Documentos para TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS :: Tarifas
Año   Documento   Restrictor  
1988   Decreto 965 de 1988 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establecen niveles de servicio y se fijan tarifas para el servicio público de transporte urbano en Bogotá. Vigencia a partir de su reglamentación por el DATT.
 

 
1990   Decreto 597 de 1990 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se adopta estructura tarifaria, integral y social en el servicio público de transporte colectivo, con el propósito de racionalizar la utilización del equipo y ofrecer alternativas entre los diferentes estratos. Se establecen tarifas diferenciales.
 

 
1990   Decreto 633 de 1990 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el Parágrafo 2, Artículo 11, Decreto Distrital 597 de 1990, en el sentido de indicar los distintivos que deben portar los vehículos con tarifas diferenciales.
 

 
1995   Decreto 105 de 1995 Nivel Nacional  

El único factor que podrá tener en cuenta las autoridades competentes del orden Metropolitano, Distrital y Municipal para la fijación de las tarifas del transporte es el costo del transporte metropolitano y/o urbano incluyendo el costo de "recuperación de la capital", art. 1.
 

 
1995   Decreto 2263 de 1995 Nivel Nacional  

El incremento porcentual previsto para los costos del transporte urbano y/o metropolitano, incluyendo el del costo de recuperación de capital, para cada año calendario no podrá ser, en ningún caso, superior a la meta de inflación definida y difundida por la Junta Directiva del Banco de la República, art. 1 y 2. El valor total del incremento de cada tarifa, para el transporte colectivo urbano, metropolitano y veredal, se distribuirá proporcionalmente, durante el año, como mínimo en dos etapas, art. 4. control, art. 5. Vigencia, art. 6
 

 
1997   Decreto 361 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se aumentan tarifas para algunos niveles del transporte público colectivo urbano de pasajeros y mixto en el Distrito Capital.
 

 
1997   Decreto 1273 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 1273 de 1997 Ajuste temático de las tarifas de los servicios públicos
 

 
1998   Decreto 167 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 167 de 1998 Se establece el sistema de liquidación por unidades y se fijan las tarifas para los vehículos tipo taxi con taxímetro
 

 
1998   Decreto 384 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 384 de 1998 Liquidación de la tarifa para los vehículos tipo taxi con taxímetro
 

 
1998   Decreto 937 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 937 de 1998 Tarifas para los buses nivel intermedio modelo 1991 y buses de los vehículos ejecutivos y superejecutivos Distrito Capital
 

 
1998   Decreto 1027 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 1027 de 1998 Se fijan las tarifas para los vehículos busetas ejecutivas modelo 1993 y años siguientes, así mismo para microbuses
 

 
1998   Decreto 1093 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 1093 de 1998 Modifica el Decreto 1273 de 1997
 

 
1998   Resolución 4350 de 1998 Ministerio de Transporte  

Establece la metodología para la elaboración de los estudios de costos que sirven de base para la fijación de las tarifas del transporte público municipal, distrital y/o metropolitano de pasajeros y/o mixto, que deberán realizar las autoridades municipales, distritales y/o metropolitanas competentes, y que servirán de base para fijar las tarifas que se cobrarán a los usuarios para cada clase de vehículo y en los diferentes niveles de servicio. Señala que las autoridades competentes en la determinación de los costos y las tarifas, podrán utilizar adicionalmente otros factores de cálculo que contemplen la calidad del servicio en materia de seguridad, comodidad y operación, siempre y cuando estos factores formen parte del sistema de transporte y estén debidamente justificados técnica y económicamente.
 

 
1999   Decreto 101 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 101 de 1999 Se dictan disposiciones para la prestación del servicio público de transporte en vehículos taxi en el Distrito Capital
 

 
1999   Decreto 201 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 201 de 1999 Tarifas vehículos clase bus modelo 1991 y posteriores y microbuses de transporte públicos colectivo de pasajeros en el Distrito Capital
 

 
1999   Decreto 207 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 207 de 1999 Se fija el valor De la unidad en la liquidación de las tarifas de taxis
 

 
1999   Decreto 286 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 286 de 1999 Se amplía un plazo
 

 
1999   Decreto 325 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 325 de 1999 Se fijan tarifas para algunos niveles
 

 
1999   Decreto 497 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 497 de 1999 Se fijan tarifas para vehículos de algunos niveles de servicios públicos de colectivos de pasajeros
 

 
1999   Decreto 825 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 825 de 1999 Se fijan tarifas para vehículos de algunos niveles del servicio público
 

 
2000   Decreto 120 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Unifica los grupos tarifarios 1 y 2 y ajustar la tarifa diurna y nocturna del grupo tarifario 5 para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros.
 

