Documentos para VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL - VIS :: Subsidio
Año   Documento   Restrictor  
1991   Acuerdo 21 de 1991 Instituto Nacional de Vivienda de Interes Social y Reforma Urbana - INURBE  

Definiciones básicas art. 1, carencia de espacio habitacional mínimo art. 2, carencia en la estabilidad de las estructuras y en la calidad de la construcción art. 3, programas de mejoramiento y habilitación de vivienda art. 4, Requisitos para la elegibilidad en planes o programas de mejoramiento y habilitación de soluciones de vivienda art. 5 y 7, aplicación del subsidio a servicios públicos domiciliarios art. 6, aportes art. 8, procesos de habilitación y mejoramiento art. 9, dotación de servicios públicos realizados por los municipios no podrán aplicarse al subsidio familiar art. 11.
 

 
1991   Decreto 599 de 1991 Nivel Nacional  

Reglamenta el subsidio familiar de vivienda que se otorgará a los hogares que carecen de recursos suficientes para obtener una solución de vivienda de interés social, subsidio en especie, precios máximos de soluciones de vivienda, beneficiarios, cuantías del subsidio, soluciones de vivienda subsidiables, lote urbanizable, urbanizado, unidad básica de vivienda, vivienda mínima, usada, productiva, mejoramiento, procedimiento para acceder al subsidio, postulación, calificación, adjudicación, escrituración y plazos para aplicación.
 

 
1991   Ley 3 de 1991 Congreso de la República de Colombia  

Crea el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, señala las entidades que lo integran, establece el subsidio familiar de vivienda, lo define, indica sus beneficiarios, reforma el Instituto de Crédito Territorial ICT, integración de su junta directiva y funciones. Define el objeto del Banco Central Hipotecario, autoriza la creación de Fondos de vivienda de interés social y reforma urbana, determina sus funciones y fija sanciones en cuanto al otorgamiento del subsidio.
 

 
1992   Decreto 1146 de 1992 Nivel Nacional  

Determina que el Subsidio Familiar de Vivienda, se expresará en Unidades de Poder Adquisitivo Constante -UPAC, fija la forma de reajuste del mismo y su monto, condiciones de planes y programas de lotes urbanizables, elegibilidad de planes y programas, entrega del subsidio, procedimientos colectivos de acceso al subsidio, requisitos de planes y programas de vivienda de interés social y otorgamiento de escrituras.
 

 
1997   Ley 388 de 1997 Congreso de la República de Colombia  

Dicta la definición de vivienda de interés social, desarrollo de planes y programas de vivienda de interés social, compra de predios o inmuebles para la construcción de esta, prestación de servicios públicos domiciliarios, transferencia de inmuebles, otorgantes del subsidio, limitación al subsidio familiar en especie y expropiación por motivos de equidad.
 

 
2001   Decreto 612 de 2001 Nivel Nacional  

Reglamenta el procedimiento a seguir por las entidades acreedoras y financieras, para el pago del subsidio familiar de vivienda, en el evento de readquisición de vivienda. Art. 1 y 2. Vigencia Art. 3.
 

 
2001   Decreto 1585 de 2001 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente los Decretos 1539 de 1999 y 1746 de 2000; mModifica y adiciona el Decreto 2620 de 2000, por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 3ª de 1991 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero y en especie para áreas urbanas, la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las Cajas de Compensación Familiar y la Ley 546 de 1999, en relación con la vivienda de interés social. y se dictan otras disposiciones.
 

 
2001   Decreto 2342 de 2001 Nivel Nacional  

Determina que los montos del subsidio familiar de vivienda se otorgarán en función del tipo de solución de vivienda que adquiera, construya o mejore el beneficiario, e indica el tope máximo del beneficio. Señala la distribución anual de recursos no asignados para estas soluciones de vivienda. Art. 1 y 2. Vigencia Art. 3.
 

