Documentos para LEY DE VÍCTIMAS :: Mesa de Participación de Víctimas
Año   Documento   Restrictor  
2011   Ley 1448 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Dicta medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno. El Estado Garantiza la participación efectiva de las víctimas en el diseño, implementación, ejecución y sentimiento al cumplimiento de la ley y los planes, proyectos y programas que se creen con ocasión de la Ley de Victimas. Para ello debe hacer uso de los mecanismos democráticos previstos en la Constitución y la ley. La Mesa de Participación de Víctimas a nivel nacional, será la encargada de la elección de los representantes de las víctimas que harán parte del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, los representantes ante el Comité Ejecutivo de Atención y Reparación a las Víctimas (art 164), así como los representantes del Comité de Seguimiento y Monitoreo que establece la presente Ley. Las Mesas de Participación de Víctimas a nivel territorial (a nivel municipal, distrital, departamental) serán las encargadas de la elección de los representantes de las víctimas que integren los Comités Territoriales de Justicia Transicional de que trata el artículo 173. (art. 192 y 193). Los alcaldes, gobernadores y el Comité Ejecutivo de Atención y Reparación a las víctimas, contarán con un protocolo de participación efectiva que brinden las condiciones necesarias para el derecho a la participación.
 

 
2012   Decreto 1196 de 2012 Nivel Nacional  

Fija un nuevo plazo de cuatro (4) meses para la inscripción de las organizaciones de víctimas y defensoras de los derechos de las víctimas en los niveles municipal, distrital, departamental y nacional, interesadas en integrar las Mesas de Participación de Víctimas
 

 
2013   Resolución 1448 de 2013 Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas  

Modifica la Resolución 388 de 2013 por medio de la cual se adopta el Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado en relación con la instalación, convocatoria y período de funcionamiento de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas, con el fin de garantizar la participación de las víctimas en el nivel municipal, distrital, departamental y nacional.
 

 
2014   Resolución 828 de 2014 Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas  

Modifica las Resoluciones 388 de 2013, 588 de 2013 y 1448 de 2013 en relación con los sistemas de inscripción de las organizaciones de víctimas; las suplencias, renuncias y licencias temporales, los Comités de Ética y la elección y representatividad de las Mesas a nivel municipal, distrital, departamental y nacional, con el fin de garantizar el funcionamiento adecuado de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas.
 

 
2015   Decreto 035 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado para Bogotá Distrito Capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Ley 1448 de 2011, en concordancia con la Resolución 0388 de 2013 de la Unidad Administrativa Especial para la Asistencia, Atención y Reparación Integral a las Víctimas, y demás normas respectivas. El presente protocolo comprenderá todas las acciones dirigidas a garantizar la participación efectiva de las víctimas del conflicto armado en sus espacios de participación.
 

 
2015   Decreto 159 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica y adiciona el Decreto Distrital 035 de 2015 - Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado para Bogotá D.C.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1084 de 2015 Nivel Nacional  

Se entiende por participación aquel derecho de las víctimas a informarse, intervenir, presentar observaciones, recibir retroalimentación y coadyuvar de manera voluntaria, en el diseño de los instrumentos de implementación, seguimiento y evaluación de las disposiciones previstas en la Ley 1448 de 2011 y los planes, programas y proyectos implementados para fines de materializar su cumplimiento. Por tal razón, se dictan disposiciones generales respecto a la participación efectiva de las víctimas, como lo son el periodo y proceso de inscripción, requisitos para la inscripción de las organizaciones de víctimas, . (Artículo 2.2.9.1.1 al 2.2.9.3.15).
 

