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Documento |
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Restrictor |
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2013 |
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Decreto 723 de 2013 Nivel Nacional
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Establece las reglas para llevar a cabo la afiliación, cobertura y el pago de aportes en el Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo. |
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2014 |
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Decreto 1442 de 2014 Nivel Nacional
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Define un mecanismo obligatorio de compensación que distribuya equitativamente entre todas las administradoras de riesgos laborales, los costos generados por los riesgos de mayor incidencia siniestral u operativa en el Sistema General de Riesgos Laborales, de acuerdo con la población afiliada. Establece la obligatoriedad de la afiliación de todos los empleadores y sus trabajadores y de los trabajadores independientes. Establece normas sobre su implementación, plazo y vigilancia y control. |
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2014 |
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Sentencia 509 de 2014 Corte Constitucional de Colombia
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La ampliación de la cobertura en riesgos laborales garantiza el derecho al acceso de un mayor número de trabajadores, materializando su derecho a la igualdad, e incluso de la dignidad de todo trabajador, a ser cubierto por las continencias que puedan ocasionarse con su labor sin distinción de la forma contractual que origina la vinculación obligatoria. En ese sentido, la jurisprudencia de la Corte ha encontrado que el trato diferente otorgado por el legislador a los contratistas se encuentra plenamente justificado. |
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2015 |
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Decreto 55 de 2015 Nivel Nacional
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Establece las reglas para la afiliación y el pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales de los estudiantes que cumplen con las condiciones expresamente señaladas en el literal a) numeral 4 del artículo 13 del Decreto-ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 2° de la Ley 1562 de 2012. El presente decreto aplica a los estudiantes de insti-tuciones de educación pública o privada. |
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2015 |
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Decreto 992 de 2015 Nivel Nacional
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Se adiciona el artículo 11 del Decreto 4791 de 2008, teniendo en cuenta que se hace necesario añadir un concepto de gasto para el Fondo de Servicios Educativos, que le permita a las escuelas normales superiores estatales cumplir con su obligación de afiliar y pagar el aporte correspondiente al Sistema General de Riesgos Laborales por cada uno de sus estudiantes del programa de formación complementaria que deban realizar prácticas. |
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2015 |
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Decreto 1528 de 2015 Nivel Nacional
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Corrige unos yerros del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector trabajo, contenidos en los artículos 2.2.4.2.1.6., 2.2.4.6.42 y 2.2.4.10.1 del título 4 del libro 2 de la parte 2, referente a riesgos laborales, en lo correspondiente a contenido de formulario de novedades, contratación de servicios de seguridad y salud en el trabajo e intermediarios de seguros. |
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2015 |
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Decreto 1758 de 2015 Nivel Nacional
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Todas las personas privadas de la libertad que desarrollen actividades laborales deben estar afiliadas al Sistema General de Riesgos Laborales. En caso que las personas privadas de la libertad presten sus servicios directamente al INPEC, la cotización deberá ser asumida por el Instituto. |
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2015 |
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Decreto 2509 de 2015 Nivel Nacional
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Las administradoras de riesgos laborales están en la obligación de aceptar las afiliaciones de todos los empleadores y sus trabajadores y de los trabajadores independientes, de conformidad con lo previsto en la Ley 1562 de 2012, sin sujeción a la clase de riesgo o actividad económica que desarrollen.. |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015 Nivel Nacional
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Establece reglas para llevar a cabo la afiliación, cobertura y el pago de aportes en el Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo. Aplica a todas las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios, con entidades o instituciones públicas o privadas con una duración superior a un (1) mes y a los contratantes, conforme a lo previsto en el numeral 1 del literal a) del artículo 2º de la Ley 1562 de 2012 y a los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio del Trabajo como de alto riesgo, tal y como lo prevé el numeral 5 del literal a) del artículo 2º de la Ley 1562 de 2012. (Artículo 2.2.4.2.2.1 al 2.2.4.2.2.24) |
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2016 |
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Decreto 1563 de 2016 Nivel Nacional
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La afiliación voluntaria al sistema general de riesgos laborales realizada por un tercero que no cuente con la autorización previa del Ministerio de Salud y Protección Social o sin el lleno de los requisitos establecidos en el artículo 2.2.4.2.1.7. de este Decreto y en el Título 6 de la Parte 2 del Libro 3 del Decreto 780 de 2016, Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, constituye violación a las disposiciones relativas a la protección y seguridad de los trabajadores y se sancionará hasta con cinco mil salarios mínimos mensuales legales vigentes (5.000 SMMLV) de conformidad con lo establecido en el artículo 486 del Código Sustantivo del Trabajo, sin perjuicio de la medida de prohibición inmediata de trabajos o tareas por riesgo grave e inminente para la seguridad de los trabajadores que proceda en los términos del artículo 11 de la Ley 1610 de 2013 y de la interposición de las denuncias penales a que hubiere lugar. |
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2019 |
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Resolución 2389 de 2019 Ministerio de Salud y Protección Social
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Define los lineamientos generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) en el Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) y adopta el formulario de afiliación y traslado del empleador al Sistema General de Riesgos Laborales.
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2021 |
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Circular Conjunta 009 de 2021 Ministerio de Salud y Protección Social
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Reitera el deber de las entidades públicas del sector salud, afiliar a sus trabajadores y pagar oportunamente los aportes al Sistema General de Riesgos Laborales, y velar por la afiliación y pago de los aportes de los trabajadores independientes. |
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2022 |
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Resolución 121 de 2022 Instituto Distrital de Turismo
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Modifica la Resolución 300 del 31 de diciembre de 2021, frente a la Afiliación y pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales. Establece que el IDT debe afiliar a los estudiantes como mínimo un (1) día antes del inicio de la práctica o actividad correspondiente, ante la Administradora de Riesgos Laborales en la cual el Instituto Distrital de Turismo tenga afiliados a sus trabajadores, sobre la base de 1 SMMLV. |
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2023 |
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Concepto 202313 de 2023 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep
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Profiere concepto sobre la afiliación de las entidades públicas al sistema general de riesgos laborales, precisando que se puede continuar con la ejecución de su plan de trabajo hasta la fecha de vencimiento del contrato, sin necesidad de suspender su vínculo con AXA Colpatria de manera inmediata y que a la finalización del contrato con AXA Colpatria, será necesario acogerse a lo estipulado en el artículo 97 y proceder con la afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales de carácter público, en este caso, Positiva Compañía de Seguros S.A. |
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2024 |
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Resolución 147 de 2024 Ministerio de Salud y Protección Social
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Adopta el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades de los trabajadores dependientes, independientes, estudiantes y personas que realizan otras actividades al Sistema General de Riesgos Laborales, contenido en el Anexo Técnico No. 1 que hace parte integral de la Resolución. |
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Afiliación, Cobertura y Pago
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