 
2001   Decreto 2420 de 2001 Nivel Nacional  

Reglamentan las Leyes 3ª de 1991 y 546 de 1999 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en dinero para áreas urbanas otorgado por el Inurbe, asignación, cobertura, distribución, postulantes, antigüedad de ahorro previo, valor y vigencia del subsidio, planes o conjunto de soluciones de vivienda, modalidades de solución de vivienda, metodología para la asignación de subsidios, aplicación del subsidio y competencia.
 

 
2001   Decreto 2677 de 2001 Nivel Nacional  

Autoriza el giro anticipado del subsidio por parte del beneficiario a favor del vendedor o de la organización o entidad promotora del programa, señala los requisitos para ello. Indica la distribución anual de recursos no asignados para estas soluciones de vivienda. Art. 1 y 2. Vigencia Art. 3.
 

 
2002   Decreto 578 de 2002 Nivel Nacional  

Determina que el Inurbe podrá destinar un porcentaje del total del subsidio familiar para vivienda de zonas urbanas, para miembros de la Fuerza Pública que tengan alguna incapacidad ocasionada por razones de servicio y no sean beneficiarios de este subsidio por otro organismo. Señala reglas de postulación. Art. 1 y 2. Vigencia Art. 3.
 

 
2002   Decreto 1354 de 2002 Nivel Nacional  

Amplía el plazo para acceder a subsidios familiares de vivienda de interés social, los prorroga y determina su aplicación en todos los municipios del país.
 

 
2002   Decreto 2488 de 2002 Nivel Nacional  

Determina los postulantes al subsidio familiar de vivienda, calificación de postulantes, valor y vigencia del subsidio, planes de vivienda de interés social, postulaciones colectivas. Art. 1 a 6. Indica la obligación de ciertas entidades públicas de remitir al Ministerio de Desarrollo Económico, información necesaria para verificar información suministrada por el postulante, elegibilidad de proyectos de vivienda y el reintegro de recursos. Art. 7 a 14. Vigencia Art. 15.
 

 
2002   Decreto 3227 de 2002 Nivel Nacional  

Amplía la vigencia de algunos subsidios de vivienda para que los beneficiarios de los mismos entreguen a la entidad otorgante documentación al respecto y aumenta la vigencia de subsidios que ya han sido otorgados. Art. 1 a 3. Vigencia Art. 4.
 

 
2003   Decreto 3777 de 2003 Nivel Nacional  

Establece las equivalencias en cuanto a tipos de vivienda, para permitir la continuidad en los procesos de postulación, calificación, asignación y desembolso del subsidio familiar de vivienda, actualización de postulaciones y actualización por parte de Fideter de certificados de elegibilidad.
 

 
2004   Decreto 975 de 2004 Nivel Nacional  

Reglamenta el subsidio familiar de vivienda de interés social para áreas urbanas, señala su objeto, planes, otorgantes, postulantes, soluciones de vivienda, lotes, banco de proyectos, cobertura, clasificación de municipios y distritos, valor, límite de la cuantía, participantes y coeficientes de distribución, remanentes, elegibilidad, calificación de proyectos, inmuebles de dación en pago, incumplimiento de condiciones de oferta, ahorro previo, modalidades y monto; movilización del ahorro, postulación, oferta de soluciones, procedimientos de acceso, reglas de distribución, postulación, calificación, preselección y asignación de subsidios, renuncia, reclamaciones, giro del subsidio, restitución y autorización para enajenación.
 

 
2004   Decreto 3111 de 2004 Nivel Nacional  

Reglamenta el subsidio familiar de vivienda de interés social en especie, señala los bienes inmuebles fiscales con vocación para el desarrollo o construcción de proyectos de vivienda de interés social, el procedimiento para la transferencia, la convocatoria, postulación, calificación y asignación del subsidio, ejecución del proyecto, subsidio familiar de vivienda por habilitación legal de títulos, requisitos y procedimiento excepcional de postulación, asignación y transferencia para la habilitación legal de títulos.
 

