Documentos para BIENES DE INTERES CULTURAL - BIC :: Sanciones Urbanísticas
Año   Documento   Restrictor  
2004   Radicación 1548 de 2004 Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil  

Corresponde al Ministerio de Cultura o a la autoridad en quien éste delegue, la imposición de sanciones por faltas contra el patrimonio cultural de la Nación, de acuerdo con el parágrafo 1° del artículo 15 de la ley 397 de 1997, y a las alcaldías y gobernaciones, por faltas al patrimonio cultural y a los bienes de interés cultural del ámbito municipal, del Distrito Capital, departamental y de los territorios indígenas, conforme al parágrafo 2° de la norma citada en concordancia con el inciso segundo del artículo 8° de la misma ley.
 

 

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