Documentos para UNIDAD EJECUTIVA DE SERVICIOS PUBLICOS UESP :: Plazas de Mercado
Año   Documento   Restrictor  
1985   Acuerdo 5 de 1985 Concejo de Bogotá, D.C.  

Autorización previa de la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Concejo de Bogotá, para la venta de las plazas de Mercado de la Empresa Distrital de Servicios Públicos EDIS, art. 1.
 

 
1999   Decreto 1 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Normas aplicables a las plazas de mercado. Campo de aplicación del Decreto, art. 1. Régimen legal aplicable a las plazas de mercado, art. 2. Funciones de la UESP, art. 3. Funciones de las Alcaldías Locales, art. .4 procedimiento para la contratación de la prestación del servicio de plazas de mercado, art. 5. Disposiciones transitorias, art. 6.
 

 
2001   Concepto 18161 de 2001 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se señala que, el reglamento para la administración de la Plaza de Mercado, debe regular los aspectos operativos, administrativos y de funcionamiento, y en tal virtud, puede señalar obligaciones y prohibiciones, como reglas de funcionamiento, de cuyo cumplimiento responderá ante la Alcaldía Local el concesionario. la Alcaldía Local no puede facultar al concesionario para imponer sanciones como las referenciadas, sin perjuicio, de comprometerse a prestarle la colaboración necesaria para la aplicación de las medidas de policía a que haya lugar, tal como se estableció en el contrato de concesión.
 

 
2004   Concepto 79 de 2004 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

La función de la UESP es verificar, directamente o a través de terceros, la ejecución de los contratos que la Administración celebre para la prestación de los servicios de barrido, recolección, transferencias, disposición final de residuos sólidos, limpieza de áreas públicas, cementerios, hornos crematorios, y plazas de mercado. Por lo anterior, a la UESP le corresponde la planeación, la ejecución la coordinación y la supervisión de los proyectos y actividades para el desarrollo y fortalecimiento del Sistema de Plazas de Mercado de propiedad del Distrito Capital. Las Alcaldías Locales mantienen la suscripción de los contratos de concesión respecto a las Plazas de Mercado a cargo del Distrito Capital, a efecto de asegurar la prestación eficiente de éste servicio público, los cuales se celebrarán conforme con las normas de contratación estatal.
 

 
2020   Resolución 887 de 2020 Ministerio de Salud y Protección Social  

Adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del Coronavirus COVID-19 para centrales de abastos y plazas de mercado.
 

 

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