Documentos para ANIMALES :: Peligrosos
Año   Documento   Restrictor  
1999   Acuerdo 36 de 1999 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo 36 de 1999 Se reglamenta la tenecia transitoria o permanente de perros razas Pit Bull, Terrier, Dobermann, Rottweiler, Fila Brasilero y Tosa Japones
 

 
2012   Fallo 22592 de 2012 Consejo de Estado  

El Consejo de Estado se refirió a la responsabilidad civil extracontractual del estado con objeto de los daños causados por los animales y la Teoría del Riesgo Creado en los siguientes términos: ¿¿De modo que, los daños causados por los hechos de los animales (domésticos, domesticados o fieros), siempre ha sido un tema que atañe a la responsabilidad civil y administrativa, máxime si se tiene en cuenta que en muchas ocasiones el Estado se vale de animales para el ejercicio de una función y, además, en otras tiene el deber de ejercer un control sobre determinadas actividades desarrolladas por particulares que involucran el uso o empleo de animales domésticos o fieros. Así las cosas, la responsabilidad que se le puede imputar a la administración pública por el comportamiento de los animales tiene una connotación dual o bifronte en la que el Estado puede ser vinculado a un proceso judicial en virtud de un daño irrogado por acción o por omisión...¿. (¿) ¿¿La doctrina del riesgo creado puede ser sintetizada de esta manera: quien se sirve de cosas que por su naturaleza a modo de empleo generan riesgos potenciales a terceros, debe responder por los daños que ellas originan. La teoría que analizamos pone especial atención en el hecho de que alguien "cree un riesgo", "lo conozca o lo domine", quien realiza esta actividad debe cargar con los resultados dañosos que ella genere a terceros, sin prestar atención a la existencia o no de una culpa del responsable¿¿."¿El legislador tiene en cuenta, de este modo, actividades que son lícitas (y en la mayoría de los casos socialmente valiosa y conveniente) pero que por distintos factores pueden convertirse en fuente generadora de daños para terceros. Ellas crean un riesgo potencial que, cuando se traduce de manera efectiva en un detrimento, determinan la obligación de indemnizar el perjuicio causado¿¿. ¿ ¿Se admite que el hecho de servirse de cosas [o animales] que son peligrosas por su naturaleza o modo de empleo debe fundar en equidad, la responsabilidad de su propietario o del guardián, lo cual representa una gran mejora para la víctima que ya no tiene que buscar la existencia de una culpa ni, mucho menos, probarla¿¿. (¿) ¿¿En consecuencia, la responsabilidad en este tipo de escenarios se estructura a partir de la concreción del riesgo creado, es precisamente esa actividad peligrosa ¿la de ser el guardián de un animal fiero o salvaje¿ lo que genera que el daño sea imputable al demandado, salvo que se acredite una causa extraña¿¿. ¿¿Según la disposición legal, la responsabilidad por los daños irrogados por un animal fiero serán imputables a quien lo tenga, quiere ello significar que es la tenencia el fundamento de la imputación fáctica y jurídica en esos casos particulares. En ese orden, es el guardián material o quien ostente la tenencia del animal el que responde por las lesiones antijurídicas irrogadas por éstos. En consecuencia, el artículo 2354 del Código Civil se aplica al Estado cuando es éste el que tiene la guarda material del semoviente, para el caso concreto¿¿.
 

 
2015   Resolución 3113 de 2015 Secretaría Distrital de Ambiente  

Adopta el Plan de Acción de la Política Pública Distrital de Protección y Bienestar Animal, documento que hace parte integral de la presente resolución. Dicho plan es el instrumento a través del cual se implementará la Política Pública Distrital de Protección y Bienestar Animal, a través del desarrollo de ejes, líneas de acción, programas y metas. La financiación del Plan de Acción se realizará mediante el presupuesto de inversión asignado a la ciudad, proveniente de sus ingresos corrientes, transferencias, recursos de capital y otros conceptos, de conformidad con el plan financiero para cada vigencia y según la disponibilidad que se tenga de los mismos. De igual forma, podrá proyectarse la obtención de recursos mediante procesos de cooperación internacional con agencias u organismos internacionales.
 

 
2016   Ley 1801 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Establece la regulación de los ejemplares caninos potencialmente peligrosos, la responsabilidad del propietario o tenedor quien asume la total responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasione a las personas, a los bienes, a las vías y espacios públicos y al medio natural, en general. Se ordena el registro de los ejemplares potencialmente peligrosos, el control y los albergues peligros y los comportamientos en la tenencia de caninos potencialmente peligrosos que afectan la seguridad de las personas y la convivencia, así como las medidas correctivas a aplicar. (Art. 126 a 134)
 

 
2017   Concepto 220171 de 2017 Secretaría Jurídica Distrital  

El trámite de registro de ejemplares caninos potencialmente peligrosos, si es exigible actualmente, aún sin que se haya expedido la reglamentación por parte del gobierno nacional a las pólizas de responsabilidad civil extracontractual enunciadas en los artículos 127 y 128 de Código Nacional de Policía y de Convivencia. Por ello, no es posible afirmar que hasta tanto se expida la reglamentación de las pólizas, no se pueda llevar a cabo el trámite de registro de estos animales; más aún cuando en el mercado actualmente existen pólizas para las mascotas que dentro de sus diversas coberturas incluyen los eventos en los que se pueda presentar responsabilidad civil extracontractual derivada de las acciones de dichos animales. Sugiere que se acerque a alguna de las Alcaldías Locales de la ciudad donde podrá adelantar el trámite de registro, los requisitos pueden ser consultados previamente en el siguiente enlace:http://www.gobiernobogota.gov.co/transparencia/tramites-servicios/registro-perros-potencialmente-peligrosos
 

 
2022   Circular 048 de 2022 Ministerio de Salud y Protección Social  

Imparte instrucciones para garantizar las acciones de prevención, atención integral, vigilancia y disponibilidad de antivenenos para atender los accidentes ofídicos en el territorio nacional.
 

 

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