Documentos para TRIBUTOS DISTRITALES :: Cobro Coactivo
Año   Documento   Restrictor  
2012   Fallo 17117 de 2012 Consejo de Estado  

¿(¿) el cobro coactivo de obligaciones tributarias viene a ser una subespecie de la jurisdicción coactiva de naturaleza administrativa, la que a su vez resulta ser una fórmula especial del juicio ejecutivo previsto en las normas generales del procedimiento civil. Y desde la perspectiva también administrativa, dicho cobro coactivo corresponde a la autotutela ejecutiva de la autoridad, que le permite hacer exigibles las obligaciones fiscales por sí misma, sin necesidad de acudir a la rama judicial del Estado. Sin embargo, en materia tributaria, por disponerlo así el artículo 823 y siguientes del Estatuto Tributario, la administración tributaria puede cobrar los créditos fiscales por sí misma y sin necesidad de recurrir a las autoridades judiciales, siguiendo el procedimiento especial establecido en dichas disposiciones. Este procedimiento especial no ha quedado limitado a las causas tributarias de las obligaciones impositivas a que se refiere el Estatuto Tributario, que son los impuestos nacionales administrados por la Dirección de Impuestos Nacionales, DIAN, sino que ha sido extendido a otros órdenes por disposición del propio legislador.¿
 

 

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