Documentos para SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE :: Publicidad Exterior Visual
Año   Documento   Restrictor  
2009   Resolución 4294 de 2009 Ministerio de Transporte  

Prohíbe la publicidad exterior visual, vallas, letreros o avisos en vehículos destinados al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor, de carga, colectivo e individual de pasajeros de radio de acción metropolitano, distrital y municipal, de pasajeros por carretera, especial y mixto, por lo tanto no se podrán expedir nuevos registros que autoricen el porte de vallas, letreros o avisos en vehículos automotores registrados en el servicio público de transporte terrestre automotor. Señala que todos los vehículos que conforman la capacidad transportadora autorizada, deberán portar únicamente los colores y distintivos registrados y los señalados por las disposiciones legales vigentes. Indica que la actual publicidad exterior visual registrada y autorizada hasta la fecha, podrá permanecer instalada hasta el vencimiento de las autorizaciones otorgadas.
 

 
2010   Resolución 3019 de 2010 Ministerio de Transporte  

Deroga las Resoluciones del Min. Transporte 4294 y 5112 de 2009 por medio de la cual prohíbe la publicidad exterior visual, vallas, letreros o avisos en vehículos destinados al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor y se exceptúa al Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de Carga de la antedicha medida respectivamente. Determina que los alcaldes locales municipales, distritales o las autoridades que ellos hayan delegado o hagan sus veces deberán expedir los nuevos registros que autoricen el porte de publicidad exterior visual, en en vehículos automotores registrados en el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor, previo el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 140 de 1994.
 

 
2011   Resolución 3127 de 2011 Secretaría Distrital de Ambiente  

Autoriza y regula el aprovechamiento temporal del paisaje urbano del Distrito Capital, con elementos de publicidad exterior visual, con ocasión del Mundial de Fútbol Sub-20, Colombia 2011, con base en el Programa de Decoración de la Ciudad Anfitriona, de que trata el Convenio suscrito entre la FIFA y Bogotá, el 25 de abril de 2008. Con ese propósito, se determinan las condiciones técnicas, dimensiones, elementos y lugares autorizados, para la instalación de la publicidad exterior visual aprobada y alusiva exclusivamente al Campeonato Mundial de Fútbol de la FIFA Sub-20 Colombia 2011.
 

 
2011   Resolución 6464 de 2011 Secretaría Distrital de Movilidad  

Establece las características y condiciones para la fijación o instalación de Publicidad al interior del Sistema de Transporte Masivo de Bogotá D.C., regirá para el interior de las estaciones de cabecera o portales, intermedias y sencillas, buses y demás componentes que hagan parte del Sistema, el área de exposición de los elementos de publicidad de conformidad con cada componente que integra el Sistema será para los elementos publicitarios instalados al interior de los buses no podrán superar el 30% del área interna del bus y para los elementos publicitarios instalados al interior de las estaciones de cabecera o portales, intermedias y sencillas, no podrán superar el 30% del área disponible en infraestructura, así: 30% del área de pisos y cubiertas, 30% del área de la superficie entre columnas o muros desde el piso hasta la cubierta, sin superar el límite.
 

 

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