 
2004   Decreto 3169 de 2004 Nivel Nacional  

Modifica la reglamentación de subsidios familiares de vivienda de interés social, en cuanto a otorgantes de crédito, remanentes de recursos, verificación de información, vigencia del subsidio, giro anticipado del subsidio, aportes de los fondos para el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social y regula la contabilización de plazos.
 

 
2004   Decreto 3745 de 2004 Nivel Nacional  

Establece los criterios especiales a los que se sujetará el otorgamiento de Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social con cargo a recursos de la Bolsa Unica Nacional y se modifica el literal f) del artículo 2º del Decreto 3111 de 2004. Postulaciones aceptables para la Bolsa Unica Nacional, hogares preseleccionados no beneficiarios del subsidio familiar de vivienda de interés social, criterios especiales, distribución de recursos y disponibilidad presupuestal.
 

 
2004   Resolución 1150 de 2004 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Se establece un esquema de crédito complementario admisible para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbana, los créditos otorgados por fundaciones o corporaciones sin ánimo de lucro, habilitadas legal y estatutariamente para tal efecto, art. 1. Habilitación de la fundación o corporación sin ánimo de lucro, art. 2. Condiciones del documento que acredita el crédito complementario, art. 4. Condiciones adicionales, art. 5. Vigencia, art. 7.
 

 
2005   Decreto 1526 de 2005 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente el Decreto 975 de 2004, en lo referente al valor del subsidio familiar de vivienda de interés social en dinero para áreas urbanas, destinación de los recursos, elegibilidad de proyectos para adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio y mejoramiento, y en cuanto al lugar de postulación y la aplicación de subsidios para determinadas regiones.
 

 
2005   Decreto 2440 de 2005 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente las Leyes 546 de 1999 y 788 de 2002 y establece el tratamiento tributario de los incentivos para la financiación de vivienda de interés social subsidiable. Determina que las nuevas operaciones de crédito destinadas a la financiación de vivienda de interés social subsidiable, de que trata el artículo 56 de la Ley 546 de 1999, no generarán rentas gravables por el término de 5 años, señala las operaciones de crédito destinadas a la financiación de vivienda de interés social subsidiable, término de vigencia de la exención y limitación de costos y deducciones.
 

 
2005   Decreto 4429 de 2005 Nivel Nacional  

Modifican los Decretos 975, 3169 y 3111 de 2004 y 1526 de 2005 y establece los criterios especiales a los que se sujetará el otorgamiento de subsidios familiares de vivienda de interés social con cargo a los recursos de la Bolsa Unica Nacional. Valor del subsidio, ahorro previo, movilización del ahorro, vigencia del subsidio, remanentes en la asignación, recursos para promoción de oferta, desembolso y plazo para promocionarla, postulaciones aceptables para la Bolsa Unica Nacional, hogares preseleccionados no beneficiarios del subsidio familiar de vivienda de interés social, criterios especiales, distribución de recursos y disponibilidad presupuestal, subsidio para poseedores afectados por atentados terroristas y para arrendamiento a esta misma población
 

 
2005   Resolución 8 de 2005 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda  

Determina los procedimientos y requisitos para el pago del Subsidio Familiar de Vivienda asignado en la modalidad de arrendamiento, asignados por el Fondo Nacional de Vivienda a población desplazada por la violencia, damnificados por desastres naturales o atentados terroristas. Señala las condiciones que debe reunir el contrato de arrendamiento, los requisitos para el giro del subsidio, cambio de titular, terminación unilateral anticipada del contrato de arrendamiento y nueva postulación
 

 
2005   Resolución 220 de 2005 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Define los procedimientos y mecanismos de selección de los planes de vivienda a los que se refiere el numeral 3 del artículo 1° y el artículo 3° del Decreto 3745 de 2004. Establece los criterios de participación y las condiciones que deberán cumplir los planes de vivienda para concursar por los recursos de que trata la Bolsa única Nacional, define la participación de las entidades territoriales, subsidios municipales o departamentales, hogares postulantes, documentos requeridos para la calificación de planes de vivienda, calificación de los mismos, cronograma para elegibilidad, calificación, distribución de cupos, convocatoria para la asignación de los subsidios y calificación de las postulaciones individuales.
 

