Documentos para POLICIA NACIONAL :: Actuaciones
Año   Documento   Restrictor  
2003   Sentencia 772 de 2003 Corte Constitucional de Colombia  

Toda medida de policía debe estar orientada hacia la garantía y preservación del orden público, concebido no como un objetivo en sí mismo, sino como un medio para permitir el ejercicio de las libertades y derechos de la ciudadanía, por lo cual no puede convertirse en una simple represión de las libertades, y no puede aplicarse para limitar el ejercicio legítimo de los derechos de las personas – únicamente para combatir las perturbaciones a la seguridad, tranquilidad y salubridad colectivas que amenacen con obstaculizar u obstacuicen el pleno ejercicio de tales derechos.
 

 
2017   Sentencia C-211 de 2017 Corte Constitucional de Colombia  

En reiteradas oportunidades, esta Corporación ha dicho que el concepto Policía tiene por lo menos cuatro acepciones, pues hace referencia al poder, a la función de policía, a la actividad a cargo de las autoridades de policía y a la Policía Nacional. Todos estos vocablos dirigidos a limitar en forma válida el ejercicio de derechos subjetivos para preservar y restablecer el orden público y asegurar la convivencia pacífica de la Nación. En efecto, el poder de policía expresa la facultad estatal de expedir normas jurídicas generales, obligatorias y vinculantes que fijan reglas de conducta en el ejercicio de los derechos y libertades ciudadanas. A su turno, con la función de policía se busca concretar el poder de policía, por lo que se ejercen competencias y atribuciones legales y constitucionales para hacer cumplir la ley. Para ello, la administración tiene asignadas, de un lado, funciones de regulación, en tanto que expide actos administrativos y reglamentos para ejecutar la ley y, de otro, acciones policivas.
 

 
2017   Sentencia C-334 de 2017 Corte Constitucional de Colombia  

El artículo 163 de la Ley 1801 de 2016 regula el medio material de policía denominado ingreso a inmueble sin orden escrita. El artículo confiere a la Policía Nacional la potestad de penetrar en los domicilios, sin orden escrita, cuando existiere imperiosa necesidad, y establece seis situaciones en las cuales esta se configura. En el presente caso el demandante señala la inconstitucionalidad de los paragrafos 1 y 2 de esta norma, al respecto la Sala indica que el cargo bajo análisis exhibe una evidente carencia de certeza ya que la razón o el motivo que el agente de policía debe plasmar en el citado informe no equivale, como lo considera el actor, a una cláusula general y amplia que lo habilite a invocar cualquier circunstancia como sustento para llevar a cabo el ingreso a un inmueble sin mandamiento escrito. Por consiguiente, la disposición no admite el significado, ni tiene el alcance que le atribuye el demandante, en la medida en que, en lugar de contemplar una amplia y abierta cláusula general de justificación, que admita cualquier razón para el ingreso a inmueble sin orden escrita, establece en realidad un control administrativo a la actividad de las autoridades de Policía, que les impone el deber de justificar la decisión de haber empleado el medio material en mención. En este orden de ideas, por las razones anteriores, la Corte declarará la inexequibilidad de la expresión 8. Ingreso a inmueble con orden escrita, prevista en el artículo 149 de la Ley 1801 de 2016.
 

 
2020   Sentencia 110010 de 2020 Consejo de Estado - Sección Primera  

Sala Primera del Consejo de Estado precisa que las conductas reguladas en el Decreto 1844 de 2018 que están asociadas al consumo de sustancias psicoactivas previstas por los artículos 33 (literal c, numeral 2º) y 140 (numeral 7º) de la ley 1801 , únicamente podrán ser corregidas por la Policía Nacional cuando las autoridades competentes cumplan con los parámetros de reglamentación ordenados por la Corte Constitucional en la sentencia C-253 de 2019. Esto es, una vez las autoridades respectivas fijen, dentro de los límites que impone el orden constitucional y de manera razonable y proporcionada, las circunstancias de modo, tiempo, espacio y lugar, en virtud de las cuales el acto de consumo afecta el orden público
 

 
2021   Decreto 003 de 2021 Nivel Nacional  

Expide el Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado ESTATUTO DE REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGÍTIMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACIFICA CIUDADANA, que regula las actuaciones de la Policía y otros entes del Estado durante el ejercicio del derecho a la protesta pacífica.
 

 
2023   Decreto 1640 de 2023 Nivel Nacional  

Ordena la suspensión de las operaciones militares ofensivas y las operaciones especiales de Policía en contra del Estado Mayor Central de las FARC-EP, así mismo, crea el equipo especial de contingencias conformado por un representante del Ministerio de Defensa Nacional, un representante de las Fuerzas Militares, un representante de la Policía Nacional, un representante de la delegación del Gobierno nacional en los diálogos de paz, un representante de la delegación del Estado Mayor Central de las FARC-EP en los diálogos de paz.
 

 

Total: 6 documentos encontrados para POLICIA NACIONAL :: Actuaciones