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Restrictor |
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2011 |
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Decreto 4170 de 2011 Nivel Nacional
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Crea la Unidad Administrativa Especial denominada Agencia Nacional de Contratación Pública ¿Colombia Compra Eficiente¿, como una entidad descentralizada de la Rama Ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación. |
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2012 |
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Concepto 17192 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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En relación a la publicación de extractos de contratos en el Registro Distrital ¿(¿) es preciso señalar que el artículo 223 del Decreto Nacional 19 de 2012 estableció que a partir del 1 de junio de 2012, los contratos estatales sólo se publicarán en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública -SECOP- que administra la Agencia Nacional de Contratación Pública-Colombia Compra Eficiente, y que a partir de dicha fecha los contratos estatales no requerirán de publicación en el Diario Único de Contratación (¿)¿ pero es importante aclarar que ¿(¿)el artículo 38 de la ley 153 de 1887 prevé que "en todo contrato se entenderán incorporadas las leyes vigentes al tiempo de su celebración"(¿)¿ por lo tanto ¿(¿)los contratos suscritos con anterioridad al 1º de junio que en su clausulado pactaron la publicación en el Registro Distrital y que pagaron los derechos de publicación en la referida Gaceta Territorial, podrán publicarse (¿) acogiendo en este sentido los lineamientos de la Imprenta Nacional (¿)¿ |
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2012 |
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Decreto 734 de 2012 Nivel Nacional
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Reglamenta el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, señala que la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia compra eficiente establecerá mecanismos para garantizar el respeto al derecho fundamental a la intimidad personal y familiar, a la información privada, a su buen nombre y en general al Derecho constitucional del Habeas Data en el SECOP (Artículos 7.7.1) |
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2014 |
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Circular 009 de 2014 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Establece los Lineamientos Generales para la Expedición de Manuales de Contratación. |
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2014 |
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Circular 010 de 2014 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Informa el vínculo web a través del cual pueden consultarse manuales para la elaboración de estudios de sector, para determinar y verificar los requisitos habilitantes en procesos de contratación y para utilizar la modalidad de selección de mínima cuantía. |
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2014 |
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Circular 012 de 2014 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Fija las directrices sobre el uso del Clasificador de Bienes y Servicios en el Registro Único de Proponentes.
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2014 |
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Circular 014 de 2014 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Presenta la Guía para determinar y verificar la Capacidad Residual del proponente en los procesos de contratación de obra pública. |
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2015 |
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Circular 017 de 2015 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Emite instrucciones a las Entidades Estatales sobre el manejo que deben dar a los documentos presentados por los proponentes en los procesos de contratación. |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015 Nivel Nacional
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Para los sujetos obligados que contratan con cargo a recursos públicos, los procedimientos, lineamientos y políticas en materia de adquisición y compras de los que trata el literal g) del artículo 11 de la Ley 1712 de 2014 son los previstos en el manual de contratación expedido conforme a las directrices señaladas por la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, el cual debe estar publicado en el sitio web oficial del sujeto obligado. (Artículo 2.1.1.2.1.9) |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 Nivel Nacional
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La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente- es una entidad descentralizada de la Rama Ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación. Como ente rector, tiene como objetivo desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación, de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado (Artículo 1.2.1.1) |
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2017 |
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Circular 003 de 2017 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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La Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente establece las condiciones en las cuales las Entidades Estatales y las Entidades obligadas por la Ley 1712 de 2014 que ejecutan recursos públicos, deben poner a disposición la información de sus Procesos de Contratación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop): 1. Identidad de la información diligenciada en el Secop I y la contenida en los Documentos del Proceso publicados; 2. Oportunidad en la publicación de la información en el Secop, 3. Registro en una plataforma del Secop, 4. Reglas para casos especiales o particulares, 5. Identidad de la información de otros sistemas de compras, abastecimiento y contratación. |
