2008 |
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Acto Legislativo 1 de 2008 Congreso de la República de Colombia
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Adiciona el artículo 125 de la Constitución Política, señalando que durante 3 años contados a partir de la vigencia del presente acto, la Comisión Nacional del Servicio Civil implementará los mecanismos para inscribir en carrera administrativa de manera extraordinaria y sin necesidad de concurso público a los servidores que a la fecha de publicación de la Ley 909 del 2004, estuviesen ocupando cargos de carrera vacantes de forma definitiva en calidad de provisionales o de encargados, siempre que cumplan con los requisitos de la norma adicionada. Dispone la suspensión por 3 meses de los trámites relacionados con los concursos públicos que se estén adelantando. |
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