Documentos para DESECHOS Y RESIDUOS PATOGENOS Y PELIGROSOS :: Prohibiciones
Año   Documento   Restrictor  
2005   Decreto 4741 de 2005 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente la prevención y generación de residuos o desechos peligrosos y regula el manejo de los residuos o desechos generados, con el fin de proteger la salud humana y el ambiente. Prohibe introducir al territorio nacional residuos nucleares y desechos tóxicos; importar residuos o desechos que contengan o estén constituidos por contaminantes orgánicos persistentes (Aldrín, Clordano, Dieldrín, Endrín, Heptacloro, Hexaclorobenceno, Mirex, Toxafeno, Bifenilos Policlorados, DDT); Importar equipos o sustancias que contengan Bifenilos Policlorados (PCB), en una concentración igual o superior a 50 mg/kg; quemar residuos o desechos peligrosos a cielo abierto; ingresar residuos o desechos peligrosos en rellenos sanitarios, sino existen celdas de seguridad dentro de este, autorizadas para la disposición final de este tipo de residuos; transferir transformadores o equipos eléctricos en desuso con aceite y aceites dieléctricos usados mediante remates, bolsas de residuos, subastas o donaciones públicas o privadas sin informar previamente a la autoridad ambiental competente los resultados de las caracterizaciones físico-químicas efectuadas para determinar el contenido o no de bifenilos policlorados; la disposición o enterramiento de residuos o desechos peligrosos en sitios no autorizados para esta finalidad por la autoridad ambiental competente; y el abandono de residuos o desechos peligrosos en vías, suelos, humedales, parques, cuerpos de agua o en cualquier otro sitio. art. 32
 

 
2006   Resolución 1402 de 2006 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Desarrolla parcialmente el Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, en materia de residuos o desechos peligrosos. Establece que ninguna persona natural o jurídica podrá introducir al territorio nacional residuos nucleares ni desechos tóxicos e igualmente residuos o desechos peligrosos si no cumple con lo consagrado en el Convenio de Basilea, Ley 253 de 1996, Ley 430 de 1998, Ley 99 de 1993 y sus disposiciones reglamentarias.
 

 
2008   Ley 1252 de 2008 Congreso de la República de Colombia  

Dicta normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos, prohibiendo su introducción, importación o tráfico al territorio nacional. De igual forma, será prohibida la disposición o recepción final de residuos peligrosos en rellenos sanitarios que no cumplan con la capacidad o condiciones físicas y técnicas adecuadas para tal fin. Asigna responsabilidades por la generación de residuos peligrosos, así como las emisiones, productos y subproductos, equipos desmantelados y en desuso, elementos de protección personal utilizados en la manipulación de este tipo de residuos y por todos los efectos ocasionados a la salud y al ambiente. Asigna responsabilidades al fabricante, importador y/o transportador de un producto o sustancia química con características peligrosas y al receptor del residuo.
 

 
2014   Acuerdo 565 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.  

Promueve la instalación de puntos de entrega y recolección de residuos o desechos peligrosos provenientes del consumo de productos o sustancias peligrosas en Bogotá, D.C. La Secretaría Distrital de Ambiente ejercerá la coordinación del cumplimiento del presente Acuerdo.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015 Nivel Nacional  

Compila las disposiciones reglamentarias del Sector Ambiente. Contiene disposiciones para prevenir la generación de residuos o desechos peligrosos. Determina las prohibiciones en lo que se refiere a los residuos o desechos peligrosos. (Artículo 2.2.6.2.2.1).
 

 

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