Documentos para CONVENCIÓN COLECTIVA :: Ajustes Salariales
Año   Documento   Restrictor  
2005   Documento 3373 de 2005 Consejo Nacional de Politica Economica y Social Conpes  

La Ley 617 de 2000 fijó mecanismos de categorización presupuestal, saneamiento fiscal y racionalización de las entidades y entes territoriales. De la misma manera estableció una categorización presupuestal con el objeto de establecer gradualmente, dentro de un período de transición, los topes de los gastos de funcionamiento en los departamentos, distritos y municipios, como porcentaje de sus ingresos corrientes de libre destinación. Así mismo, se establecieron los porcentajes para los Concejos, Personerías, Contralorías Distritales y Municipales. Por lo anterior, cuando se negocien Convenciones o Pactos Colectivos que tengan efectos sobre los ajustes salariales y prestaciones a partir del segundo año de vigencia, los órganos de dirección de las entidades deben asegurar la armonía entre los requerimientos convencionales y los recursos necesarios para el cumplimiento eficiente de su objeto social, los compromisos fiscales, su sostenibilidad en el largo plazo y el cumplimiento de la Ley 617 de 2000 y el Acto Legislativo 01 de 2005.
 

 
2011   Fallo 38947 de 2011 Corte Suprema de Justicia  

¿[E]s importante afirmar que no puede desconocerse que el aumento del índice de inflación que sufre el país en un determinado período, eventualmente justificaría el alza de los salarios de los trabajadores¿, ¿[n]o obstante la realidad de lo afirmado, no es el juez laboral (¿) el llamado a estabilizar el desequilibrio que se presenta cuando transcurre un período de tiempo y no se aumenta el salario de los trabajadores, a pesar de que el IPC en dicho lapso haya aumentado. Y no puede hacerlo este funcionario judicial porque no existe ley que lo obligue o lo faculte a ello, excepto si del salario mínimo se trata.¿ ¿Situación diferente sería si existiera una disposición convencional o por laudo, etc, a través de la cual la empresa estuviera obligada a aumentar el salario de los trabajadores cada año con fundamento en el IPC; o que en tratándose de un salario mínimo devengado por un trabajador el empleador se negara a aumentarlo¿ ¿Diferente tema es el de la nivelación salarial en los casos en que un empleador viola el principio de a trabajo igual salario igual, discriminando a los trabajadores con la misma jornada de trabajo y que desempeñan funciones similares en condiciones de eficiencia, cantidad y calidad de trabajo también iguales,¿ ¿Y también distinto es cuando un empleador durante varios años o en forma indefinida mantiene congelados los salarios de algunos trabajadores, incrementándolos al resto que se encuentran en el mismo régimen de auxilio de cesantía.¿
 

 

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