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2017 |
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Circular 010 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital
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SUSPENSIÓN DEL ACÁPITE VII DEL MANUAL PARA LA OPERACIÓN SECUNDARIA DE LOS ACUERDOS MARCO DE PRECIOS EXPEDIDO POR COLOMBIA COMPRA EFICIENTE |
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2017 |
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Circular 019 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital
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Produce lineamientos generales para el uso de las plataformas de la agencia nacional de contratación pública - Colombia Compra Eficiente. |
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2018 |
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Fallo 00015 de 2018 Consejo de Estado
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La Subsección A Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resuelve suspender provisionalmente el numeral 6 del artículo 2.2.1.2.1.3.2 del Decreto 1082 de 2015, toda vez que el legislador estableció criterios específicos para que la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable, se abstuvo de establecer reglas que disciplinaran la declaratoria de desierta de los procesos que requieran de convocatoria. Y no podía ser de otra forma, puesto que, tratándose de la selección de contratistas en cabeza de las entidades estatales contratantes, la redacción propositiva de las normas del EGCAP propende por la escogencia de una oferta favorable y no por el resultado opuesto. |
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2019 |
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Circular Externa 001 de 2019 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Imparte instrucciones a las Entidades estatales para cumplir con la obligatoriedad del SECOP II en 2020, la fecha es el 1 de enero de 2020, en la que todos los procesos de contratación de las entidades relacionadas en el Anexo 1 de la Circular deberán gestionarse, exclusivamente, en el SECOP ll. Están exceptuados de la medida las asociaciones público privada -APP- y los contratos donde existan más de dos partes, los cuales podrán publicarse a través del SECOP l. |
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2019 |
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Circular Externa 002 de 2019 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Modifica la obligatoriedad del uso del SECOP II en el 2020, para algunas entidades enlistadas en el Anexo 1 de la Circular Externa No. 1 de 2019, con el propósito de que las entidades territoriales incluidas se preparen adecuadamente para adoptar el SECOP ll, y teniendo en cuenta que las nuevas administraciones públicas asumen funciones el 1 de enero de 2020, amplía para ellas la entrada en vigencia de la obligatoriedad del SECOP ll. |
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2019 |
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Circular Externa 016 de 2019 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente actualiza el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación. |
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2019 |
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Decreto 342 de 2019 Nivel Nacional
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Revisar conjuntamente entre la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Transporte de manera periódica el contenido de los Documentos Tipo, con el fin de adaptarlos a la realidad de la contratación del país. |
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2020 |
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Circular 014 de 2020 Secretaría de Educación del Distrito - SED
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Aclara que en materia de contratación, la ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones se debe cumplir de acuerdo con la normatividad aplicable y de forma eficiente con el fin de evitar eventos de riesgo en el uso de los recursos como los definidos por el Decreto 028 de 2008, artículo 9º. |
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2020 |
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Circular Externa 007 de 2020 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Emite circular con directrices para la actualización y diligenciamiento de información en el sistema electrónico para la contratación pública- Secop-, con el ánimo de monitorear el flujo de recursos públicos, así como de exhortar el uso adecuado de los sistemas de información de gestión contractual pública e instruir a las entidades estatales para que acaten las indicaciones de: Calidad de la información consignada en el Secop, Actualización de datos de registro de entidades en el Secop, Diligenciamiento de los planes anuales de adquisiciones y principales errores encontrados. |
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2020 |
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Concepto C-568 de 2020 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Imparte lineamientos respecto de la aplicabilidad de los criterios de desempate en materia de contratación estatal, señalados en el artículo 3 de la Ley 2040 de 2020 y en el artículo 2.2.1.1.2.2.9. del Decreto 1082 de 2015, en aras de implementar estrategias para la promoción del empleo de personas mayores.