 
2006   Decreto 3702 de 2006 Nivel Nacional  

Modifica los Decretos 975 de 2004 y 4429 de 2005 y establece los criterios para el desarrollo de proyectos de mejoramiento de vivienda a través de la Bolsa Unica Nacional. Señala los criterios generales para la Bolsa única de Mejoramiento, firma de asignación del subsidio y banco de materiales para dicha Bolsa.
 

 
2006   Decreto 3980 de 2006 Nivel Nacional  

Adiciona un parágrafo transitorio al artículo 7° del Decreto 975 de 2004, por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3 de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 812 de 2003 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en dinero para áreas urbanas; en el sentido de indicar que los subsidios familiares de vivienda Tipo 1 que hubieren sido asignados por las Cajas de Compensación Familiar, vigentes y no desembolsados, podrán aplicarse para la adquisición de vivienda nueva Tipo 2, en aquellos eventos en que el departamento no cuente con suficiente oferta Tipo 1.
 

 
2006   Ley 1114 de 2006 Congreso de la República de Colombia  

Modifica la Ley 546 de 1999, el numeral 7 del artículo 16 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 6° de la Ley 973 de 2005 y se destinan recursos para la vivienda de interés social. Señala que de los recursos del Presupuesto Nacional se asignará una suma anual como mínimo equivalente a 1.004.901 salarios mínimos mensuales legales vigentes, con el objeto de destinarlos al otorgamiento de Subsidios de Vivienda de Interés Social Urbana y Rural, partida presupuestal que no podrá ser objeto en ningún caso de recorte presupuestal.
 

 
2007   Decreto 2831 de 2007 Nivel Nacional  

Modifica el art. 3, del Decreto Nacional 3702 de 2006, por el cual se modifican los Decretos 975 de 2004 y 4429 de 2005 y establece los criterios para el desarrollo de proyectos de mejoramiento de vivienda a través de la Bolsa Unica Nacional, en cuanto los criterios generales para la bolsa única de mejoramiento, que deben aplicarse a los proyectos de mejoramiento de vivienda de interés social.
 

 
2007   Decreto 4080 de 2007 Nivel Nacional  

Subroga algunos artículos del Decreto Nacional 975 de 2004, por el cual se reglamenta el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en dinero para áreas urbanas conforme a lo dispuesto en las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 812 de 2003. Las modificaciones se refieren a la vigencia de los subsidios otorgados con cargo al Presupuesto Nacional, así como los asignados por las Cajas de Compensación Familiar; la promoción de oferta de vivienda de interés social con recursos del FOVIS, los recursos para promoción de oferta, el desembolso y los plazos para la promoción de oferta, y el reporte de la gestión administrativa de los FOVIS.
 

 
2007   Decreto 4466 de 2007 Nivel Nacional  

Reglamenta la Ley 3ª de 1991, los artículos 83 y 86 de la Ley 1151 de 2007, modifica los arts. 36 y 37 del Decreto Nacional 975 de 2004, señalando el valor del Subsidio Familiar de Vivienda Urbano, los criterios para la calificación de las postulaciones y la determinación de los puntajes para dicha calificación.
 

 
2008   Decreto 270 de 2008 Nivel Nacional  

Establece la modalidad de Subsidio Familiar de Vivienda Saludable, se determina su valor, los criterios para su asignación y aplicación, condiciones generales para la presentación de los proyectos de vivienda saludable y adquisición de materiales para la ejecución de los proyectos de este tipo de vivienda.
 

