| Año |
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Documento |
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Restrictor |
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| 2012 |
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Decreto 1548 de 2012 Nivel Nacional
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Con el objetivo de contar con un cálculo más preciso de la relación de solvencia de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías, se considera necesario introducir modificaciones al régimen vigente, en particular, atendiendo al reconocimiento del riesgo que las Sociedades efectivamente enfrentan con cargo a su propio patrimonio. Lo anterior teniendo en cuenta su margen de solvencia. |
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| 2016 |
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Sentencia de Unificación 080012 de 2016 Consejo de Estado
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El Consejo de Estado, resuelve recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante, contra la sentencia proferida el 26 de octubre de 2012 por el Tribunal Administrativo del Atlántico - Subsección de descongestión, la cual solicita al Tribunal declarar nulo el oficio S.T.H. 990.10 de 24 de noviembre de 2010 emanado de la Oficina de Talento Humano del municipio de Soledad, mediante el cual se negó el reconocimiento y pago de la sanción moratoria prevista en la Ley 344 de 1996, derivado del incumplimiento en la consignación anualizada de las cesantías, en el respectivo fondo.
Concluye el Consejo de Estado, que la sanción o indemnización moratoria sí está sometida al fenómeno de prescripción trienal y la norma aplicable para ese efecto, es el artículo 151 del Código de Procedimiento Laboral¸ la fecha a partir de la cual procede la reclamación de la indemnización por la mora en la consignación de las cesantías anualizadas, es el momento mismo en que se produce la mora, es decir, desde el 15 de febrero del año en que se debió realizar el pago y la fecha hasta la cual corre la mora, producto del incumplimiento en la consignación de las cesantías anualizadas, es aquella en que se produce la desvinculación del servicio.
Por tal razón, modifica los numerales segundo y cuarto de la sentencia del veintiséis (26) de octubre de dos mil doce (2012) proferida por el Tribunal Administrativo del Atlántico Subsección de Descongestión. |
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| 2021 |
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Decreto 270 de 2021 Nivel Nacional
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Establece la rentabilidad mínima obligatoria para el portafolio de corto plazo de los fondos de cesantias. |
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| 2023 |
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Sentencia 760012 de 2023 Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo
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El Consejo de Estado, se circunscribe a establecer, si es viable declarar la prescripción extintiva de las cesantías y sanción moratoria reclamada por la demandante, producto de la tardanza en el pago de sus cesantías anuales y definitivas; si relación laboral; y si la orden de cumplimiento de la condena debe recaer en la entidad territorial o en el Fondo nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Una vez analizado los temas anteriores, declara la prescripción extintiva de la sanción moratoria por la tardanza en el pago de las cesantías anuales de 2003 a 2007; modifica y aclara el numeral segundo de dicha providencia, en cuanto las cesantías allí ordenadas son aquellas causadas en los años 2003, 2004, 2005 y 2006 y que estas no tienen el carácter de definitivas, sino de anuales y confirma, en lo demás, la providencia recurrida; además, se abstendrá de condenar en costas de segunda instancia. |
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Cesantías
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