Documentos para AGUA SUBTERRANEA :: Tarifas
Año   Documento   Restrictor  
1997   Resolución 250 de 1997 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Fija las tasas por el aprovechamiento de aguas subterráneas, establece el envío trimestral al DAMA por parte de los usuarios de las mismas, de sus consumos y cancelar en la Tesorería Distrital, a ordenes del D.AM.A., el pago correspondiente a la tarifa de la tasa y determina las sanciones aplicables en caso de encontrarse alterada la información aportada por el responsable del pozo o que ésta no sea verídica.
 

 
2005   Resolución 1195 de 2005 Departamento Administrativo de Medio Ambiente  

Fija las tarifas de las tasas para el aprovechamiento de aguas subterráneas, adoptando la aplicación de la tarifa mínima establecida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante la Resolución 240 de 2004. Establece la peridicidad del cobro de la tasa de manera anualizada, dispone que los usuarios del recurso hídrico deberán enviar trimestralmente al DAMA, sus consumos mensualizados con el fin de que esta Entidad pueda expedir las cuentas de cobro con el volumen de agua consumido, y establece las sanciones aplicables en caso de encontrase alteración de la información.
 

 
2007   Resolución 3859 de 2007 Secretaría Distrital de Ambiente  

Se dicta normas respecto al funcionamiento de los medidores de consumo para la explotación del agua subterránea en el Distrito Capital. Adopta las normas técnicas colombianas NTC-1063-1:2007; NTC-1063-2:2007 y NTC-1063-3:2007 las cuales hacen referencia a las especificaciones, requisitos de instalación, equipos y métodos de ensayo de la medición del flujo de agua en conductos cerrados a sección llena, medidores para agua potable fría y caliente para los usuarios del recurso hídrico subterráneo dentro del Distrito Capital, con el objeto de registrar la cantidad de agua explotada de forma adecuada.
 

 
2018   Resolución 1172 de 2018 Secretaría Distrital de Ambiente  

El valor de la tasa por concepto de aprovechamiento de aguas subterráneas del pozo identificado con el código Pz-01-0047, se calculará de conformidad con lo reglamentado en el Decreto 155 de 2004, la Resolución 240 de 2004 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, hoy, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Decreto 4742 de 2005 y las demás normas que adopten o modifiquen esta metodología.
 

 

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