Documentos para DESCENTRALIZACIÓN :: Por colaboración
Año   Documento   Restrictor  
1997   Sentencia 181 de 1997 Corte Constitucional de Colombia  

En la Constitución Política se encuentra la autorización para que el ejercicio de funciones públicas y la prestación de servicios de esa misma naturaleza sea confiado a particulares. La complejidad y el número creciente de las tareas que la organización política debe cumplir en la etapa contemporánea ha llevado a procurar el concurso de los particulares, vinculándolos, progresivamente, a la realización de actividades de las cuales el Estado aparece como titular, proceso que en algunas de sus manifestaciones responde a la denominada descentralización por colaboración, inscrita dentro del marco más amplio de la participación de los administrados "en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación", consagrada como uno de los fines prevalentes del Estado colombiano.
 

 
2003   Sentencia 1150 de 2003 Corte Constitucional de Colombia  

¿Resulta claro que la atribución de funciones administrativas a particulares debe hacerse delimitando expresamente la función atribuida, acudiendo para ello a criterios materiales, espaciales, temporales, circunstanciales, procedimentales o cualesquiera otros que resulten útiles para precisar el campo de acción de los particulares, en forma tal que la atribución no llegue a devenir en una invasión o usurpación de funciones no concedidas, a un vaciamiento del contenido de la competencia de la autoridad atribuyente o a la privatización indirecta del patrimonio público. Por ello resulta particularmente importante que las funciones que se encomendarán a los particulares sean específicamente determinadas."
 

 
2011   Fallo 540 de 2011 Consejo de Estado  

Acción popular contra en contra del Municipio de Neiva y de la Firma Unión Temporal Asesorías Jurídicas para que se declare la nulidad absoluta de un contrato de prestación de servicios. ¿[L]os particulares pueden cumplir funciones administrativas de forma temporal, correspondiendo al legislador determinar el régimen aplicable a que hubiere lugar. Esta labor fue realizada en la Ley 489 de 1998, específicamente en sus artículos 110 a 114, desarrollando esta norma la institución que doctrinalmente se conoce como ¿descentralización por colaboración.¿ (¿). El primer aspecto que debe resaltarse es el carácter irrenunciable de la función encomendada, lo cual significa que la titularidad no se desplaza y al particular sólo se confía el ejercicio de la actividad. Por este motivo, las potestades de la entidad que atribuye alguna de sus competencias a un privado son intensas y continuas, y se manifiestan a través de una labor de control, vigilancia y orientación por medio de la impartición constante de directrices e instrucciones.¿
 

 
2012   Sentencia C-745 de 2012 Corte Constitucional de Colombia  

¿El ordenamiento constitucional prevé variados tipos de descentralización de funciones y competencias, entre los que se cuenta la descentralización por colaboración, modalidad de ejercicio privado de funciones públicas, en la que particulares que cuentan con determinado experticio particular coadyuvan con el Estado en la realización de sus cometidos, tal como se expresa en la Ley Fundamental en su artículo 210 -parágrafo 2º-: ¿los particulares pueden cumplir funciones administrativas en las condiciones que señale la ley¿. En tal sentido, el artículo 44 de la Ley 1474 de 2011 -modificatorio del artículo 53 de la Ley 734 de 2002-, incluye en el ejercicio de función pública al particular que, por disposición legal, acto administrativo, convenio o contrato, realiza funciones administrativas o cumple actividades propias de los órganos del Estado. Lo anterior, no significa que las funciones administrativas que realizan los particulares dejen de ser tales o pasen necesariamente a regirse por el derecho privado¿.
 

 
2019   Sentencia C-029 de 2019 Corte Constitucional de Colombia  

Da alcance a la función notarial como un servicio público a cargo de particulares, que actúan en desarrollo del principio de descentralización por colaboración; que además apareja el ejercicio de una función pública, en tanto depositarios de la fe pública; que para estos efectos se encuentran investido de autoridad; sin que por ello adquieran el carácter de servidores públicos o de autoridades administrativas en sentido subjetivo u orgánico.
 

 

Total: 5 documentos encontrados para DESCENTRALIZACIÓN :: Por colaboración