Documentos para CONSTRUCCIONES :: Predios no Edificados
Año   Documento   Restrictor  
2006   Concepto 1145 de 2006 Secretaría Distrital de Hacienda  

Teniendo en cuenta que existen sectores especiales regulados por el plan de ordenamiento territorial, en donde el índice de ocupación se encuentra restringido, tenemos que para efectos de dar cumplimiento del literal b) del parágrafo 2º del artículo 1º del Acuerdo 105 de 2003, a manera de ejemplo tenemos que los propietarios o poseedores de los predios ubicados en estos sectores, deberán tener en cuenta el porcentaje de construcción o edificación, partiendo obviamente del resultado de aplicar el índice de ocupación y construcción si se trata de predios ubicados en el borde oriental de la ciudad, o el índice de ocupación y altura máxima si se trata de predios ubicados en el sector... Define la norma en comento que aquellos predios urbanos cuyas construcciones o edificaciones tengan un área inferior al 20% del área del terreno y un avalúo catastral en el que el valor de la construcción sea inferior al 25% del valor total del terreno, se entienden como predios no edificados, es así que en forma alguna la disposición incorpore en el establecimiento de este requisito, índices de altura, siendo la interpretación correcta de aplicación de la norma (Acuerdo 105 de 2003), en los casos de restricción en el índice de ocupación de un bien solamente debe observarse el área de terreno útil para construcción sin que deba incorporarse el factor altura, en la determinación del 20% citado en el Acuerdo 105 de 2003.
 

 

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