 
2000   Decreto 215 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Fijación de tarifas para vehículos de servicio público que transitan en Bogotá D.C.
 

 
2000   Decreto 524 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se incrementa el valor de la unidad en la liquidación de tarifas para los vehículos clase taxi.
 

 
2000   Decreto 586 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Incremento de Tarifas
 

 
2000   Decreto 1052 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se autoriza el cobro de la prima de Navidad en la prestación del servicio público de transporte en vehículos taxi
 

 
2001   Decreto 179 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se fijan las tarifas para el servicio de transporte público colectivo urbano.
 

 
2001   Decreto 215 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se modifican las tarifas en la prestación del servicio público de transporte contenidas por el Decreto 190 de 2001.
 

 
2001   Decreto 912 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Tarifas para la prestación de servicio públicoen bus ejecutivo y superejecutivo; microbus colectivo, art. 1. Obligatoriedad de calcomania, art. 3. Revisión de modelos para fijación de tarifa. Suspensión del Decreto Distrital 586 de 2000
 

 
2001   Ley 688 de 2001 Congreso de la República de Colombia  

Establece que la tarifa de los vehículos de servicio público de pasajeros colectivo y/o mixto tendrá un componente de recuperación de capital el cual se destinará única y exclusivamente a la renovación y reposición del parque automotor. Los alcaldes, o las autoridades municipales en quienes estos deleguen la coordinación del transporte terrestre de pasajeros, tienen la obligación de incluir dentro de las tarifas que se cobrarán a los usuarios en los diferentes niveles de servicio un porcentaje destinado a la reposición y renovación de los vehículos, el cual se calculará de acuerdo con el procedimiento y porcentajes establecidos por el Ministerio de Transporte.
 

 
2002   Decreto 533 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establece el modelo de gestión para el servicio público colectivo y mixto de pasajeros y deroga el Decreto Distrital 586 de 2001, fijación de tarifas a partir de la aplicación de determinados elementos, Art. 1. Señala el valor unidad para el transporte público individual de pasajeros, horario, cobro, operativos, Art. 2 a 5. Vigencia, Art. 6.
 

 
2003   Decreto 10 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se corrige el Decreto Distrital 533 de 2002, que establece el modelo de gestión para el servicio público colectivo y mixto de pasajeros, fijación de tarifa técnica a partir de la aplicación de determinados elementos, Art. 1. Señala las tarifas para el servicio público de pasajeros y/o mixtos, Art. 2. Vigencia, Art. 4.
 

 
2003   Decreto 86 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se fija la tarifa para el servicio de transporte público individual, en vehículos clase taxi, Art. 1. Establece el valor unidad para el transporte público individual de pasajeros, Art. 2. Se procede a autorizar el ajuste de las tarifas del bulto, guacal y caja para el transporte mixto, cálculo, liquidación, art. 3 a 6. Cumplimiento, art. 7.. Vigencia, Art. 8.
 

 
2003   Decreto 259 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se fija la tarifa para el servicio de transporte público colectivo, modificación de los grupos tarifarios, art. 1. Establece las tarifas, art. 2. Evaluación de tarifa técnica, art. 3. Porte de calcomanía, para el cobro de tarifas autorizadas, art. 4. Horario Nocturno, art. 5. Sanciones, art. 6. Vigencia, art. 7.
 

 
2004   Decreto 169 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establecen las tarifas para transporte público colectivo en Bogotá y se procede a autorizar el ajuste de las tarifas de bulto, guacal y caja para el transporte mixto en el Distrito, grupo tarifario, diurno, nocturno y festivo, art. 1 y 2. Requisito porte de calcomanía, art. 3. Horario nocturno, art. 4. Control, art. 5. Vigencia, art. 6.
 