 
2008   Decreto 2778 de 2008 Nivel Nacional  

Reglamenta el acceso al subsidio familiar de vivienda de interés social urbano para hogares que desarrollan actividades de recuperación, tratamiento y aprovechamiento de residuos reciclables. Designa los beneficiarios, hogares postulantes, valor y aplicación del subsidio.
 

 
2008   Decreto 4830 de 2008 Nivel Nacional  

Crea un mecanismo de atención especial para atender con subsidio familiar de vivienda de interés social rural a familias afectadas, en situaciones de calamidad pública, desastre o emergencia, debidamente declaradas por las autoridades competentes y que se encuentren incluidos en los censos oficiales que con ocasión de estos hechos emita el Comité Local de Prevención y Atención de Desastres.
 

 
2008   Resolución 855 de 2008 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Reglamenta el Decreto Nacional 270 de 2008 y establece las condiciones para la asignación y ejecución del subsidio familiar de vivienda de interés social, para áreas urbanas, en la modalidad de vivienda saludable, otorgado por el Fondo Nacional de Vivienda.
 

 
2008   Resolución 1342 de 2008 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Subroga algunos artículos de la Resolución del Min. Ambiente 855 de 2008, por la cual se reglamenta el Decreto Nacional 270 de 2008 y se establecen las condiciones para la asignación y ejecución del subsidio familiar de vivienda de interés social, para áreas urbanas, en la modalidad de vivienda saludable, otorgado por el Fondo Nacional de Vivienda.
 

 
2009   Decreto 774 de 2009 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente los Decretos Nacionales 975 de 2004 y 4466 de 2007, reglamentarios del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en dinero para áreas urbanas. La modificación está dirigida a concretar el giro de los recursos por parte de la entidad otorgante, cuando la modalidad del subsidio sea la de construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda, o en el caso de adquisición de vivienda nueva. De igual forma modifica lo referente al giro de los recursos cuando los subsidios familiares de vivienda sean otorgados por las Cajas de Compensación Familiar.
 

 
2009   Decreto 2190 de 2009 Nivel Nacional  

Delimita el sistema de información del subsidio familiar de vivienda, como el mecanismo definido por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y administrado por el Fondo Nacional de Vivienda, que comprende la información de oferta y demanda de subsidios. Advierte las características básicas del Sistema de Información del Subsidio, la financiación, la consolidación de la información y el registro de postulantes. Artículos 83 al 90.
 

 
2009   Decreto 3670 de 2009 Nivel Nacional  

Modifica el Decreto 2190, por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991, 388 de 1997, 546 de 1999, 789 de 2002 y 1151 de 2007 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social en dinero para áreas urbanas, respecto de la solución de mejoramiento de vivienda, mejoramiento de vivienda saludable, la bolsa para postulaciones de ahorro programado contractual con evaluación crediticia favorable y las modalidades de adquisición de vivienda nueva o usada.
 

 
2009   Resolución 1604 de 2009 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Reglamenta el Decreto 2190 de 2009, por el cual se regula el acceso al subsidio familiar de vivienda de interés social en dinero para áreas urbanas. Establece las condiciones para la asignación y ejecución del subsidio familiar de vivienda de interés social para áreas urbanas en la modalidad de mejoramiento para vivienda saludable.
 

 
2010   Circular 2 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Solicita divulgar esta Circular al interior de cada una de las entidades distritales adscritas o vinculadas del sector, con el fin de contar con la participación activa de los servidores y organismos involucrados y así contribuir al cumplimiento del programa "Alianzas por el hábitat" cuyo fin es promover la gestión y la construcción colectiva del hábitat a partir de la vinculación de múltiples agentes, la generación y utilización eficiente de recursos con énfasis en vivienda de interés prioritario (50 SLMV), la adecuada implementación de instrumentos de administración, control y monitoreo de la ilegalidad y la coordinación interinstitucional, de conformidad con el numeral 3° del artículo 11 del Acuerdo 308 de 2008.
 

