Documentos para MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO :: Controversias Internacionales de Inversión
Año   Documento   Restrictor  
2012   Decreto 1859 de 2012 Nivel Nacional  

Reglamenta la atención de las controversias internacionales, entendidas como aquellas surgidas entre inversionistas extranjeros y el Estado colombiano con motivo de la aplicaión y/o interpretación de los Acuerdos Internacionales de inversión. El Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica de la Nación es la instancia de Alto Nivel de Gobierno encargada de la orientación y formulación de recomendaciones dirigidas a la instancia de Alto Nivel de Gobierno , cuya defensa está a cargo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. La instancia de Alto Nivel, para la prevención y atención de las controversias internacionales de inversión. tendra atribuciones de Coordinar, orientar, y formular las recomendaciones pertinentes sobre las medidas y acciones necesarias para la oportuna prevención, idonea atención y adecuada salvaguarda del interés nacional, entre otras. La Dirección de Inversión Extranjera y Servicios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con el apoyo del Secretario General de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, o de quien designe el Director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, ejercerá las funciones de secretaría técnica de la Instancia de alto Nivel de Gobierno en materia de prevension y atención de las controversias internacionales de inversión.
 

 
2013   Decreto 1939 de 2013 Nivel Nacional  

Regula la atención de las controversias internacionales de inversión, en particular en lo referente a la coordinación, orientación y formulación de las recomendaciones de las acciones del Estado adecuadas a dicho fin.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 Nivel Nacional  

Regula la atención de las controversias internacionales de inversión, en particular en lo referente a la coordinación, orientación y formulación de las recomendaciones de las acciones del Estado adecuadas a dicho fin, se aplica a la atención de las controversias internacionales de inversión, entendidas como aquellas surgidas entre inversionistas extranjeros y el Estado colombiano con motivo de la aplicación y/o interpretación de los Acuerdos Internacionales de Inversión. (Artículo 2.2.3.2.1.1 al 2.2.3.4.6.9)
 

 
2021   Ley 2181 de 2021 Congreso de la República de Colombia  

Garantiza la seguridad de la cadena logística y prevenir delitos trasnacionales, así como adoptar las buenas prácticas promovidas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) regulando los procesos que requieren una adecuada evaluación y análisis de riesgos, en cualquier tipo de certificación pública o privada.
 

 

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