 
2004   Decreto 368 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece las tarifas para Transporte Público Colectivo de pasajeros en Bogotá D.C. y señala la autorizada para los vehículos que prestan el servicio público en el terminal de transportes. Obligación de portar la calcomanía correspondiente a los nuevos valores para el cobro de las tarifas establecidas e indica el horario entendido como nocturno.
 

 
2007   Decreto 315 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece el modelo de gestión para la fijación de las tarifas de transporte público colectivo de pasajeros y mixto. Señala que la tarifa técnica del modo colectivo será actualizada anualmente en el mes de julio de cada año, de acuerdo con los resultados del estudio de costos de la canasta de transporte.
 

 
2007   Decreto 319 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece las tarifas para el servicio de Transporte Público Colectivo de pasajeros y/o mixto en Bogotá D. C., las cuales regirán a partir del 20 de julio de 2007.
 

 
2008   Decreto 207 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece las tarifas que regirán a partir del 4 de julio de 2008, para el Transporte Público Colectivo de pasajeros en Bogotá D.C., las cuales podrán cobrarse cumpliendo el requisito de portar la calcomanía con los nuevos valores, la cual será suministrada por las empresas respectivas.
 

 
2008   Decreto 428 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece la tarifa única para el servicio de transporte público colectivo de pasajeros denominada "Ruta Navidad Positiva", en el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2008 y el 12 de enero de 2009 en la suma de $1.500.oo M/Cte., para el usuario, en todo horario. Las condiciones de operación del servicio, como recorrido, tipología vehicular, frecuencia de despacho, horario de operación, puntos de parada y las restantes, serán fijadas por la Secretaría Distrital de Movilidad y los vehículos que presten su servicio en la Ruta Navidad Positiva, estarán exentos de la restricción de circulación por placas, dispuesta en el Decreto Distrital 660 de 2001.
 

 
2009   Acuerdo 395 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Adopta disposiciones en relación con los estudios de costos que se realizan para establecer la tarifa de Transporte Público Colectivo, señalando los elementos que se deberán tener en cuenta para su determinación. Establece que el presente Acuerdo regirá hasta entre en operación el Sistema Integrado de Transporte Público (SITP).
 

 
2009   Decreto 600 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece las tarifas de Transporte Público Colectivo en Bogotá D.C., para cuyo cobro será requisito indispensable que los vehículos porten la calcomanía correspondiente a los nuevos valores, la cual será suministrada por las empresas.
 

 
2010   Decreto 546 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece las tarifas de Transporte Público Colectivo en Bogotá D.C., para cuyo cobro será requisito indispensable que los vehículos porten la calcomanía correspondiente a los nuevos valores, la cual será suministrada por las empresas.
 

 
2011   Decreto 679 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece las tarifas de Transporte Público Colectivo en Bogotá, D.C. Para su cobro es requisito indispensable que los vehículos porten la calcomanía correspondiente a los nuevos valores, la cual será suministrada por las empresas.
 

 
2013   Decreto 435 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Delega en la Secretaría Distrital de Hacienda la función de contratar la revisión del cálculo de la tarifa técnica del Sistema Integrado de Transporte Público SITP para Bogotá, D.C.
 

 
2013   Decreto 601 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece las tarifas de Transporte Público Colectivo en Bogotá D.C. Para el cobro de estas, es requisito indispensable que los vehículos porten la calcomanía correspondiente a los nuevos valores, la cual será suministrada por las empresas. En el anexo a este decreto se describen las especificaciones técnicas de la calcomanía. La Secretaría Distrital de Movilidad será la encargada de dar estricto cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, para lo cual efectuará los operativos a través de la Policía Metropolitana de Tránsito, iniciará las investigaciones y aplicará las sanciones legales correspondientes.
 

