Documentos para CONSTRUCCIONES :: Sismoresistentes
Año   Documento   Restrictor  
1997   Ley 400 de 1997 Congreso de la República de Colombia  

Ley 400 de 1997 Se adoptan normas
 

 
2000   Decreto 2809 de 2000 Nivel Nacional  

Modifica el Reglamento de construcciones sismorresistentes, adoptado, por medio del Decreto 33 de 1998 y modificado a su vez por el Decreto 34 de 1999; señala las disposiciones que deben cumplir los estudios de microzonificación sísmica.
 

 
2008   Ley 1229 de 2008 Congreso de la República de Colombia  

Modifica y adiciona la Ley 400 de 1997, por la cual se adoptan normas sobre construcciones sismo resistentes, en cuanto a las definiciones y requisitos que deben cumplir algunos profesionales del área de la construcción.
 

 
2010   Decreto 926 de 2010 Nivel Nacional  

Adopta el Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR-10, el cual tendrá vigencia en todo el territorio de la República, se aplicará a partir del 15 de julio de 2010, dispone que quienes soliciten licencias de construcción durante el periodo comprendido entre la fecha de Publicación y la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, podrán acogerse a sus requisitos.
 

 
2010   Decreto 2525 de 2010 Nivel Nacional  

Modifica el Decreto Nacional 926 de 2010, por el cual se establecen los requisitos de carácter técnico y científico para construcciones sismorresistentes NSR-10, respecto de su entrada en vigencia y las derogatorias y dicta disposiciones relacionadas con la modificación y revalidación de licencias de construcción vigentes. Precisa que en el caso de licencias por etapas, las licencias de construcción y urbanización de los proyectos urbanísticos generales y de los planos generales del proyecto, expedidos con fundamento en el Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR-98, se estudiarán y aprobarán con base en el mismo reglamento, siempre y cuando no se modifiquen los diseños y planos de estructura y cimentación aprobados en la primera licencia de construcción, caso contrario se aplicará lo dispuesto en el Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR-10.
 

 
2011   Decreto 92 de 2011 Nivel Nacional  

Modifica el Reglamento de Construcciones Sismorresistentes, NSR- 10, en los ordinales, numerales, literales y párrafos, figuras, tablas, notas, ecuaciones, valores, coeficientes y demás aspectos técnicos.
 

 
2012   Concepto 24586 de 2012 Secretaría Distrital de Planeación  

¿¿las dos normatividades si bien se refieren a la construcción, una está encaminada a establecer las normas sobre sismo resistencia, mientras que la otra establece el Código de Construcción de Bogotá, en relación con las edificaciones y la infraestructura. Así las cosas, un constructor que pretenda construir en el Distrito Capital, tendrá que cumplir tanto con las exigencias establecidas en la ley 400 de 1997 como las del acuerdo 20 de 1995, puesto que ninguna excluye a la otra¿. ¿¿se concluye que las disposiciones del Código de Edificaciones del Acuerdo 20 de 1995 tendientes a ofrecer condiciones de salubridad, funcionalidad, comodidad y seguridad en las edificaciones, así como bienestar para la comunidad, se encuentran vigentes, pues las mismas no son tratadas en la Ley 400 de 1997 y en ese mismo sentido, el Decreto Ley 019 de 2012, no se refirió a estas materias¿.
 

 
2012   Decreto 340 de 2012 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente el Reglamento de Construcciones Sismo Resistentes, NSR-10.en los ordinales, numerales, literales y párrafos, figuras, tablas, notas, ecuaciones, valores, coeficientes y demás aspectos técnicos, según documento anexo.
 

 
2017   Concepto 120173 de 2017 Secretaría Distrital de Planeación  

Solicita conceptuar sobre los efectos del Acuerdo 20 de 1995, bajo la óptica de lo dispuesto por el Consejo de Estado en sentencia del cinco (5) de febrero de 2015, frente a actividades de investigación, vigilancia y control de vivienda desarrolladas por la Secretaría Distrital de Hábitat. El análisis jurídico concluyó que el acápite de la sentencia que refiere una derogatoria tácita del Acuerdo 20 de 1995 no es mas que una Obiter Dicta, es decir que carece de fuerza vinculante. Finalmente, se debe manifestar que conforme a los pronunciamientos realizados por la Secretaría se tiene que existe una derogatoria tácita parcial del Acuerdo 20 de 1995, en relación a las normas de sismo resistencia, por contar con una norma de superior jerarquía que regula la materia, siendo esta la Ley 400 de 1997 y sus Decretos reglamentarios.
 

 
2017   Decreto 945 de 2017 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente el Reglamento Colombiano de Construcciones Sismoresistentes NSR-10. Estable los mecanismos de resolución de las diferencias que se presenten entre el diseñador estructural y el revisor independiente de los diseños estructurales; y, entre el constructor y el supervisor técnico independiente. Igualmente establece un régimen de transición para las solicitudes de licencias de construcción que se hayan solicitado con anterioridad a la expedición del decreto.
 

 
2017   Resolución 015 de 2017 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Actualiza y revisa el alcance y procedimiento de la revisión obligatoria del cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley 400 de 1997 y el Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR 10 que deben seguir los curadores urbanos y las autoridades municipales o distritales encargadas de la expedición de licencias, o el profesional particular que haga la revisión al amparo del parágrafo del artículo 15 de la Ley 400 de 1997.
 

 
2017   Resolución 017 de 2017 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Actualiza el alcance y procedimiento de la revisión obligatoria del cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley 400 de 1997, modificada por medio de la Ley 1229 de 2008, el Decreto-ley 19 de 2012 y la Ley 1796 de 2016, y el Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR 10, expedido por medio del Decreto número 926 del 19 de marzo de 2010 y modificado por medio de los Decretos números 2525 del 13 de julio de 2010, 92 del 17 de enero de 2011, 340 del 13 de febrero de 2012, y 945 del 5 de junio de 2017, que deben seguir los curadores urbanos y las autoridades municipales o distritales encargadas de la expedición de licencias de construcción y los profesionales que realicen labores de diseño estructural, de diseño sísmico de elementos no estructurales, de elaboración de estudios geotécnicos, de revisión de los diseños y estudios, de dirección de la construcción y de supervisión técnica independiente de la construcción.
 

 
2022   Sentencia C-135 de 2022 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte Constitucional declaró EXEQUIBLE la designación del ingeniero civil como profesional idóneo para desempeñar el rol de ingeniero geotécnico en la construcción sismo resistente, del numeral 22. del artículo 4 de la Ley 400 de 1997.
 

 
2023   Decreto 1580 de 2023 Nivel Nacional  

Corrige el yerro contenido en el Decreto 1401 de 2021, referente a precisar y adjuntar el anexo técnico corregido y definitivo, denominado: "Evaluación y Reducción de la Vulnerabilidad Sísmica en Viviendas de Mampostería".
 

 

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