Año |
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Documento |
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Restrictor |
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2005 |
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Acuerdo 151 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.
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Establece mecanismos para la rendición de cuentas y la visibilidad de la gestión de los concejales y del Concejo de Bogotá, D.C. Determina que a mar tardar el 30 de junio y el 31 de diciembre, los Concejales, así como el Presidente de la Corporación y de las Respectivas Comisiones Permanentes, deberán rendir cuentas de su gestión, las cuales deberán publicarse en la página de internet del Concejo y en las Secretarías que correspondan. Indica la información mínima que debe publicarse respecto a datos propios de los concejales, y del Concejo Distrital; dispone que las sesiones de la Plenaria y de las Comisiones Permanentes del Concejo, se grabarán en medios digitales para facilitar su consulta, y en directo se transmitirá via internet, las sesiones de la Plenaria y de las Comisiones Permanentes. |
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2017 |
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Acuerdo 688 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.
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Establece parámetros para que los concejales, bancadas y la Mesa Directiva del concejo informen, expliquen y den a conocer los resultados de su gestión a los ciudadanos, a otras autoridades públicas y a los Organismos de Control, a partir de la promoción del diálogo y la visibilidad efectiva de sus actuaciones, con el fin de garantizar y orientar el cumplimiento de los principios de eficiencia, eficacia, probidad, publicidad y transparencia en el ejercicio de sus funciones. |
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Rendición de Cuentas
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