 
2013   Fallo 77 de 2013 Consejo de Estado  

¿(¿) Mediante el Decreto 259 de 15 de agosto de 2003, por el cual se establecen las tarifas para Transporte Público Colectivo en Bogotá D.C. El Alcalde Mayor de Bogotá (¿) estableció las tarifas diurnas y nocturnas para el servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros y/o mixtos (¿) y en su artículo 3 (¿) objeto de la solicitud de declaratoria de nulidad, dispuso: (¿) artículo tercero. La secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá, podrá, mediante acto administrativo, realizar una evaluación de la tarifa técnica que puede implicar la disminución de la tarifa a cargo del usuario, cuando las empresas no cumplan con las obligaciones,(¿) las empresas de transporte público colectivo deberán establecer un vínculo fiduciario para el recaudo del índice de reducción de sobreoferta para el mejoramiento de la calidad del servicio. (¿) La autoridad de transporte competente no hace más que determinar el cómo, atinente a la efectividad y acreditación del referido índice, aspecto este que necesariamente tenía que definir, y así como previó el reseñado mecanismo, bien pudo instaurar otro, (¿) si de examinar la viabilidad y pertinencia del uso de la Fiducia como mecanismo para este fin se trata, (¿) por estar de por medio el retiro forzoso de vehículos de la circulación de la ciudad, dicha figura resulta un mecanismo idóneo para ejecutar los actos comerciales o mercantiles para dicho retiro (¿), por lo que no es posible atribuir al acto acusado la creación de una ¿nueva obligación¿ en cabeza de las empresas de transporte público colectivo en la ciudad de Bogotá (¿). En el artículo 4 (¿) de la Resolución 4350 de 1998, se autorizó a las entidades competentes en materia de transporte público para que en la determinación de los costos y tarifas utilicen adicionalmente otros factores de cálculo que contemplen la calidad del servicio en materia de seguridad, comodidad y operación, siempre y cuando estos factores formen parte del sistema de transporte (¿) la Sala considera que la medida de suspensión de la actualización tarifaria (¿) no tiene la naturaleza de medida sancionatoria, sino de un condicionamiento para el cobro de la tarifa que se autoriza con el fin de lograr que los mayores recursos (¿) sean efectivamente trasladados (¿) a las entidades fiduciarias (¿) en procura de cumplir con la (¿) debida, cumplida y eficaz inversión en la compra de vehículos que habrán de ser retirados de circulación para la acreditación del referido índice de reducción de sobreoferta (¿)¿
 

 
2014   Decreto 442 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Fija la tarifa del servicio de transporte urbano masivo de pasajeros del Sistema Transmilenio y del Componente Zonal del Sistema Integrado de Transporte Público SITP y modifica el incentivo fijado mediante el Decreto Distrital 603 de 2013.
 

 
2015   Acuerdo 615 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se crea dentro de la operación del Sistema Integrado de Transporte Público - SITP, la Tarifa Estudiantil cuyo valor máximo será el equivalente al 70% de la tarifa ordinaria que aplique para los demás usuarios, los beneficiarios de esta tarifa serán los estudiantes de instituciones educativas del Distrito Capital, matriculados en los niveles de básica secundaria y media -grados 6 a 11-, estudiantes de las instituciones de educación superior técnica, tecnológica y universitaria con sede en Bogotá, que pertenezcan a los estratos 1, 2 y 3 y residan a más de 1 kilómetro de distancia de la institución educativa. En ningún caso un estudiante podrá recibir más de un beneficio para transporte. La Administración Distrital adelantará un estudio que permita identificar a la población beneficiaria, determinando los instrumentos a través de los cuales se acreditará el cumplimiento de los requisitos establecidos para hacer uso de la Tarifa Estudiantil, así como los mecanismos necesarios para su implementación dentro del SITP. Los costos de la reducción en el valor del pasaje, producto de la aplicación de la Tarifa Estudiantil, será con cargo a los recursos de operación del SITP sujetos a los estudios que para tal fin realice Transmilenio S.A. o la entidad que haga sus veces, asegurando que no se ponga en riesgo la estabilidad financiera del sistema. Hasta la suscripción de los nuevos contratos, los costos de la reducción en el valor del pasaje, producto de la aplicación de la Tarifa, se financiará a través de un subsidio con cargo a los recursos del presupuesto de la Administración Central del Distrito. La Secretaría de Educación Distrital en coordinación con Transmilenio S.A., será la encargada de administrar los recursos para dar cumplimento a esta norma.
 