 
2010   Decreto 2080 de 2010 Nivel Nacional  

Modifica los artículos 74, 75 y 76 del Decreto Nacional 2190 de 2009 y se establece un régimen de transición para el aumento del valor de los subsidios familiares de vivienda de interés social otorgados por las Cajas de Compensación Familiar.
 

 
2011   Decreto 1210 de 2011 Nivel Nacional  

Con el objeto de facilitar el otorgamiento de subsidios familiares de vivienda urbana por parte de las Cajas de Compensación Familiar a la población afectada por la ola invernal causada por el Fenómeno de La Niña 2010-2011 y ubicadas en zonas de alto riesgo y alto riesgo no mitigable, el Gobierno Nacional ordenó a las Cajas apropiar recursos para la asignación de subsidios familiares a esta población, estableciendo la prioridad y orden de entrega, la fuente, el proceso de asignación y giro de los mismos. Estos Subsidios se deberán destinar exclusivamente para la adquisición de vivienda de interés social urbana nueva o usada.
 

 
2011   Decreto 2570 de 2011 Nivel Nacional  

Se modifica el parágrafo 3 del artículo 19 y el artículo 20 del Decreto 2190 de 2009 en lo que se refiere a la calificación e incorporación en el Banco de Proyecto Habitacional y al ordenamiento de los planes de vivienda y los subsidios para dichos planes.
 

 
2011   Decreto 4213 de 2011 Nivel Nacional  

Modifica los artículos 17 y 18 del Decreto 951 de 2001 y se adiciona un artículo al Decreto 170 de 2008, relacionados con los Criterios de Calificación de las Postulaciones y Asignación de los Subsidios de Vivienda de Interés Social Urbana, asociados a la oferta de vivienda; igualmente se fijaron criterios asociados a la demanda para los hogares en situación de desplazamiento que se postulen y cuenten con una jefatura única de hogar, tienen miembros vulnerables, cuentan con minorías étnicas, o, hacen parte del Sistema para la Superación de la Pobreza Extrema Unidos, Red Unidos.
 

 
2011   Decreto 4916 de 2011 Nivel Nacional  

Modifica el artículo 2° del Decreto 1210 de 2011 haciendo referencia a la fuente de recursos para la asignación de subsidios familiares de vivienda de interés social urbana, para efectos de la asignación de los subsidios cada Caja de Compensación Familiar del país apropiará no menos del 7.5% del total de los recursos del Fondo Obligatorio para la Vivienda de Interés Social (Fovis) y de igual manera el 80% de los recursos apropiados para el Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda de que trata el artículo 85 del Decreto 2190 de 2009, que desde su creación y hasta la fecha de expedición del presente decreto no se hayan comprometido.
 

 
2011   Ley 1469 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Se establece el Subsidio Familiar de Vivienda como un aporte estatal en dinero o en especie, que podrá aplicarse en lotes con servicios para programas de desarrollo de autoconstrucción, entre otros, otorgado por una sola vez al beneficiario con el objeto de facilitar el acceso a una solución de vivienda de interés social o interés prioritario de las señaladas en el artículo 5° de la presente ley, sin cargo de restitución, siempre que el beneficiario cumpla con las condiciones que establece esta ley. La cuantía del subsidio será determinada por el Gobierno Nacional de acuerdo con los recursos disponibles, el valor final de la solución de vivienda y las condiciones socioeconómicas de los beneficiarios, en cuya postulación se dará un tratamiento preferente a las mujeres cabeza de familia de los estratos más pobres de la población, a las trabajadoras del sector informal y a las madres comunitarias. Los recursos de los subsidios familiares de vivienda, una vez adjudicados y transferidos a los beneficiarios o a las personas que estos indiquen, independientemente del mecanismo financiero de recepción, pertenecen a estos, y se sujetarán a las normas propias que regulan la actividad de los particulares.
 

