Documentos para COMITES DISTRITALES :: Comité de Estratificación Socioeconómica
Año   Documento   Restrictor  
1987   Decreto 1450 de 1987 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Crea el COMITÉ DE ESTUDIO para revisar y actualizar la estratificación oficial del Distrito Especial de Bogotá
 

 
1994   Decreto 658 de 1994 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 658 de 1994 Se crea Integración Funciones
 

 
1994   Ley 142 de 1994 Congreso de la República de Colombia  

Régimen de la estratificación, art. 101. Estratos y metodología, art. 102. Unidades espaciales de estratificación, art. 103. Trámite y plazo para resolver los recursos por estratificación, art. 104.
 

 
1997   Decreto 74 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 74 de 1997 Modifica el Artículo 2 del Decreto 658 de 1994
 

 
1998   Concepto 2160 de 1998 Departamento Administrativo de Planeación Distrital  

Según el artículo 101 y siguientes de la Ley 142 de 1994, los municipios deben clasificar, mediante el sistema de estratificación, los inmuebles residenciales beneficiarios de los servicios públicos. Dicha ley le asignó como función indelegable a los alcaldes, la realización de la estratificación en su respectivo municipio. En el ordinal 101.5 de la norma en cita, se dispuso que el Alcalde debía conformar un Comité Permanente de Estratificación socioeconómica, a fin de que lo asesorara en esta materia, el cual se creó mediante el Decreto 658 de 1994, posteriormente modificado por el Decreto 074 de 1997 en lo que hace referencia a su conformación y circunscribe la participación de la Empresa de Energía de Bogotá a la de un miembro, representado por el gerente general de la empresa o su delegado sin que le sea viable ejercer una participación directa en el Comité.
 

 
1999   Decreto 620 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 620 de 1999 Adiciona el artículo 4 del Decreto 658 de 1994
 

 
2000   Decreto 1037 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Integración. Modifica el art. 1 del Decreto 074 de 1997
 

 
2000   Decreto 1038 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta reglamento interno del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá, art. 1. Órganos de administración, art. 2. Funciones del Comité, art. 3. Funciones del Presidente, art. 4. Funciones de la Secretaría Técnica, art. 5. Sesiones y convocatorias, art. 6. Quórum, art. 7. Consecuencias de la inasistencia a las sesiones del comité, art. 8. Desarrollo de las sesiones, art. 9. Actas, art. 10. Procedimiento para resolver las reclamaciones: evaluación, plazo para resolver, notificaciones y apelación, arts. 11 a 14.
 

 
2001   Decreto 812 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modificación del art. 2 del Decreto 658/94, sobre la composición de los miembros del Comité, art. 1. Modifica el numeral 2° del artículo 2° del Decreto 1038 de 2000, sobre la Secretaría Técnica del Comité, art. 2.
 

 
2002   Ley 732 de 2002 Congreso de la República de Colombia  

Los Comités Permanentes de Estratificación funcionaran en cada Municipio y Distrito de acuerdo al modelo de reglamento interno que suministre planeación, y hará veeduría del trabajo de la Alcaldía art. 6 parágrafo 1.
 

 
2007   Resolución 103 de 2007 Secretaría Distrital de Planeación  

Delega en el Director de Estratificación de la Secretaría Distrital de Planeación, la facultad de atender y resolver, en primera instancia, las solicitudes de revisión del estrato urbano o rural, que se formulen con relación a los inmuebles residenciales ubicados en el área del Distrito Capital. Delega en la Subsecretaría de Información y Estudios Estratégicos, el ejercicio de la Secretaría Técnica del Comité Permanente de Estratificación de Bogotá, D.C.
 

 
2009   Decreto 336 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica la conformación del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica del Distrito Capital, dicta disposiciones acerca de la convocatoria para la selección de los representantes de la comunidad, el número de miembros del Comité, la adopción del reglamento interno y el ejercicio de la secretaría técnica.
 

 
2009   Resolución 432 de 2009 Personería de Bogotá D.C.  

Convoca a la comunidad no organizada, y a organizaciones comunitarias, cívicas, académicas y sociales, para que hagan parte del Comité de Estratificación Socioeconómica de Bogotá D.C., en representación de la comunidad, convocatoria que busca seleccionar un número igual de representantes al de las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios, y cuyas fechas de inscripción y entrega de la documentación requerida, fue establecida en 30 días calendarios siguientes a la publicación de la presente Resolución.
 

