2012 |
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Ley 1575 de 2012 Congreso de la República de Colombia
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Las Juntas Departamentales de Bomberos actúan en nombre de las Delegaciones Departamentales y Distritales de Bomberos , establece cuáles son los organismos por los que están integradas y cuáles son sus funciones, indicando además que sus gastos son financiados a través del Fondo Departamental de Bomberos que puede ser creado por los Departamentos mediante ordenanza; indica que la Junta Distrital de Bomberos de Bogotá D.C. tendrá las mismas funciones de las Juntas Departamentales de Bomberos; fija los lineamientos respecto a su financiación y a la adquisición de recursos. |
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