Documentos para IMPRENTA DISTRITAL :: Publicaciones
Año   Documento   Restrictor  
2008   Concepto 68 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

¿ el Concejo de la Ciudad autorizó que la Administración Distrital adquiriera una Imprenta del municipio, con la finalidad de disminuir gastos por concepto de publicaciones distritales y, su actividad se destina únicamente a las publicaciones estrictamente oficiales y, por tanto, están prohibidos los trabajos particulares.. Adicionalmente, el literal a) del artículo 25 del Decreto Distrital 267 de 2007 señala como función de la Subdirección de Imprenta Distrital programar, dirigir, coordinar y controlar el proceso de diseño, diagramación, impresión y encuadernación de las artes gráficas y publicaciones requeridas por las diferentes entidades y organismos del Distrito Capital¿ el Decreto 054 de 2008 no hizo excepciones para ninguna entidad distrital. De ahí, que todas las entidades, organismos y órganos, independientemente que pertenezcan al sector central, al sector descentralizado e incluso los órganos de control, deben realizar sus trabajos de impresiones y publicaciones oficiales a través de la Subdirección de la Imprenta Distrital.
 

 
2008   Decreto 54 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece que los trabajos de diagramación, diseños, impresiones y publicaciones oficiales que pretendan realizar las entidades, organismos y órganos de control distritales, deberán realizarse a través de la Subdirección de Imprenta Distrital. Señala plazo para que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, a través de la Subdirección referida, de a conocer el procedimiento para solicitar la realización de las impresiones y publicaciones. Determina los eventos en que no será obligatorio solicitar los trabajos a través de la Imprenta Distrital.
 

 
2008   Decreto 84 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el artículo 1° del Decreto Distrital 054 de 2008, por el cual se reglamenta la elaboración de impresos y publicaciones de las entidades y organismos de la Administración Distrital, en cuanto señalar que todas las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital, deberán realizar sus trabajos de impresiones y publicaciones oficiales a través de la Subdirección de Imprenta Distrital.
 

 
2009   Concepto 39 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

En la medida que a las empresas sociales del estado les aplica el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007, en desarrollo de los principios de publicidad y transparencia que rigen la administración pública, les corresponde efectuar la publicación de los contratos que éstas suscriban, en los términos que señale la Ley y los decretos reglamentarios en la materia. No obstante lo anterior, procede tener en cuenta que el artículo 84 del Acuerdo 257 de 2006 dispone que el Sector Salud está integrado por la Secretaría Distrital de Salud (cabeza de sector), el Fondo Financiero Distrital de Salud y los 22 hospitales como entidades adscritas a dicho sector. Adicionalmente, el Director Jurídico y de Contratación de la Secretaría Distrital de Salud tiene la función de unificar y armonizar las materias a cargo de esta Secretaría, según lo dispuesto por el numeral 6° del artículo 10 del Decreto Distrital 122 de 2007.
 

 
2010   Circular 11 de 2010 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Solicita a las entidades y organismos distritales, diligenciar una encuesta que involucra tanto los impresos elaborados por la Imprenta Distrital como aquellos contratados con empresas particulares; información que permitirá optimizar el servicio de elaboración de trabajos de artes gráficas. La recolección de información y diligenciamiento se hará entre marzo 8 y 12 de 2010, mientras que la visita del consultor para recoger la encuesta, será entre el 15 y 19 del mismo mes y año.
 

 
2010   Circular 17 de 2010 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Recuerda a las entidades y organismos distritales dar cumplimiento estricto a lo ordenado en los Decretos Distritales 054 y 084 de 2008, que establecieron la obligatoriedad de utilizar a la Subdirección de Imprenta Distrital para procesar sus impresos y publicaciones, y sólo contratar con terceros en los casos en que, previa certificación, la Imprenta Distrital, por razones de alto volumen de trabajo o complejidad de las especificaciones técnicas del servicio requerido, no pudiere atender el respectivo requerimiento, o cuando la entidad cuente con equipos de impresión propios.
 

 
2011   Concepto 49439 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Consulta sobre el alcance del inciso 4 del artículo 10 de la Ley 1474 de 2011, ya que no resulta claro si la prohibición de contratar o patrocinar la impresión de ediciones de lujo o con policromías es general para todo tipo de publicaciones o sólo cuando éstas no estén relacionadas en forma directa con las funciones que legalmente las entidades distritales deben cumplir"(¿) ¿esta Dirección se pronunció sobre el tema¿ (¿) ¿la norma dice expresamente que en ningún caso se podrán patrocinar o contratar la impresión de lujos o policromías, así donde el legislador no distingue, no le es dable al intérprete distinguir, por lo cual en ningún caso se podrán utilizar policromías o ediciones de lujo".
 

 
2019   Resolución 427 de 2019 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Ordena a la Subdirección de Imprenta Distrital la modificación del instructivo denominado "Guía Para Solicitar Impresos y Publicaciones" incluyendo el procedimiento para la entrega de insumos por parte de las entidades, organismos y órganos de control distritales para la elaboración de trabajos de impresiones y publicaciones oficiales, y los términos y condiciones del destino del material sobrante.
 

 

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