2012 |
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Ley 1564 de 2012 Congreso de la República de Colombia
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Expide el Código General del Proceso. Establece que podrán ser parte en un proceso: 1. Las personas naturales y jurídicas. 2. Los patrimonios autónomos. 3. El concebido, para la defensa de sus derechos, y 4. Los demás que determine la ley. |
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