2013 |
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Sentencia 359 de 2013 Corte Constitucional de Colombia
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(&) se impone una diferenciación positiva para suprimir las barreras que se opongan a la igualdad material y enfrentar las causas que la generan, sin eliminar los rasgos culturales típicos de una determinada comunidad (art. 13 superior).Para alcanzar la igualdad real y efectiva, ha señalado esta Corporación, cabe incluso considerar que toda medida legislativa, judicial o de cualquier otra índole que se adopte a efectos de hacer valer la diversidad étnica y cultural, tendría entonces el carácter de una acción afirmativa, en cuanto implica un trato ventajoso, y formalmente desigual, encaminado a favorecer a personas y grupos humanos que tradicionalmente han sido marginados o discriminados frente a aquellos considerados predominantes, todo ello con el único propósito de avanzar hacia la igualdad sustancial entre los miembros de todo el conglomerado social (&)Queda mucho por hacer en el plano nacional para garantizar la protección oportuna, integral y adecuada de los romaníes o gitanos en cuanto a sus derechos constitucionales y convencionales. No obstante, en este primer momento en materia de reconocimiento constitucional del pueblo Rrom como grupo étnico y cultural de la Nación, de visibilización de sus derechos colectivos y simetría con los establecidos a las demás comunidades tribales y de exigencia de implementación de una política pública efectiva sobre el derecho a la vivienda digna con enfoque diferenciado, la Corte se limitará a llamar la atención del Gobierno y del Congreso para que expidan las regulaciones necesarias para materializar los derechos constitucionales de esta población en Colombia (&) |
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