 
2010   Decreto 7 de 2010 Nivel Nacional  

Determina que los Comités Permanentes de Estratificación, conformados por decreto de la localidad y funcionando por mandato de la Ley 732 de 2002 de acuerdo con el Modelo de Reglamento elaborado por el Departamento Nacional de Planeación, en cumplimiento de las funciones legales atribuidas, vigilará el acatamiento del artículo 11 de la Ley 505 de 1999. Establece que cada Alcaldía estimará el costo anual del servicio de estratificación y lo presentará al Comité Permanente de Estratificación antes de someter a aprobación del Concejo Distrital o Municipal el proyecto de presupuesto para la vigencia fiscal siguiente, y rendirá informe semestral de ejecución de gastos al Comité Permanente de Estratificación. Fija el monto máximo de la tasa contributiva para Bogotá en seis por diez mil (0.06%) y para los demás distritos y municipios de acuerdo a su categoría.
 

 
2010   Decreto 96 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en el Secretario Distrital de Planeación la estimación del costo anual del servicio de estratificación y la determinación del monto del concurso económico de las empresas de servicios públicos domiciliarios y del Distrito Capital, funcionario que estimará el costo anual del servicio de estratificación y lo presentará al Comité Permanente de Estratificación para que sea incluido en el proyecto anual de presupuesto para la vigencia fiscal siguiente. Asimismo precisa el monto máximo de la tasa contributiva aplicable al Distrito Capital y señala las fechas y porcentajes en que las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios del Distrito, deberán efectuar los pagos, e indica las fechas en que cada empresa efectuará el reporte del número de usuarios residenciales.
 

 
2011   Decreto 451 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el artículo 1 del Decreto Distrital 336 de 2009 ¿Por el cual se modifica la conformación del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica del Distrito Capital (¿)" y se dictan otras disposiciones.
 

 
2012   Resolución 31 de 2012 Personería de Bogotá D.C.  

Se convoca a la Comunidad para seleccionar los representantes de la comunidad de usuarios de servicios públicos domiciliarios, ante el Comité Permanente de Estratificación Socieconómica de Bogotá. D.C., para el periodo 2012 ¿ 2014. Se convoca a las comunidades no organizadas y a organizaciones comunitarias, cívicas, académicas y sociales del Distrito Capital para que hagan parte del comité antes mencionado en representación de la comunidad de usuarios de servicios públicos domiciliarios, de conformidad con los criterios de selección establecidos en determinados reglamentos. Por otro lado y de acuerdo a lo establecido en el reglamento se seleccionará dentro de los representantes de la comunidad al menos uno que pertenezca a la comunidad rural es decir centros poblados o de fincas y viviendas dispersas teniendo en cuenta que tiene que ser mayor de edad, ser residente permanente en el Distrito Capital, haber cursado hasta el último grado de primaria y ser usuario de al menos un servicio público domiciliario prestado por una empresa que opere en el Distrito.
 

 
2012   Resolución 188 de 2012 Personería de Bogotá D.C.  

Convoca a la comunidad no organizada y a organizaciones comunitarias, cívicas, académicas y sociales del Distrito Capital para que hagan parte del Comité de Estratificación Socioeconómica de Bogotá, D.C., en representación de la comunidad de usuarios de servicios públicos domiciliarios.
 

 
2014   Concepto 12926 de 2014 Secretaría Distrital de Planeación  

Emite concepto frente a solicitud de tener en cuenta la elección de un miembro del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá, frente a lo cual concluye: 1.- La Secretaría Distrital de Planeación carece de competencia para inscribir, elegir o designar el Vocal de Control para que participe en el citado Comité. 2.- La autoridad faculta para certificar y designar Vocales de Control, es el Alcalde Mayor, de conformidad con lo establecido en el literal a del artículo 12 y en el literal c del artículo 15 del Decreto Nacional 1429 de 1995, Por el cual se reglamenta el Capítulo I del Título V de la Ley 142 de 1994, en relación con el Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios En ese sentido, y en criterio de esta Entidad se tiene que los citados comités deben estar inscritos en la Alcaldía, y que el Vocal de Control que éstos elijan para que los represente también debe haber surtido el proceso de inscripción. En ese marco, se entiende que el vocal de control, delegado en principio, debe ostentar tal calidad para que de conformidad con la misma y la respectiva constancia de su elección, pueda presentarse ante el Comité Permanente de Estratificación para ejercer como miembro con voz pero sin voto, en los términos del artículo 5 del Decreto 336 de 2009. Es así que, en coherencia con la interpretación que hace esta Secretaría de la norma en cuestión, en el evento que la Asociación Comunera Distrital de Comités de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios ASCOM y Vocales de Control (persona jurídica que eleva la solicitud que nos ocupa), y el señor Germán Bulla Montaña, estén reconocidos e inscritos ante la Alcaldía, el primero como Comité de Desarrollo y Control Social y, el segundo, como Vocal de Control, es preciso entender que la elección como Vocal de Control del precitado señor Bulla Montaña, se efectuó dentro del marco legal del artículo 5° del Decreto Distrital 336 de 2009; por tanto se requiere que la Alcaldía Mayor a través de la Dirección a su cargo, certifique la inscripción de los Comités mencionados, de los Vocales de Control electores y del elegido.
 

