Documentos para CONDUCTORES :: Centros de Reconocimiento de Conductores
Año   Documento   Restrictor  
2005   Resolución 1555 de 2005 Ministerio de Transporte  

Determina en todo el territorio nacional el procedimiento para obtener el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para conducir que debe presentar todo aspirante a obtener por primera vez, recategorizar y/o refrendar la licencia de conducción y establecer los rangos de aprobación de la evaluación requerida
 

 
2005   Resolución 4415 de 2005 Ministerio de Transporte  

Adopta unas medidas relacionadas con el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para Conducir. Establece que hasta tanto entre en operación el Registro Unico Nacional de Tránsito, RUNT, los Centros de Reconocimiento que hayan cumplido con los requisitos establecidos en la Resolución 1555 de 2005, se registrarán ante el Ministerio de Transporte ¿Subdirección de Tránsito, y que para la Realización de las evaluaciones de la Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz requeridas para conducir, se deberán tener en cuenta las equivalencias de las categorías de la Licencia de Conducción contempladas en la Resolución antes citada.
 

 
2006   Resolución 1200 de 2006 Ministerio de Transporte  

Modifica parcialmente las Resoluciones 1555 y 4415 de 2005 relacionadas con el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para Conducir
 

 
2006   Resolución 1750 de 2006 Ministerio de Transporte  

Fija el procedimiento para la inscripción de los organismos de certificación y el registro de los Centros de reconocimiento de conductores ante el Ministerio de Transporte
 

 
2007   Resolución 1838 de 2007 Ministerio de Transporte  

Modifica el artículo 4° de la Resolución 1750 de 2006 proferida por el Ministerio de Transporte, relacionado con el plazo para el Reporte de los Certificados de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para Conducir, expedidos por los Centros de Reconocimiento de Conductores.
 

 
2009   Resolución 619 de 2009 Ministerio de Transporte  

Suspende a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución y hasta la entrada en operación del Registro Unico Nacional de Tránsito - RUNT, la autorización y registro de nuevos Centros de Reconocimiento de Conductores, así como la autorización de ampliación de los Centros que actualmente se encuentran registrados ante el Min. Transporte y en funcionamiento, término dentro del cual el Min. Transporte estudiará y determinará el número de centros que garanticen la cobertura en necesidades de certificación de la Actitud Física Mental y de Coordinación Motriz. Las solicitudes radicadas con anterioridad a la expedición de la presente resolución, así como las que se encuentran en proceso de certificación de conformidad ante los organismos de certificación inscritos ante el Ministerio, continuarán su trámite respectivo y se regirán por las disposiciones vigentes en el momento de su radicación.
 

 
2012   Resolución 12336 de 2012 Ministerio de Transporte  

Unifica la normatividad y determina los requisitos de habilitación y funcionamiento que deben cumplir los Centros de Reconocimiento de Conductores que deseen expedir el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para Conducir. Este centro de reconocimiento se define como aquellas Instituciones o Entidades inscritas en el ¿Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud¿ del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud, de conformidad con la reglamentación vigente o la que expida de manera particular el Ministerio de Salud y Protección Social, acreditada por el Organismo Nacional de Acreditación o quien haga sus veces y habilitada por el Ministerio de Transporte para expedir el Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz para Conducir. Presenta además algunas especificaciones relativas al Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz, el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud definido éste como el conjunto de instituciones, normas, requisitos, mecanismos y procesos deliberados y sistemáticos que desarrolla el sector salud para generar, mantener y mejorar la calidad de los servicios de salud en el país; por otro lado se refiere la norma a los requisitos de acreditación y habilitación y a las calidades que deben tener tanto del evaluador como del medico certificador que emiten las pruebas o dictámenes realizados al candidato a obtener por primera vez, recategorizar y/o refrendar la licencia de conducción.
 

 
2018   Fallo 000262 de 2018 Consejo de Estado  

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, declara la nulidad de la Resolución 1555 del 27 de junio de 2005 proferida por el Ministerio de Transporte, toda vez que que aun cuando por medio de la Ley 1397 de 2010 se incluyeron a los CRC como los órganos encargados de expedir la mencionada certificación de aptitud a los conductores, ello no hace que la Resolución No. 001555 de 2005 sea convalidada, pues en nuestro ordenamiento no es procedente la llamada purga de ilegalidad, debido a que los juicios de validez se efectúan con base en las normas vigentes al momento de su expedición, y como bien se observa, cuando se profirió el acto acusado sólo se encontraba vigente la Ley 769 de 2002, que, como ya se explicó, no avizoraba en precepto alguno la existencia de los CRC.
 

 

Total: 8 documentos encontrados para CONDUCTORES :: Centros de Reconocimiento de Conductores