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2020 |
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Concepto 220203 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital
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La Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente CCE, en concepto con radicado 4201714000002326, determinó que la Ley 80 de 1993, en el numeral 9 del artículo 30, así como la Ley 1150 de 2007, y el Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 establecen algunos casos en los que las entidades estatales pueden sus-pender o prorrogar los plazos en los procesos de contratación. Sin embargo, CCE es enfática al señalar que no existen reglas generales que regulen el tema. No obstante, CCE advierte que la finalidad de la suspensión del proceso de contratación, como medida excepcional, está encaminada a reconocer la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o de interés público que impidan escoger la oferta más favorable a la entidad estatal, siempre y cuando estas circunstancias no sean imputables a la falta de planeación de la entidad. Por ende, CCE sugiere que, por regla general, el acto que suspende el proceso de contratación contenga el respectivo término de suspensión, el cual debe corresponder a un plazo cierto y razonable, con el fin de establecer la fecha en la que posiblemente se reanudaría o continuaría el proceso de selección. |
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2020 |
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Decreto 537 de 2020 Nivel Nacional
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Para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes, mediante el procedimiento de selección abreviada por subasta inversa, la audiencia pública se podrá adelantar por medios electrónicos. En virtud de lo anterior, la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente pondrá a disposición de las Entidades Estatales una aplicación para adelantar las subastas electrónicas en el Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP ll. En ausencia de la aplicación, las entidades estatales podrán adquirir de manera directa la plataforma electrónica dispuesta en el mercado para dichos efectos. |
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2020 |
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Decreto Local 005 de 2020 Alcaldía Local de Sumapaz
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Para todos los efectos, además del cumplimiento de la normatividad vigente en la materia, se tendrán en cuenta las recomendaciones emitidas en la Directiva Distrital No. 001 de 2020, Circular Conjunta No. 14 de 2011, Concepto del 17 de marzo de 2020, de la Agencia Nacional de Contratación Colombia Compra Eficiente y la normatividad que se expida en virtud de la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica a nivel nacional y distrital. |
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2020 |
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Resolución 043 de 2020 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
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Declara la urgencia manifiesta en la DIAN para celebrar la contratación de bienes tales como insumos, elementos tecnológicos, elementos de protección personal, prestación de servicios o la ejecución de obras en el inmediato futuro, necesarios para cuidar el derecho fundamental a la vida de los funcionarios públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y prevenir, contener y mitigar los efectos de la Pandemia del coronavirus COVID-19, durante la vigencia de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución número 385 del 12 de marzo de 2020. |
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2020 |
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Resolución 044 de 2020 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Desarrolla e implementa los Documentos Tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de selección abreviada de menor cuantía.
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2020 |
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Resolución 045 de 2020 Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
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Actualiza los Documentos Tipo para el proceso de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y deroga la Resolución número 1798 de 2019.
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2020 |
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Resolución 047 de 2020 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Aclara la Resolución 0045 de 2020, por la cual se actualizan los Documentos Tipo para el proceso de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y se deroga la Resolución 1798 de 2019. |
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2020 |
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Resolución 094 de 2020 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Desarrolla e implementa los Documentos Tipo para los procesos de obra pública de infraestructura de transporte que se adelanten por la modalidad de mínima cuantía. |
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2020 |
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Resolución 126 de 2020 Instituto Para la Economía Social - IPES
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Los procesos publicados y en curso adelantados a través de la modalidad de selección abreviada por subasta inversa mecanismo presencial se podrán realizar mediante el procedimiento establecido para la subasta inversa mecanismo electrónico de conformidad con lo preceptuado en el parágrafo 1 del artículo 1 del Decreto 440 de 2020. |
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2020 |
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Resolución 160 de 2020 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Establece el procedimiento para implementar los documentos tipo y definir el sistema para su revisión. Adicionalmente, la Agencia Nacional de Contratación Colombia Compra Eficiente, definirá semestralmente un cronograma para realizar las capacitaciones a los participantes del sistema de contratación estatal y compra pública, para enseñar el contenido de los documentos tipo y contribuir a su implementación. |
