Documentos para UNIVERSIDADES PUBLICAS :: Consejos Directivos
Año   Documento   Restrictor  
2010   Radicación 1987 de 2010 Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil  

En las instituciones de educación superior del nivel municipal o distrital debe tener asiento en el Consejo Directivo el respectivo Alcalde y no el Gobernador¿ La ley 30 de 1992 no estableció la figura de la suplencia para los miembros señalados en los literales d) y e) del artículo 64 de la Ley 30 de 1992. Los miembros señalados en el literal d) del artículo 64 de la Ley 30 de 1992 no pueden delegar sus funciones. El rector de la institución, como miembro del Consejo Superior Universitario o Directivo, según el literal e) de la ley 30 de 1992, puede delegar su participación en los términos de la parte motiva de este concepto.
 

 
2011   Fallo 96 de 2011 Consejo de Estado  

Acción de nulidad contra el acto que declara la elección del Rector de la Universidad de la Guajira , producto del desarrollo de una convocatoria ¿Que los Estatutos establezcan en los términos como lo estime razonable el Consejo Superior de la Universidad los requisitos para ser Rector, máxima autoridad administrativa del ente universitario, tiene su origen o deviene de la autonomía universitaria que según el artículo 28 de la Ley 30 de 1992 se reconoce a las universidades que entre otras potestades se traduce en la atribución para designar sus autoridades administrativas las cuales, acorde con lo que dispone el artículo 57 ibídem en el régimen de las universidades estatales u oficiales comprende la organización y elección del personal administrativo¿.
 

 

Total: 2 documentos encontrados para UNIVERSIDADES PUBLICAS :: Consejos Directivos