 
2014   Decreto 608 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

La Subsecretaría de Información y Estudios Estratégicos de la Secretaría Distrital de Planeación, en su condición de Secretaría Técnica del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá D.C , convoca a los Comités de Control Social y Desarrollo de los Servicios Públicos Domiciliarios, registrados en el Sistema de Información de Personas Jurídicas SIPEJ, para que éstos elijan el Vocal de Control que los represente ante el Comité Permanente de Estratificación de Bogotá D.C., para un período de dos años.
 

 
2014   Resolución 84 de 2014 Personería de Bogotá D.C.  

Delega en el Personero Delegado para la Movilidad y la Planeación Urbana, la participación en el Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá y la formulación e impulso de las gestiones pertinentes y necesarias para realizar el proceso de convocatoria tendiente a que el Personero de Bogotá seleccione los representantes del la comunidad ante el mencionado Comité.
 

 
2014   Resolución 85 de 2014 Personería de Bogotá D.C.  

Convoca a la comunidad del área urbana y rural del Distrito Capital para seleccionar 2 representantes de usuarios de servicios públicos domiciliarios ante el Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá. Establece los requisitos de postulación, inhabilidades, incompatibilidades, cronograma, documentación necesaria y forma de elección.
 

 
2014   Resolución 638 de 2014 Personería de Bogotá D.C.  

Da apertura al proceso de convocatoria para seleccionar dos (2) representantes de la comunidad de usuarios de servicios públicos domiciliarios, para que hagan parte del Comité de Estratificación Socioeconómica de Bogotá D.C., de conformidad con los criterios de selección establecidos en el Modelo de Reglamento del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica expedido por el Departamento Nacional de Planeación, adoptado en el Distrito Capital mediante Acta de Sesión del Comité No. 143 del 10 de mayo de 2011, lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Distrital 336 de 2009 y el presente acto administrativo.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1170 de 2015 Nivel Nacional  

Se reglamenta el artículo 11 de la Ley 505 de 1999 y el parágrafo 1° del artículo 6° de la Ley 732 de 2002. Igualmente la determinación del costo del servicio, del monto del concurso económico, el monto máximo de la tasa; fecha y forma de pago de la contribución, la incorporación presupuestal y el papel de la Superintendencia de servicios públicos en la inspección, control y vigilancia (Artículos 2.2.1.5.1 al 2.2.1.5.7)
 

 
2015   Resolución 314 de 2015 Personería de Bogotá D.C.  

Da apertura al proceso de convocatoria para seleccionar 2 representantes de la comunidad de usuarios de servicios públicos domiciliarios, para que hagan parte del Comité de Estratificación Socioeconómica de Bogotá, se establecen los criterios y requisitos mínimos de selección, incompatibilidades e inhabilidades, documentación, plazos, subsanación de la documentación, publicidad del proceso y formalidades de la decisión.
 

 
2016   Resolución 272 de 2016 Personería de Bogotá D.C.  

Convoca a la comunidad del Distrito Capital para seleccionar a un (1) representante de usuarios de servicios públicos domiciliarios ante el Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá, D.C., con el fin de reemplazar la representación de un ciudadano cuyo periodo de ejercicio de la función está próximo a vencer.
 

 
2017   Resolución 394 de 2017 Personería de Bogotá D.C.  

Apertura al proceso de convocatoria para seleccionar a dos (2) representantes de la comunidad de usuarios de servicios públicos domiciliarios, para que hagan parte del Comité de Estratificación Socioeconómica de Bogotá D.C., por un periodo de dos años, ante el Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá, D.C.
 

 
2018   Resolución 178 de 2018 Personería de Bogotá D.C.  

Convoca a la comunidad del Distrito Capital para seleccionar a un (1) representante de usuarios de servicios públicos domiciliarios que pertenezca a la comunidad rural (de centros poblados o de fincas y viviendas dispersas) ante el Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá, D.C.
 

 
2019   Resolución 004 de 2019 Personería de Bogotá D.C.  

Convoca a los representantes de los usuarios de servicios públicos domiciliarios del área urbana y rural del Distrito Capital a formar parte del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá, D.C.
 

 

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