 
2011   Resolución 895 de 2011 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial  

Establece la metodología y condiciones que deben seguirse por las entidades evaluadoras, de acuerdo con lo establecido por los artículos 16, 17 y 19 del Decreto 2190 de 2009 para el otorgamiento de la elegibilidad y calificación de planes de vivienda de interés social urbana en las modalidades de adquisición de vivienda, construcción en sitio propio y mejoramiento, presentados a consideración de las mismas.
 

 
2011   Resolución 1153 de 2011 Secretaría Distrital del Hábitat  

Fija los criterios que deben cumplir los proyectos de vivienda nueva VIS y VIP, para la que oferente del proyecto deberá presentar copia del Registro único de proponentes vigente y en firme con fecha de expedición no superior a 30 días y el formato de información diseñado por la Subdirección de Apoyo a la Construcción al Comité de Verificación de Proyectos quien expedirá la recomendación respectiva para el desembolso anticipado de SDV dependiendo la modalidad de desembolso a la que se pretenda acceder.
 

 
2012   Decreto 430 de 2012 Nivel Nacional  

Se modifica el artículo 20 del Decreto 1920 de 2011 frente al valor del subsidio familiar de vivienda urbana en lo que respecta a la cuantía en salarios mínimos mensuales legales vigentes teniendo en cuenta la categoría del municipio y el valor del subsidio. Los hogares que con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto-ley 4832 de 2010 hayan sido beneficiados con el subsidio familiar de vivienda de interés social en cualquiera de sus modalidades, cuyas viviendas resultaron afectadas por el fenómeno de La Niña 2010- 2011, o se encuentren ubicados en zonas de riesgo en los términos de este decreto, tienen derecho a acceder al subsidio familiar de vivienda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° del Decreto-ley 4832 de 2010.
 

 
2012   Decreto 2469 de 2012 Nivel Nacional  

Modifica los artículos 59 y 61 del Decreto número 2190 de 2009. Como primera medida el artículo 59 dispone que el beneficiario del subsidio familiar de vivienda podrá autorizar el giro anticipado del mismo a favor del oferente. Para proceder a ello, el oferente debe presentar ante la entidad otorgante o su operador, el certificado de elegibilidad del proyecto, las respectivas promesas de compraventa o los contratos previos para la adquisición del dominio, acreditar la constitución de un encargo fiduciario para la administración unificada de los recursos del subsidio o de una fiducia mercantil que administrará los recursos del subsidio a través de un patrimonio autónomo, el contrato que garantice la labor de interventoría, y una póliza que garantice a los beneficiarios del encargo fiduciario o del patrimonio autónomo la construcción de la solución de vivienda, así como la correcta inversión de los recursos desembolsados por concepto del subsidio familiar de vivienda, que debe cubrir el ciento por ciento (100%) del valor de los subsidios desembolsados por la entidad otorgante. Finalmente el artículo 61 aduce que los oferentes de proyectos de vivienda que resulten con cupos de asignación de subsidios en las bolsas concursables, de conformidad con lo señalado en el artículo 20 del presente decreto, pueden solicitar el valor de los cupos aprobados a través del mecanismo de giro anticipado. Adicionalmente, deben acreditar un número de postulantes superior al 50% del número total de cupos otorgados, con el fin de garantizar la aplicación de los subsidios. En caso de que en el proceso de asignación no se lograre cubrir el cupo total asignado, el oferente debe restituir a la entidad otorgante el valor total de los recursos que no se asignaron directamente del encargo fiduciario o patrimonio autónomo constituido.
 

 
2012   Resolución 22 de 2012 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Modifica los artículos 12 y 13 de la Resolución 1024 de 2011 e incluye algunas disposiciones complementarias para optimizar el procedimiento y las condiciones para el desembolso de los recursos destinados a promover la oferta y demanda de soluciones de vivienda para población en situación de desplazamiento para garantizar su acceso efectivo a dichos recursos.
 

