 y se crea el servicio social para la paz.
 

 

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