Documentos para DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS :: Término para solicitud de devolución
Año   Documento   Restrictor  
2003   Fallo 11604 de 2003 Consejo de Estado  

¿De otra parte, está claro que tratándose de ejercer el derecho a devolución de pagos en exceso o de lo no debido, si bien no existe en la normatividad tributaria nacional disposición alguna que señale el término dentro del cual debe formularse la solicitud respectiva, se ha entendido que dicho término es el previsto para la prescripción de la acción ejecutiva de que tratan los artículos 2535 y 2536 del Código Civil; y precisamente por ello el Decreto 1000 de 1997 ¿por el cual se reglamenta parcialmente el procedimiento de las devoluciones y compensaciones¿, dispuso en sus artículos 11 y 21, que las solicitudes de devolución o compensación por pagos en exceso o de lo no debido ¿deberán presentarse dentro del término de prescripción de la acción ejecutiva, establecido en el artículo 2536 del Código Civil¿, esto es dentro del término de diez años¿.¿
 

 
2021   Decreto 1495 de 2021 Nivel Nacional  

Establece que el término para devolver no podrá exceder de diez (10) días contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud en debida forma y el turista deberá autorizar a la empresa operadora para que descuente del valor a devolver los costos de intermediación que comprenden principalmente: los gastos de intermediación financiera y operativa.
 

 

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