 
2012   Resolución 691 de 2012 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Establece las condiciones y el procedimiento para la asignación de recursos destinados a la promoción de oferta y demanda en los planes de vivienda de interés social prioritario, dando prevalencia a los hogares en situación de desplazamiento; el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) será la entidad encargada de recibir la documentación a través de la que se pretenda acceder a estos recursos, así como de efectuar el proceso de prefactibilidad, calificación, ordenamiento y elegibilidad de los planes de vivienda para posteriormente indicar en que planes procede la inscripción y presentación de postulaciones y el procedimiento para el desembolso de los recursos de promoción de oferta y demanda; el oferente del plan de vivienda al que se la apruebe la asignación de recursos deberá celebrar un contrato de encargo fiduciario o fiducia mercantil para la administración de este dinero; establece en qué casos procede la devolución y/o renuncia de recursos. El instrumento mediante el cual se realizará el control y seguimiento de estos recursos es la interventoría.
 

 
2015   Decreto 428 de 2015 Nivel Nacional  

Implementa el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - "Mi Casa Ya". El monto de los subsidios familiares de vivienda destinados a la adquisición de vivienda de interés social urbana nueva, que Fonvivienda asigne a los hogares que cumplan las condiciones señaladas en el presente decreto, dependerá de los ingresos del hogar objeto del subsidio, de acuerdo con los siguientes parámetros: a) A los hogares con ingresos superiores a dos (2) smmlv y hasta tres (3) smmlv, podrá asignárseles un subsidio hasta por el monto equivalente a veinte (20) smmlv, al momento de la asignación; b) A los hogares con ingresos superiores a tres (3) smmlv y hasta cuatro (4) smmlv, podrá asignárseles un subsidio hasta por el monto equivalente a doce (12) smmlv, al momento de la asignación.
 

 
2015   Decreto 470 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Crea el Subsidio Distrital de Vivienda por Habilitación Legal de Títulos, como un mecanismo de financiación de los costos causados por la inscripción en el registro de los actos, títulos y documentos que transfieren el dominio de Viviendas de Interés Social ubicadas en los predios que estén vinculados en el programa Distrital de Titulación Predial, actualmente adelantado por la Caja de la Vivienda Popular. Define su ámbito de aplicación, selección de beneficiarios, recursos presupuestales, entre otras disposiciones.
 

 
2015   Ley 1753 de 2015 Congreso de la República de Colombia  

Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país". Los recursos correspondientes a subsidios familiares de vivienda urbana que sean objeto de renuncia por parte de su beneficiario, que se venzan, o que correspondan a aquellos recuperados mediante actuaciones administrativas, deberán ser incorporados en el presupuesto del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), y serán destinados a la financiación o cofinanciación de programas o proyectos de vivienda de interés social, a la construcción y/o dotación de equipamientos públicos colectivos y/o a la infraestructura de servicios públicos domiciliarios. (Artículo 90).
 

 
2019   Decreto 2317 de 2019 Nivel Nacional  

Modifica artículos del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, relacionados con el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural.
 

 
2020   Decreto 122 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el artículo 2 del Decreto Distrital 324 de 2018, en el sentido de adicionar supuestos, así como de montos referentes a los aportes que realizara la Secretaría Distrital de Hábitat como complemento a los asignados por el gobierno nacional en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - "Mi casa ya".
 

 
2023   Decreto 490 de 2023 Nivel Nacional  

Modifica los criterios para la asignación de subsidios familiares de vivienda de interés social dependiendo de la clasificación socioeconómica del SISBÉN IV, así como para la cobertura aplicable a los créditos o contratos de leasing habitacional que sean otorgados a través del Fondo Nacional de Vivienda.
 

 

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