 
2015   Decreto 329 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica la tarifa de hora valle del servicio de transporte urbano masivo de pasajeros del sistema troncal Transmilenio del Sistema Integrado de Transporte Público  SITP. Ordena a Transmilenio S.A realizar la adaptación de los equipos de recaudo a las tarifas definidas en el presente acto administrativo, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la publicación del mismo en el Registro Distrital.
 

 
2015   Decreto 1008 de 2015 Nivel Nacional  

Reglamenta la prestación del servicio de transporte masivo de pasajeros por metro ligero, tren ligero, tranvía y tren-tram, y establecer los requisitos que deben cumplir las empresas interesadas en la habilitación en esta modalidad, quienes deberán operar de manera eficiente, segura, oportuna y económica, cumpliendo los principios rectores del transporte, como el de la libre competencia y el de la iniciativa privada, a las cuales solamente se aplicarán las restricciones establecidas por la ley y los convenios internacionales.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1079 de 2015 Nivel Nacional  

El único factor que podrán tener en cuenta las autoridades competentes del orden Metropolitano, Distrital y Municipal para la fijación de las tarifas del transporte es el costo del transporte metropolitano y/o urbano incluyendo el costo de recuperación de capital. Los aludidos incrementos se harán de manera escalonada y separada de las fechas de ajuste en el precio de los combustibles. El primero de los ajustes a las tarifas no podrá superar el 10% y el incremento total se realizará por lo menos en tres instalamentos. Las autoridades del orden metropolitano, distrital y municipal, informarán previamente al Ministerio de Transporte sobre sus decisiones en materia tarifaria y enviarán posteriormente copia del acto respectivo a los mencionados organismos. (Artículo 2.2.1.1.12.1. al 2.2.1.1.12.3.).
 

 
2016   Decreto 046 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece la tarifa máxima del Servicio de Transporte Masivo Urbano de Pasajeros del Sistema Transmilenio (Componente Troncal) y del Componente Zonal del Sistema Integrado de Transporte Público -SITP-; y la tarifa diferencial para personas mayores de 62 años. Así mismo regula la forma de operación y financiación del incentivo que promueve el mayor acceso de la población con menos capacidad de pago -SISBEN- al Sistema Integrado de Transporte Público -SITP.
 

 
2016   Decreto 386 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el numeral 1 del artículo 3 y el artículo 4 del Decreto Distrital 315 de 2007 para establecer los algoritmos a aplicar en el resultado de la tarifa técnica por unidad, así como el resultado de la liquidación de la tarifa del servicio público individual tipo taxi.
 

 
2016   Decreto 505 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establecen las tarifas de Transporte Público Colectivo en Bogotá, D.C. en el sentidi de incrementar en el valor de cien pesos m/cte. ($100.00), la tarifa para los buses mayores de 10 años y busetas mayores de 10 años, que prestan el servicio de transporte público colectivo en Bogotá, D.C.
 

 
2017   Decreto 669 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica el art. 1 del Decreto 505 de 2016 estableciendo nuevas tarifas para el servicio de Transporte Público Colectivo de pasajeros en Bogotá D.C.
 

 
2018   Decreto 056 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se fija la tarifa del servicio del Sistema Integrado de Transporte Público SITP en sus componentes Zonal y Troncal
 

 
2018   Decreto 622 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establecen las tarifas de Transporte Público Colectivo en Bogotá, D.C. en el sentido de incrementar el valor de las tarifas para los buses, busetas y microbuses, que prestan el servicio de transporte público colectivo en Bogotá, D.C.
 

 
2020   Decreto 074 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece las tarifas de Transporte Público Colectivo en Bogotá D.C., modifica el artículo 1 del Decreto Distrital 505 de 2016 y dicta otras disposiciones
 

 
2020   Decreto 139 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Modifica la destinación del valor correspondiente al factor de calidad incluido en la tarifa de servicio público colectivo de pasajeros, en el marco de la calamidad pública decretada por el Gobierno Distrital, no obstante las tarifas establecidas en el Decreto Distrital 074 de 2020, se mantendrán vigentes y no tendrán disminución alguna.
 

 
2024   Decreto 086 de 2024 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Fija las tarifas de Transporte Público Individual de pasajeros en vehículos tipo taxi en el nivel básico en Bogotá D.C., de acuerdo con la variación del valor técnico del costo del kilómetro entre el año 2022 y 2023.
 

 

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