2011 |
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Ley 1448 de 2011 Congreso de la República de Colombia
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Dicta medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno. El Gobierno Nacional, dentro de los seis meses siguientes a la promulgación de esta Ley, deberá implementar un programa de rehabilitación que incluya tanto las medidas individuales y colectivas que permitan a las víctimas desempeñarse en su entorno familiar, cultural, laboral y social y ejercer sus derechos y libertades básicas de manera individual y colectiva. (arts. 135 a 138). |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1084 de 2015 Nivel Nacional
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La Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a Víctimas diseñará las directrices del enfoque psicosocial como componente transversal el cual contendrá los lineamientos que respondan a la necesidad de materializar el enfoque psicosocial desde una perspectiva de reparación integral en todas las acciones, planes y programas de atención, asistencia y reparación integral que se implementen en el marco de la Ley 1448 de 2011. (Artículo 2.2.7.5.1 al 2.2.7.5.7). |
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