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2020 |
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Resolución 240 de 2020 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Actualiza los Documentos Tipo para los procesos de selección de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y deroga la Resolución 0045 de 2020. |
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2020 |
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Resolución 248 de 2020 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Adopta los documentos tipo para los procesos de licitación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico. |
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2020 |
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Resolución 271 de 2020 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
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Declara la urgencia manifiesta en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses para contratar en forma directa, la adquisición de bienes, servicios y obras requeridos a efectos de conjurar la crisis creada por el COVID-19. El término o vigencia de la situación de urgencia manifiesta será durante el estado de emergencia económica, social y ecológica derivado de la pandemia COVID-19. La Secretaria General y los Directores Re-gionales, podrán celebrar la respectiva contratación directa con base en el artículo 2°, numeral 4 literal a) de la Ley 1150 de 2007, conforme a la delegación vigente y ya conferida a cada uno de ellos. |
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2020 |
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Resolución Local 018 de 2020 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar
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Declara la urgencia manifiesta en la Localidad de Ciudad Bolívar hasta el día 27 de Abril de 2020 o hasta que desaparezcan las causas que dieron origen a la misma, para atender la situación de inminente riesgo, según los hechos señalados en la parte motiva del presente acto, ocasionados por la situación epidemiológica generada por el Coronavirus (COVID-19) objeto de Declaración de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el País y de Calamidad Pública en Bogotá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Estatuto General de Contratación Estatal y de esta forma contar con los medios e ins-trumentos necesarios para la atención de la emergencia humanitaria con el fin de proteger el derecho a la vida de los habitantes de la Localidad de Ciudad Bolívar. Celebrar los con-tratos necesarios para atender la Urgencia Manifiesta, para prestar los servicios de dirección, administración y control de recursos, así como el suministro de bienes, servicios y ejecución de obras necesarias para la preservación de la vida y mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19). |
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2020 |
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Resolución Local 027 de 2020 Alcaldía Local de Santa Fe
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Declara la urgencia manifiesta en la Localidad de la Santa Fe para atender la situación de inminente riesgo, ocasionados por la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (CO VID-19) objeto de Declaración de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el País y de Calamidad Publica en Bogotá D.C, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Estatuto de Contratación Pública, hasta el 16 de abril de 2020 de acuerdo con la declaratoria de Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica del Gobierno Nacional y de esta forma contar con la atención de emergencias humanitarias con el fin de proteger el derecho a la vida de los habitantes de la Localidad. Como consecuencia de lo anterior, el FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTA FE, podrá celebrar el o los contratos necesarios, que permitan prevenir o atender las situaciones de riesgo para la preservación de la vida y mitigación del riesgo generado a consecuencia de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19). |
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2021 |
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Circular 014 de 2021 Secretaría Jurídica Distrital
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Reitera aplicación del decreto 310 de 25 de marzo de 2021 sobre las condiciones para implementar la obligatoriedad y aplicación de los Acuerdos Marco de Precios, organizados y celebrados por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, de uso obligatorio por parte de las entidades territoriales |
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2021 |
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Decreto 310 de 2021 Nivel Nacional
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Reglamenta el artículo 41 de la Ley 1955 de 2019, sobre las condiciones para implementar la obligatoriedad y aplicación de los Acuerdos Marco de Precios y se modifican los artículos 2.2.1.2.1.2.7. y 2.2.1.2.1.2.12. del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional. |
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2021 |
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Resolución 454 de 2021 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Adopta los documentos tipo complementarios para los procesos de licitación de obra pública de infraestructura social relacionados con el sector cultura, recreación y deporte. Expone en sus anexos - 1. Glosario Sector Cultura, Recreación y Deporte y 2. Matriz - Experiencia Sector Cultura, Recreación y Deporte. |
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2022 |
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Circular Externa 001 de 2022 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
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Emite lineamientos sobre a obligatoriedad de aplicar lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 2195 de 2022 a los procedimientos de selección que se realicen utilizando los documentos tipo adoptados por esta Agencia. |
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Total: 40 documentos encontrados para CONTRATACIÓN ESTATAL ::
Agencia Nacional de Contratación Pública-Colombia Compra Eficiente
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