Documentos para CORPORACIONES AUTONOMAS REGIONALES :: Tasas Retributivas por Vertimientos Líquidos y Sólidos
Año   Documento   Restrictor  
2012   Fallo 319 de 2012 Consejo de Estado  

La Sección Primera del Consejo de Estado, decide el recurso de apelación oportunamente interpuesto por la parte actora contra la sentencia de 2 de mayo de 2008, proferida por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, en sentencia de por acción de nulidad y restablecimiento del derecho, prevista en el artículo 85 del C.C.A., contra la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca. (¿) ¿los argumentos de la demanda, relativos a la violación del régimen tarifario previsto en la Ley 142 de 1994, resultan impertinentes, comoquiera que éstos tienen que ver con la relación que existe entre las empresas de servicios públicos domiciliarios y sus usuarios, lo cual escapa a la regulación contenida en la Ley 99 de 1993 y el Decreto 901 de 1997, sobre las tasas retributivas y sus tarifas que, se repite, es el tema central de la controversia¿ (¿) ¿Esta Sala se ha pronunciado en reiteradas oportunidades acerca de las materias que se discuten en este proceso, para señalar que las Corporaciones Autónomas Regionales son las entidades competentes para recaudar y fijar el monto de las tasas retributivas en el marco de su jurisdicción y que, en consecuencia, éstas son los sujetos activos de dichos tributos, mientras que los sujetos pasivos están constituidos por quienes realizan vertimientos directamente o mediante un sistema de alcantarillado, provisto por una empresa de servicios públicos¿ (¿) ¿Las empresas de servicios públicos domiciliarios son personas jurídicas, y si en el desarrollo de sus actividades hacen vertimiento, como lo hacen las de acueducto y alcantarillado por definición legal, se constituyen en usuarias del elemento receptor de los mismos (cuerpo de agua, canal de agua, suelo o subsuelo), por lo cual pasan a ser sujetos pasivos de la referida tasa de retribución, y no los usuarios o suscriptores de esas empresas, por obvias razones, pues ellos justamente utilizan las redes de las mismas para descargar sus residuos líquidos¿. la demandante no desvirtuó la existencia de un saldo anterior, carga de la prueba que le correspondía y estaba en posibilidad de cumplir, demostrando estar al día en sus obligaciones o, por lo menos, un comportamiento leal en cuanto a su deber legal de pago de las tasas retributivas, el cual le corresponde en calidad de sujeto pasivo de las mismas, como quedó visto¿.
 

 

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