 
2016   Resolución 1281 de 2016 Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas  

Se modifica el Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado. Señala entre otros aspectos que, las mesas de participación efectiva de las víctimas, en lo municipal, distrital, departamental y la Mesa Nacional, deberán crear a partir de la fecha de expedición de la presente resolución el Comité Temático de Víctimas de Minas Antipersonas (MAP), Municiones sin Explotar (Muse) y Artefactos Explosivos Improvisados (AEI). Cuando en la mesa de participación haya una víctima directa de Mina Antipersona (MAP), Municiones sin Explotar (Muse) y Artefactos Explosivos Improvisados (AEI), está por su idoneidad será la coordinadora del Comité Temático, en caso de que haya más de una víctima idónea para ser coordinadora del Comité Temático, la mesa elegirá solo una para coordinar el Comité. Igualmente, establece la elección de la Mesa y de los miembros en representación de los habitantes víctimas en el exterior.
 

 
2016   Resolución 1282 de 2016 Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas  

Se incorporan modificaciones al Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto Armado, entre ellas, la regulación de las sesiones de las mesas, los apoyos y montos destinados a garantizar la participación efectiva otorgados por SNARIV, así como las responsabilidades institucionales el cual es compartido entre el Gobierno nacional, el Distrital y el Departamental.
 

 
2016   Resolución 1336 de 2016 Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas  

Aclara la numeración de la Resolución 1281 de 2016, la cual contenía errores de carácter formal.
 

 
2016   Resolución 1392 de 2016 Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas  

Modifica y adiciona los requisitos para ser miembros en las mesas de participación de víctimas, los periodos, composición y la convocatoria a la elección de las mesas municipales, distritales y departamentales. Así mismo, se establece la agenda y desarrollo de la elección de la mesa nacional.
 

 
2017   Decreto 672 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adiciona un numeral al artículo 45 del Decreto Distrital 035 de 2015, que adoptó el Protocolo de participación efectiva de las víctimas del conflicto armado para Bogotá, D.C.
 

 
2018   Resolución 003 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Ampara los recursos requeridos para el pago del apoyo compensatorio y el apoyo de transporte establecidos en los numerales 1 y 6 del artículo 45 del Decreto Distrital 035 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 672 de 2017, a favor de los integrantes de los espacios de participación de las víctimas del conflicto armado en Bogotá D.C.: miembros titulares de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas del Conflicto en Bogotá (Mesa Distrital, Mesas Locales y Mesas Autónomas Reconocidas), los delegados ante los Subcomités Distritales de Justicia Transicional y delegados al Comité Distrital de Justicia Transicional de Bogotá, durante la vigencia 2018.
 

 
2018   Resolución 017 de 2018 Personería de Bogotá D.C.  

Convoca a las Organizaciones de Víctimas y las Organizaciones Defensoras de los Derechos de las Víctimas que no se hayan inscrito durante el año 2017, para que lo hagan ante las Personerías Locales correspondientes hasta el día 2 de abril de 2018, así mismo, aquellas organizaciones que ya se encuentren inscritas podrán actualizar sus datos en el mismo periodo de tiempo.
 

 
2019   Decreto 342 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el artículo 29 del Decreto Distrital 035 de 2015, el cual establece los requisitos para que miembros de las organizaciones de víctimas hagan parte de las Mesas Locales de participación. También abre por única vez un período extraordinario de inscripción de las Organizaciones de Víctimas y las Organizaciones defensoras de los Derechos de las Víctimas, interesadas en ser elegidas para integrar las mesas locales de participación efectiva de víctimas del conflicto armado en la ciudad.
 

 
2019   Resolución 024 de 2019 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación  

Establece los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento y pago de los apoyos de transporte, compensatorio y alimentario, para las víctimas del conflicto armado con discapacidad que sean delegados principales y/o titulares de los diferentes espacios de participación de las víctimas del conflicto armado residentes en Bogotá D.C.
 

 
2020   Circular Externa 023 de 2020 Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas  

Lineamientos para asistencia transitoria a las Mesas Departamentales en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica declarada por el Gobierno nacional ocasionada por el COVID-19.
 

 
2023   Resolución 378 de 2023 Personería de Bogotá D.C.  

Mesa Distrital de participación efectiva de las víctimas del conflicto armado interno en Bogotá D.C.
 

 

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