Documentos para ESTABLECIMIENTOS CARCELARIOS :: Asistencia Espiritual
Año   Documento   Restrictor  
2006   Acuerdo 268 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.  

Reglamenta la asistencia espiritual en hospitales y centros de reclusión del Distrito Capital; señala que la Administración Distrital a través de las entidades de salud, hospitales, cárceles y centros de detención y reclusión, garantizarán a quienes se encuentren dentro de sus instalaciones y así lo soliciten, la prestación de asistencia espiritual, la cual podrá ser ofrecida por entidades religiosas y similares legalmente constituidas, y fija el término de 90 días para que las respectivas autoridades y establecimientos públicos distritales, adopten las medidas necesarias e implementen los procedimientos que permitan la asistencia espiritual. La Secretaría de Gobierno Distrital y la Secretaría de Salud Distrital o quien haga sus veces, serán las encargadas de velar por el real y efectivo cumplimiento de la asistencia reglamentada, y deberán informar anualmente al Concejo de Bogotá, sobre la implementación de los mecanismos para garantizarla.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1069 de 2015 Nivel Nacional  

Compila las normas reglamentarias del Sector Justicia y del Derecho. Señala las medidas para el libre ejercicio del derecho de libertad religiosa y de culto en los centro penitenciarios y carcelarios, por lo que las autoridades penitenciarias y carcelarias deben permitir sin restricción alguna el libre ejercicio de los derechos, sin perjuicios de la seguridad de los centros de reclusión. (Artículos 2.2.1.8.1 al 2.2.1.8.8).
 

 

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